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Enrico insiste en reducir los montos de las multas por radares

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El senador provincial Lisandro Enrico continúa impulsando desde la Cámara de Senadores un proyecto de ley para disminuir los importes de las multas correspondientes a las infracciones de tránsito, efectuadas en la provincia de Santa Fe.

Durante las últimas sesiones su proyecto fue tratado en Diputados y ahora regresará a la cámara alta con distintas modificaciones.
La iniciativa contempla modificaciones que hacen referencia a aquellas sanciones administrativas que se imponen como consecuencia de las faltas cometidas por los conductores de vehículos, las cuales se encuentran reguladas en el Código de Faltas del Tránsito santafesino,  según la Ley N° 13.169.
Vale señalar que las multas por radares se calculan a partir del precio de la nafta super, y ante los incrementos producto de la devaluación pasó de $6.200 en marzo de 2018 a $17.400, en el mes de agosto de 2019.
De este modo, Enrico consideró que “se distorsiona el fin y el sentido de las multas, es decir que actúen como una herramienta disuasiva y preventiva, y también una sanción económica ante el incumplimiento de la norma. Ahora bien, no puede tener niveles confiscatorios como tiene en los últimos tiempos”.
“El Estado tiene que arbitrar los medios para imponer sanciones, en el marco de una política de prevención y de control, sin que ello se convierta en un sistema de recaudación sobre la infracción”, amplió el legislador.
En la actual situación socio-económica, “a muchos vecinos les resulta imposible pagar una multa por exceso de velocidad, que representa importes superiores al de una jubilación”.
Esta iniciativa fue presentada por Enrico hace 3 años, aprobada por la Legislatura, vetada por el gobernador y nuevamente fue ingresada. El texto recibió la aprobación del Senado y en la jornada de jueves de Diputados, con algunas modificaciones.
Entre los cambios introducidos en la cámara baja, “y que desde el Senado vamos a volver a insistir es el no cobro de multas al momento de realizar las transferencias de vehículos en el Registro Automotor. Se confunde la infracción de un conductor con el otorgamiento del Libre Deuda de un vehículo”.
En rigor, “el Libre Deuda invoca los aspectos del dominio del rodado, como objeto, como la patente o cualquier otra prenda, mientras que la multa hace a la conducta de quien comete la infracción. Por eso, se puede dar el caso de una persona que cometa una infracción y no ser el titular del vehículo. Ahí no debería pagarla el dueño del auto, sino el conductor”. 
Esto genera que se demoren transferencias de vehículos por cobrar multas de otras jurisdicciones, que resulta abusivo por parte de los Registros de la Propiedad Automotor.

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DNI Institucional: Di Gregorio intensifica las gestiones de Personerías Jurídicas en todo General López

La senadora provincial Leticia Di Gregorio, continúa acompañando a las instituciones del departamento General López, promoviendo su constitución y facilitando las herramientas para brindarles el marco legal que necesitan para su normal funcionamiento.

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Esto tiene que ver puntualmente con la agilización de trámites para la obtención de personerías jurídicas, documentación que otorga identidad a todo tipo de organización.

De hecho, en este ritmo de gestiones ininterrumpidas, Di Gregorio hizo entrega en los últimos días de la subsistencia de la personería jurídica a la Liga Argentina de Lucha contra el Cáncer (LALCEC) Venado Tuerto; y promovió junto al intendente Leo Chiarella la constitución de la asociación civil mascotera “Amigos Peludos”.

La senadora provincial, explicó que desde marzo del 2023 a la fecha, son más de 340 las documentaciones sobre las cuales vienen trabajando con su equipo, entre las que hay personerías entregadas, finalizadas y en trámite, sumado a la rúbrica de libros e informes periódicos, entre otros.

“Más allá de acompañar a las instituciones desde lo económico, también estamos presentes en estos procedimientos. Hay personas que se ocupan especialmente de estas tareas que en definitiva apuntan a un mejor funcionamiento, a la posibilidad de acceder a programas, beneficios, tanto sean locales como provinciales o nacionales. Estar con la documentación en regla es una necesidad”, aclaró Leticia Di Gregorio.

La senadora provincial, resaltó que este “DNI” institucional, ratifica que están en regla y de algún modo la Inspección General de Personas Jurídicas (IGPJ) avala la completa organización de la institución y “refleja el constante e intenso trabajo de cientos de vecinos de General López que ad honorem destinan su tiempo para alcanzar nuevos objetivos en sus comunidades”.

Finalmente, señaló: “Nuestro objetivo es seguir colaborando con los proyectos de las instituciones. Esta documentación tan importante les permite a las organizaciones que tengan representación propia, independientemente de la comisión directiva que las lidere. Lograrla asegura una estructura de trabajo capaz de subsistir en el tiempo. Además posibilitan el desarrollo de las actividades sin importar la gente que esté al frente del organismo, desliga a todos los miembros de la cúpula directiva de la responsabilidad civil y penal que le corresponde a la institución”, cerró Leticia Di Gregorio.

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Regionales

Condenaron a 19 años de prisión a un hombre que abusó sexualmente de la hija de su pareja y de una amiga de su hija en el sur provincial

Tiene 49 años y cometió los ilícitos cuando las víctimas eran menores de edad. La sentencia fue ordenada en el marco de un juicio oral que finalizó ayer en los tribunales de Venado Tuerto.

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La fiscal que estuvo a cargo de la investigación y representó al MPA en el debate es María Florencia Schiappa Pietra. La identidad del condenado no se informa para evitar revictimizar a las víctimas, una de las cuales es de su entorno familiar.

                Un hombre de 49 años cuyas iniciales son RMD fue condenado a 19 años de prisión por haber abusado sexualmente de la hija de su pareja y de una amiga de su hija en el sur de la provincia. Los ilícitos fueron cometidos cuando las víctimas eran menores de edad.

                La sentencia fue ordenada por un tribunal integrado por los jueces Adrián Godoy (presidente), Lorena Garini y Aldo Baravalle, en el marco de un juicio oral que finalizó ayer en los tribunales de Venado Tuerto.

                La fiscal que representó al MPA en el debate es María Florencia Schiappa Pietra. Tras conocer el veredicto, la funcionaria valoró que «se impuso un monto de pena cercano al que solicitamos en la acusación» y recordó que «el agresor transitó el proceso judicial en prisión preventiva».

En cuanto a los hechos delictivos, Schiappa Pietra remarcó que «el hombre de 49 años llevó adelante sus conductas ilícitas en perjuicio de personas triplemente vulnerables, dado que por entonces eran niñas, mujeres y víctimas de abuso sexual infantil». Según mencionó, «además de atentar contra la integridad física de ambas, a una de ellas la hostigó mediante prácticas de grooming».

Los hechos

                «La hija de la pareja del condenado sufrió abusos por parte de él desde que iba al jardín de infantes hasta la época en la que transitaba la escuela secundaria», aseveró la fiscal. «Durante 11 años, la agredió sexualmente en momentos en los que se quedaron a solas en domicilios en los que convivieron con otros integrantes de su familia, en Murphy y Venado Tuerto (ambas localidades, del departamento General López)», precisó.

                Por otra parte, Schiappa Pietra refirió que «en el inmueble venadense, el condenado vulneró a la otra víctima en reiteradas oportunidades entre 2020 y 2021, cuando ella cursaba el último tramo de la primaria». Al respecto, puntualizó que «en varias ocasiones, los ilícitos cesaron gracias a que la hija del condenado –también menor de edad– intervino para defender a su amiga». Según señaló, «el hombre de 49 años también cometió estos abusos en dos supermercados».

                En cuanto al ciberacoso, la representante del MPA especificó que «a través de WhatsApp, el condenado le envió mensajes de texto de índole sexual a la hija de su amiga». Añadió que «en sus comunicaciones, insistió en su interés en mantener una relación de pareja ‘secreta’ con la pequeña».

Investigación

                La fiscal destacó que «la niña que fue víctima de los abusos y de grooming pudo contarle lo sucedido a sus familiares, quienes radicaron la denuncia que originó la investigación». En tal sentido, resaltó que «a raíz de amenazas telefónicas que empezó a sufrir, la hija de la pareja del hombre condenado también pudo relatar los abusos a los que fue sometida durante su infancia y parte de su adolescencia», y añadió que «no había dicho nada antes por temor a que su madre y sus hermanos sufrieran represalias».  

Calificación penal

                La condena fue impuesta por la autoría del delito de abuso sexual con acceso carnal calificado (por el aprovechamiento de la convivencia preexistente con una víctima menor de 18 años y por haber estado encargado de su guarda y educación); abuso sexual gravemente ultrajante y grooming.

                Por otro lado, fue absuelto por los delitos de amenazas coactivas, amenazas simples y corrupción de menores que le había atribuido la Fiscalía.

Identidad

                No se brinda el nombre y apellido del condenado para evitar la revictimización de las víctimas, una de las cuales es del entorno familiar del abusador.

Fuente: Oficina de Prensa y Difusión MPA

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Situación en Casilda

Ha tomado estado público la detención de un miembro del Sindicato de trabajadores municipales de Casilda, organización de 1° grado adherida a esta Federación.

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Imagen ilustrativa

Desde FESTRAM hemos puesto a disposición las áreas con incumbencia en la materia a los fines de atender y asistir las necesidades que pueda estar transitando la denunciante quien también resulta ser una compañera trabajadora municipal.

Entendemos que no debemos aventurar opiniones ni juicios, fundamentalmente porque existen derechos y garantías en juego. Será la Justicia la que deberá establecer certezas sobre la situación.

La Federación será respetuosa de las decisiones que el Sindicato de Casilda adopte en base a sus estatutos y conforme lo decidan sus órganos internos.

Prensa FESTRAM

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