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El senador Lisandro Enrico insiste con el cambio de las leyes del procedimiento penal santafesino

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La Cámara Alta santafesina, aprobó la iniciativa presentada por el gobernador Miguel Lifschitz e impulsada por el senador provincial Lisandro Enrico, que establece nuevas reglas a tener en cuenta por  jueces y fiscales, consistente en mayor poder para detener, aplicar la prisión preventiva, controlar medidas alternativas y dar más derechos a víctimas y querellantes. Son reformas al Código Procesal Penal santafesino, que ahora van a ser tratadas en Diputados.

El cambio en el Código de Procedimientos aborda temas que desde la implementación del nuevo sistema siempre fueron cuestionadas por el Senado santafesino, en consonancia con el enorme reclamo social, por permitir que personas detenidas por delitos sean liberadas rápidamente. Sin dudas las situaciones en que delincuentes recuperan rápidamente su libertad -a veces con cierta automaticidad y generalmente sin controles adecuados-, fueron puestas en el ojo de análisis por parte del gobernador Miguel Lifschitz, que envió una ley al Senado y  tomando esa iniciativa le introdujo más cambios para reforzar el poder punitivo estatal.

“El cambio consiste en un ajuste que le da más facultades a los fiscales para actuar contra el que delinque, mayor control de los procesados y la aplicación de prisión a más tipos de delitos, dentro de la proporcionalidad. También se establece un control a los juicios abreviados, se determinan mayores plazos para las detenciones y las audiencias imputativas y un mayor resguardo para las víctimas al momento de hacer el reconocimiento del acusado, entre otros aspectos”, dijo el legislador.

“La inseguridad no se resuelve solo con una ley –continuó Enrico–. Es un problema multicausal y hay que trabajar sobre muchas causas sobre todo las sociales. Pero sabemos que si no modificamos muchas leyes, el problema  de la impunidad va a seguir. Y en mi caso como legislador provincial vengo insistiendo desde hace años en estos cambios”.

El representante del departamento General López, confía en que ésta vez la cámara de Diputados convertirá en ley la reforma,  para que se minimicen los casos en que una persona que cometió un delito vuelva a su casa al poco tiempo: “La sociedad pide que la ley marque claramente a jueces, fiscales y defensores que hay situaciones que merecen sin dilaciones aplicar la ley. No queremos un proceso penal con evasivas ni chicanas”.

 

Cambio a los fiscales

La propuesta hace un agregado a la ley 13.013 que regula el funcionamiento de los fiscales. En efecto, se introduce en los principios de actuación, que el primero es el resguardo de la función punitiva estatal. “Esta modificación no es del orden procesal sino más bien de  política criminal. Es un mandato claro que la ley  establece concretamente para que todos los fiscales tengan como principal tarea evitar la impunidad del hecho delictivo, la reparación de la víctima y dar respuesta jurisdiccional a la lesión colectiva que implica el delito”, sostuvo el Senador.

Respecto de este cambio, aclaró: “Es un mandato para que los fiscales deban ir a fondo en la persecución del delito, solicitando la mayor rigurosidad legal. Es un contrapunto al principio de objetividad y para ello deben utilizar todas las herramientas normativas (leyes) y su interpretación para lograr llevar adelante con éxito la función punitiva del Estado”.

Asimismo aseguró que se debe destacar que la Legislatura votó la creación de 40 cargos más de fiscales para toda la provincia y que 4 de esos nuevos fiscales serán para el departamento General López, enmarcados en la 3° Circunscripción. “A su vez, el Ministerio de Justicia está a punto de convocar a inscripción para concurso de 3 fiscales más, siendo un titular para Rufino, uno para Venado Tuerto y un fiscal adjunto para Melincué. Es decir, que serán 12 los fiscales con los que contará la región a comparación de los 5 que hay en la actualidad”, amplió.

Finalmente, agregó: “Está en estudio por parte del Gobernador una ley para que sea más operativo el traspaso de todos los fiscales y empleados del viejo sistema penal al Ministerio Público de la Acusación. Si esto se concreta serán más los fiscales con los que contará la zona llegando a un número cercano a 15 en total”.

 

Las reformas

 

Principales reformas del proyecto del Senado
1- Criterios de oportunidad: se veda la aplicación de criterios de oportunidad cuando se hayan utilizado armas de fuego para la comisión del hecho. Se incorpora colaboración con la investigación por parte del imputado y se consagra la necesaria intervención del Fiscal Regional en casos que se consideran significativos por tener una pena máxima de 6 años o más de prisión.

2- La víctima: se le permite efectuar opiniones sobre decisiones de los fiscales o jueces que impliquen el juicio abreviado o planteos que dan lugar a la libertad del imputado; la posibilidad de recurrir cuando la decisión del fiscal sea cerrar una causa o desestimarla, para tener una explicación al respecto. Asimismo se impone pautas de cuidado, respeto y contención para la víctima y el testigo en el acto de reconocimiento, introduciendo la posibilidad de ver al sospechoso a través de imágenes, y la obligación de poner a disposición (en ese acto) de todas las medidas que la legislación establece en materia de protección de víctimas y testigos.

3- Querellante: conceptualizado como la víctima que pide ser parte del juicio. Se le garantizan sus derechos y se amplían sus facultades en orden a dotarlo de posibilidades procesales equiparable al fiscal.

4- Allanamiento: se permite en cualquier horario del día. La orden puede ser comunicada por medios electrónicos o informáticos (no necesariamente debe ser escrita y firmada). Los objetos encontrados que presumiblemente estén vinculados a otros hechos delictivos deben ser secuestrados e informar al juez al respecto, sobre todo si son armas de fuego.

5- Detención o su prórroga: se la desvincula de la procedencia de la prisión preventiva como requisito, haciéndola más expeditiva, en cuanto autoriza al Fiscal con los elementos reunidos en la investigación penal preparatoria, ordenarla para recibir declaración de la persona imputada. La orden de detención no necesariamente debe ser por escrito sino puede ser por otros medios, incluso verbal en caso de aprehensión por flagrancia.

6- Prisión preventiva: procede cuando el delito tenga pena de prisión (sin mínimos ni máximos). Hoy se da cuando la pena que pueda corresponder es de ejecución efectiva.

7- Medidas de coerción: se aumenta el control. Será el juez el encargado de controlar el cumplimiento de las libertades condicionales que otorgue. Se incorporan nuevas medidas como por ejemplo la prohibición de tenencia de armas o abandono de domicilio en caso de delitos de violencia de género. Mayores sanciones ante el incumplimiento de la medida otorgada: caducidad, medida mayor o prisión preventiva. La prisión domiciliaria sólo en los casos establecidos por el Código Penal.

8- Plazos de detención: se eleva a 3 días prorrogables por un 1 día más (a fin de que el fiscal tenga mayor tiempo para preparar la acusación).

9- Inmovilización de fondos depositados en cuentas bancarias y en sociedades: Se incluye esta facultad del tribunal para garantizar la reparación del daño causado por el delito atribuido.

10- Disminución de la cantidad de audiencias a fin de evitar dilaciones.

11- Secreto del legajo: se autoriza a disponer secreto de legajo (de las actuaciones que documentan la investigación penal preparatoria) por 10 días, prorrogables por 10 días más de considerar el fiscal útil para la investigación.

12- Plazo para inicio del juicio: deberá convocarse a juicio entre los 10 y 30 días de finalizada la investigación penal preparatoria.

13- Juicio abreviado: se aumenta el control para su acuerdo. El acusado admite su culpabilidad. Se necesitan autorizaciones del Fiscal Regional o General de acuerdo al monto de la pena máxima, 6 y 8 años respectivamente.

14- Apelaciones: se restringe los casos de efecto suspensivo de la ejecución de la decisión para los recursos interpuestos.

15- Flagrancia: el procedimiento deja de ser opcional del Fiscal y pasa a ser imperativo aplicar el procedimiento.

16- Ministerio Público de la Acusación (MPA): se incorpora como primer principio el de “resguardo de la acción punitiva” en procura de evitar la impunidad del hecho delictivo.

17- Dirección de la investigación – Actos de la Policía: la policía debe investigar (obligación funcional) bajo la dirección exclusiva del MPA y tiene el deber de comunicar dentro de las 24 horas, todo delito de acción pública que llegue a su conocimiento. Se incorpora la figura del “agente encubierto” en el marco de los deberes y atribuciones que tiene la Policía.

 

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Investigan abuso de arma y lesiones

Durante la madrugada de hoy, personal de Comando Radieléctrico acudió a calle Giacaglia y Catamarca tras recibir múltiples llamados alertando que habría aproximadamente 10 masculinos efectuando disparos y haciendo disturbios.

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Venado Tuerto. Al arribar, se halló a dos masculinos, uno de ellos presentando una lesión compatible con herida de arma de fuego en el pie.

Ambos fueron trasladados al Hospital local y luego a sede policial, donde fueron notificados de causa por abuso de arma y lesiones dolosas, quedando ambos en libertad. La fiscalía dispuso la intervención de la Agencia de Investigación Criminal (PDI) para continuar con las tareas investigativas.

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Intervención por hostigamiento y crisis psiquiátrica

Personal policial intervino en un domicilio de Av. 50 tras recibir reiteradas alertas por la presencia de un masculino merodeando la zona y comportándose de manera inapropiada.

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Villa Cañas. El sujeto fue identificado y trasladado a sede policial en dos oportunidades, presentando en la segunda ocasión signos de una crisis psicótica.

Se le brindó asistencia médica en el hospital local con el apoyo del área social municipal. Por disposición fiscal, se le formó causa por hostigamiento, se le impuso una prohibición de acercamiento y se dio intervención al Juzgado de Pequeñas Causas.

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Obra en etapa final: Provincia realiza los últimos trabajos para dejar listos y óptimos los desagües urbanos de Carmen

El ministro de obras públicas, Lisandro Enrico, informó que con la colocación de alcantarillas y las tareas sobre los márgenes del canal de calle Lisandro de la Torre, se está desarrollando la última etapa de una obra que permitirá dar salida al agua de la localidad en dirección al canal San Urbano.

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El Gobierno de la Provincia de Santa Fe avanza con la obra de reacondicionamiento de la descarga urbana y rural en la localidad de Carmen, ubicada en el departamento General López. Esta intervención tiene como objetivo mejorar la capacidad de escurrimiento de los caudales pluviales y optimizar el sistema de drenaje de la zona urbana. La primera etapa se fue realizando durante la gestión anterior y ahora se la está concluyendo con una nueva etapa de obra.

Al respecto, el ministro Enrico, informó: “Se está avanzando con la colocación de una alcantarilla de módulos y trabajando en los últimos 70 metros del canal con el perfilado del relleno y la compactación de márgenes. Además, resta finalizar la construcción de la platea y los muros de contención donde convergen tres cunetas principales que generan los escurrimientos pluviales. Cuando asumimos, nos pusimos a revisar las tareas pendientes y coordinamos con la Comuna para poder cerrar este proyecto hídrico”.

“La obra que llevamos adelante contempla la continuidad del canal ya existente sobre calle Lisandro de la Torre. En total, nuestra intervención abarca un área de 200 metros, donde se ejecutan alcantarillas rectangulares, de 1,50 metros de ancho y 1,20 metros de altura promedio, en las intersecciones de Lisandro de la Torre con las calles Rivadavia, Independencia y Remedios Escalada de San Martín”, especificó.

Sobre la importancia de mejorar los desagües, Enrico expresó: ‘’El gobierno que conduce Maximiliano Pullaro no dudó en dar respuestas a la necesidad que presentó la Comuna de poder finalizar el reacondicionamiento del canal principal. Es una obra necesaria porque si logramos un buen escurrimiento, en tiempos de altas precipitaciones vamos a evitar que haya barrios con anegaciones. Siempre es importante iniciar y también dejar listos estos trabajos a tiempo para prevenir inundaciones. Luego, la gestión comunal deberá ayudar con el mantenimiento y la limpieza de estas salidas de agua a los fines de garantizar su funcionamiento cuando se las necesite’’.

Detalles de obra

Por otro lado, el secretario de recursos hídricos de la provincia, Nicolás Mijich, detalló que el proyecto también involucró el reemplazo de alcantarillas transversales deterioradas en calle Lisandro de la Torre y de estructuras en la zona rural para mejorar el escurrimiento de los volúmenes de agua durante eventos de lluvia de alta recurrencia.

“Con nuestros ingenieros se analizó parte del sector urbano que deriva los caudales pluviales hacia el canal existente en la calle Lisandro de La Torre, que se encontraba revestido, quedando pendiente la readecuación de los últimos 200 metros para que el proyecto quede terminado y en funcionamiento”, siguió.

A su vez, explicó que la continuación del canal de calle Lisandro de La Torre en zona rural se desarrolló en la cuneta oeste del camino comunal para facilitar su descarga en el canal aliviador “El Hinojo”, que luego deriva los excesos hídricos en el Canal San Urbano.

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