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La provincia de Santa Fe adhiere al Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) N° 287/21 del Poder Ejecutivo Nacional

Entre las medidas, se suspenden la clases presenciales en los departamentos Rosario y San Lorenzo. Se modifica el horario de cierre para locales gastronómicos y para la circulación vehicular y, se prorrogan los vencimientos de documentaciones.

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Se establece para todo el territorio provincial la suspensión de las siguientes actividades:
 
a) Las reuniones sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados.
 
b) Las reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de diez (10) personas.
 
c) La práctica recreativa de deportes en establecimientos cerrados. Las actividades físicas en espacios públicos al aire libre podrán desarrollarse en tanto involucren hasta diez (10) personas participando de las mismas, las que nunca podrán significar la práctica recreativa de deportes grupales de contacto, cualquiera sea el número de participantes.
 
d) Las competencias deportivas provinciales, zonales o locales de carácter profesional o amateur no habilitadas expresamente por las autoridades nacionales, mediante Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) del Poder Ejecutivo Nacional o Decisión Administrativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros, incluidas las competencias automovilísticas y motociclísticas.
 
No queda alcanzada por la suspensión dispuesta en el presente inciso la actividad deportiva en modalidad entrenamiento, que realicen entre sí los deportistas de una entidad en sus instalaciones y sin interactuar con los de otras instituciones; sujeto al cumplimiento de los protocolos establecidos para las mismas, sin habilitación de vestuarios e instalaciones anexas, ni la realización de reuniones sociales antes o después de las prácticas deportivas; y sin excederse del treinta por ciento (30%) de ocupación de las superficies cerradas.
 
e) Discotecas y salones de eventos, de fiestas y similares; excepto cuando las autoridades municipales y comunales hubieren dispuesto su habilitación como bares y restaurantes.
 
f) Las actividades de salas de juego en casinos y bingos.
 
g) El funcionamiento de cines, bares, restaurantes, patios de comidas y espacios de juegos infantiles ubicados en centros comerciales, paseos comerciales o shoppings y demás establecimientos comprendidos en el artículo 2° inciso e) apartado 4. de la Ley N° 12069 con asistencia de clientes a los locales; salvo para los bares, restaurantes y demás locales gastronómicos que tuvieran ingresos y egresos exteriores independientes, a los que pueda accederse sin transitar por los espacios interiores de circulación donde se ubican los comercios, sin habilitar corredores internos entre las zonas, a los fines del control efectivo del coeficiente máximo del treinta por ciento (30%) de ocupación de las superficies cerradas.
 
h) Cines, teatros, centros culturales, salas y complejos cinematográficos y otros establecimientos afines, salvo que funcionen al aire libre.
 
i) La actividad hípica en hipódromos.
 
j) La actividad complementaria en forma presencial de artistas en los bares y restaurantes durante el horario autorizado para su funcionamiento.
 
k)La actividad artística y artesanal a cielo abierto, en plazas, parques y paseos. No queda alcanzada por la suspensión dispuesta en el presente inciso la actividad de las ferias francas de comercialización de productos alimenticios.
 
l) Asambleas y actos eleccionarios de personas jurídicas públicas y privadas, en forma presencial. Solo podrán realizarse en forma remota. 
 
LOCALES GASTRONÓMICOS
Hasta el 21 de mayo de 2021 inclusive los locales gastronómicos (comprensivo de bares, restaurantes, heladerías, y otros autorizados a funcionar como tales, con concurrencia de comensales), deberán observar las siguientes disposiciones:
 
a) No podrán extender su actividad más allá de las veintitrés (23) horas en la totalidad del territorio provincial. No se permitirá el ingreso de personas a los locales para la permanencia en los mismos, a partir de las veintidós (22) horas. 

 A excepción hecha de los Departamentos Rosario y San Lorenzo, en los que el límite serán las diecinueve (19) horas, y la limitación al ingreso de personas a los locales para su permanencia regirá a partir de las dieciocho (18) horas hasta el 7 de mayo de 2021. 
 
b) Las autoridades municipales y comunales deberán especificar en cada caso la cantidad de mesas que corresponda, a los fines de cumplir con el coeficiente máximo del treinta por ciento (30%) de ocupación de las superficies cerradas. Esta determinación deberá informarse al público en lugar visible en el ingreso, tanto en referencia a las superficies cerradas, como en relación a las mesas habilitadas al aire libre.
 
c) La concurrencia simultánea de público asistente en los locales de los salones de eventos autorizados a funcionar como bares y restaurantes, no podrá exceder en ningún caso de cien (100) personas.
 
d) Durante la vigencia del horario de restricción a la circulación vehicular establecido en el Artículo 7º del presente decreto, los locales comprendidos en este artículo podrán funcionar en las modalidades de reparto a domicilio (también conocida como “delivery”) y de retiro (también denominada “take away”), siempre que esta última se realice en locales de cercanía de la clientela.
 
COMERCIO MAYORISTA Y COMERCIO MINORISTA DE VENTA DE MERCADERÍAS
En todo el territorio provincial, hasta el 21 de mayo de 2021 inclusive, la actividad del comercio mayorista y comercio minorista de venta de mercaderías, con atención al público en los locales, podrá extenderse todos los días de la semana hasta las diecinueve (19.00) horas; y hasta las veinte (20) horas, los que comercialicen productos alimenticios. El factor de ocupación de la superficie cubierta de los locales, destinada a la atención del público, no podrá exceder del treinta por ciento (30%).
 
SUSPENSIÓN DE CLASES PARA LOS DEPARTAMENTOS ROSARIO Y SAN LORENZO
Se suspende desde el 3 al 7 de mayo inclusive, en los Departamentos Rosario y San Lorenzo, el dictado de clases presenciales en los establecimientos educativos de gestión oficial y privada de todos los niveles y modalidades de la enseñanza, incluyendo los dependientes del Ministerio de Cultura.
 
Queda exceptuada de la suspensión, la escolaridad de estudiantes de la modalidad de educación especial, en acuerdo con sus familias, y, asimismo, se deberán arbitrar los medios para cumplir con los apoyos y el acompañamiento educativo de los y las estudiantes con discapacidad.
 
CIRCULACIÓN VEHICULAR
En todo el territorio provincial, desde el día 3 al 21 de mayo de 2021
inclusive, la totalidad de las actividades no suspendidas por aplicación del Artículo 2º  del presente Decreto que se mantienen habilitadas, deberán ajustar sus horarios de desarrollo a los fines de posibilitar el cumplimiento de la restricción a la circulación vehicular en la vía pública a la estrictamente necesaria para realizar actividades definidas como esenciales, entre las veinte (20) y las seis (6) horas del día siguiente, todos los días de la semana.

El factor de ocupación de la superficie cubierta de los locales, destinada a la atención del público, no podrá exceder del treinta por ciento (30%).
 
Quedan expresamente comprendidos en la autorización para circular dentro de dicha banda horaria quienes lo hagan en razón de participar en actividades educativas de carácter presencial, allí donde las mismas no estuvieren suspendidas por aplicación del Artículo 6º del presente decreto.
 
En el horario establecido de restricción de la circulación vehicular en la vía pública, la concurrencia para la realización de actividades habilitadas deberá ser siempre hacia locales de cercanía y sin la utilización de vehículos.
  
PRORROGA PARA VENCIMIENTO DE DOCUMENTACIONES
Se prorroga, desde su vencimiento y hasta el 31 de julio de 2021 inclusive, la validez y vigencia de las habilitaciones, permisos, licencias o autorizaciones que otorga la Provincia o cualquiera de sus reparticiones dependientes del Poder Ejecutivo, cuyo vencimiento opere con anterioridad a esa fecha, y cuya renovación deba tramitarse indefectiblemente de manera presencial en las reparticiones públicas correspondientes.
 
 
AUTORIDADES MUNICIPALES Y COMUNALES
Las autoridades municipales y comunales podrán disponer en sus respectivos distritos, en consulta con el Ministerio de Salud, mayores restricciones que las establecidas en el presente decreto.
 
Sin perjuicio de ello, éste Poder Ejecutivo o las autoridades provinciales competentes por razón de la materia cuando así se las facultase podrán establecer las mismas; como así también disponer la suspensión temporaria de actividades habilitadas, cuando las condiciones epidemiológicas así lo exijan para localidades o establecimientos determinados o para la totalidad del territorio provincial.
 
Las autoridades municipales y comunales, en concurrencia con las autoridades provinciales competentes, coordinarán los procedimientos de fiscalización necesarios para garantizar el cumplimiento de las medidas dispuestas en el presente Decreto, de los protocolos vigentes y de las normas dispuestas en virtud de la emergencia sanitaria. 

Decreto
Desgrabado

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Objetivo Dengue: en Santa Fe ya se colocaron más de 145.000 dosis y suman a adolescentes de las áreas priorizadas

La cantidad de dosis representa el 87 % de las que compró la Provincia para vacunar a la población objetivo, definida de acuerdo a criterios sanitarios. Más del 60 % de las personas ya completaron el esquema con las dos dosis, y en esta temporada se incorporan a la población objetivo a quienes ahora cumplen 15 años y viven en las áreas priorizadas; y en toda la provincia, a quienes tuvieron la enfermedad durante el último brote.

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La Provincia de Santa Fe continúa con la vacunación contra dengue, incorporando a adolescentes de los departamentos 9 de Julio, San Cristóbal y General Obligado y de las áreas priorizadas de Santa Fe, Rafaela y Rosario, además de quienes tuvieron la enfermedad en 2024-2025.

La ministra de Salud, Silvia Ciancio, destacó el alcance de la inmunización, como parte de un programa integral de prevención del Gobierno Provincial, que además de la vacuna abarca otras acciones como la concientización, el control del mosquito, la vigilancia epidemiológica y la capacitación. “Por decisión del gobernador Maximiliano Pullaro, implementamos un enfoque integral de la enfermedad, que compromete a distintos ministerios, a gobiernos locales e instituciones”, indicó.

En relación a los avances, de las 90.419 personas que ya recibieron su primera dosis, 55.032 completaron el esquema con la segunda. En la población entre 40 y 59 años, la cobertura con esquema completo alcanza el 72,67 %; mientras que en las edades entre 20 y 39, es 55,3 %; y el 40,62 %, en adolescentes y jóvenes, entre 15 y 19 años.
 
Altos niveles de cobertura y planificación territorial

“Destacamos esta cobertura, teniendo en cuenta los desafíos que presenta esta vacuna y los resultados de otras experiencias que no lograron este alcance. La Provincia de Santa Fe marca una diferencia a partir de la planificación con registros nominalizados, con un enorme trabajo de los equipos de salud para acercar las vacunas. Lo hicimos a partir de criterios sanitarios y recursos que nos permitieron plantear una estrategia focalizada, progresiva y dinámica; y ampliarla a otros grupos, además de los que recomienda la Comisión Nacional de Inmunización”, remarcó Ciancio.

En esta línea, valoró la incorporación de la vacuna como una herramienta más al trabajo con los ministerios de Gobierno e Innovación Pública, Ambiente y Cambio Climático, Educación e Igualdad y Desarrollo Humano, junto a municipios, comunas, instituciones y organizaciones sociales.

En este sentido también se manifestó el secretario de Cooperación de la Provincia, Cristian Cunha, a cargo de Objetivo Dengue, quien señaló que “iniciamos este programa inédito de prevención en 2024 y desde entonces nunca se detuvo: creció, se fortaleció y fue mejorando, con una inversión total que ya supera los 12.000 millones de pesos”. Añadió que “la planificación permitió llegar a esta temporada con insumos distribuidos en todo el territorio y un ahorro de más de 610 millones de pesos, ejemplo de transparencia y eficiencia en la gestión”.
 
Quiénes pueden vacunarse

La primera etapa de la vacunación se inició en septiembre de 2024, y sigue vigente para jóvenes entre 15 y 19 años de edad, que residen en los departamentos 9 de Julio, San Cristóbal y General Obligado; y en áreas priorizadas de las ciudades de Rosario, Santa Fe y Rafaela. Por eso, en la temporada actual, además de completar esquemas previos, se podrán vacunar los nacidos en 2010.

La vacuna también está disponible para el personal de salud, integrantes de la policía provincial, bomberos y personal penitenciario, integrantes de municipios y comunas que participan en operativos territoriales de dengue y de las fuerzas federales que participan del Plan Bandera, que tienen entre 20 y 59 años.

Finalmente, pueden vacunarse personas entre 15 y 59 años, que tuvieron dengue durante los brotes 2023-2024 y 2024-2025, tanto si transitaron la enfermedad en forma ambulatoria como si requirieron internación.

Ante cualquier duda se sugiere consultar en el vacunatorio más cercano, o escribir un correo electrónico a pairegionsur@santafe.gov.ar

En Rosario, el efector de referencia es el Hospital Provincial Geriátrico (Ayolas 141), de lunes a jueves, de 8 a 13. En Santa Fe, dirigirse al Cemafé (Avda. 27 de Febrero y Mendoza), de lunes a viernes, de 7.15 a 18.30.

Es importante recordar que el Ministerio de Salud de la Provincia de Santa Fe no contacta a través de llamados telefónicos para ofrecer turnos de vacunación. Cada equipo de salud informa a quienes tienen disponible la vacuna que pueden acercarse para recibirla en forma gratuita, sin solicitar datos personales o claves.

Más información en www.santafe.gob.ar/ms/dengue/

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Santa Fe crea la Unidad de Gestión “Lince” para optimizar el uso de inteligencia artificial en seguridad pública

Es un nuevo espacio de trabajo que coordinará la operación e implementación de la nueva plataforma de inteligencia artificial aplicada a las cámaras de videovigilancia, reconocimiento facial y lectura automática de patentes. El objetivo es conectar esta tecnología avanzada con los sistemas provinciales de seguridad y la gestión digital del Estado.

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El gobernador Maximiliano Pullaro firmó el Decreto N.º 2642/25, que da vida a la Unidad de Gestión “Lince”. Esta unidad tendrá a su cargo la implementación, operación y optimización de los sistemas tecnológicos de inteligencia artificial aplicados a la seguridad pública en la provincia de Santa Fe.

Esta medida representa una apuesta por la innovación y la tecnología de punta, enmarcada en la necesidad de fortalecer la seguridad de toda la provincia. El objetivo es sumar nuevos sistemas y herramientas de inteligencia artificial que ayuden a mejorar significativamente el tiempo de respuesta, permitiendo un rápido esclarecimiento de hechos y delitos. Esta modernización tecnológica se alinea, a su vez, con el proceso de transformación digital que ya impulsa el Programa Territorio 5.0.

El “Lince” dependerá de la Secretaría de Tecnologías para la Gestión, del Ministerio de Gobierno e Innovación Pública , pero actuará en coordinación operativa directa con el Ministerio de Justicia y Seguridad. El fin es potenciar la respuesta estatal frente a emergencias y fortalecer la correcta gestión de datos.

En concreto, “Lince” estará a cargo de:

•⁠  ⁠Operar y mantener los sistemas de videovigilancia urbana, reconocimiento facial, lectura automática de patentes, la plataforma de inteligencia artificial, y el sistema de alertas y emergencias.

•⁠  ⁠Asegurar el seguimiento, la continuidad operativa y la seguridad de la información, bajo los lineamientos de la Ley N.º 14.256.

•⁠  ⁠Desarrollar protocolos de trabajo, medir el desempeño y realizar auditorías, garantizando la transparencia y la eficiencia operativa.

¿Quiénes trabajarán allí?

El decreto especifica que la unidad contará con personal policial especializado designado por el Ministerio de Justicia y Seguridad. A su vez, la conducción funcional del personal estará a cargo de un director operativo designado por la Secretaría de Tecnologías para la Gestión.

“Esto representa una reorganización formal y no una expansión de la planta estatal. Es decir, la unidad de gestión no crea nuevos cargos ni aumenta el gasto público. Lo que hace es tomar personal que ya existe en diferentes áreas del Estado (como el Ministerio de Justicia y Seguridad y la Secretaría de Tecnologías), los reúne formalmente, los capacita y los entrena para desarrollar nuevas habilidades digitales para trabajar en equipo”, subrayó Ignacio Tabares, Secretario de Tecnologías para la Gestión del Ministerio de Gobierno e Innovación Pública.

Este nuevo marco legal busca darle formalidad a esa colaboración para que sea ordenada, tenga una conducción clara y un objetivo único, evitando así que los esfuerzos se dupliquen o se pierdan.

Tecnología: desde Territorio 5.0 hasta Seguridad Pública

El decreto establece que la Secretaría de Tecnologías deberá garantizar la integración del sistema Lince con los sistemas actuales y la Ley de Gobernanza de Datos provincial. En este proceso, se aplicarán estrictos estándares de seguridad de la información, confidencialidad y control de accesos.

Además, se prevé la creación de un sistema de evaluación de desempeño basado en métricas. Este sistema permitirá medir la eficacia operativa y la profesionalización del personal que trabaja en la unidad.

Con la creación de Lince, el Gobierno Provincial avanza en la modernización tecnológica del sistema de seguridad pública. Se busca fortalecer la colaboración entre organismos, la transparencia en la gestión de datos y la capacidad de respuesta ante emergencias.

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Provinciales

Santa Fe envió un equipo de bomberos voluntarios especializado en búsqueda y rescate a Chubut por la pareja desaparecida

La dotación está integrada por 13 bomberos certificados y cuenta con equipamiento de última generación, único en Argentina, que fue adquirido por el Gobierno Provincial. Colaborarán en la búsqueda de las dos personas que desaparecieron hace 20 días.

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El Gobierno de la Provincia de Santa Fe envió esta semana un equipo especializado en búsqueda técnica mediana, integrado por once bomberos voluntarios y dos integrantes de Protección Civil, que también son bomberos, a la provincia de Chubut para asistir en la búsqueda de dos personas que desaparecieron hace 20 días. 

Al respecto, el secretario de Protección Civil, Marcos Escajadillo, detalló que la asistencia se brinda luego de un llamado del gobernador de Chubut, Ignacio Torres, a Maximiliano Pullaro “solicitando la colaboración de nuestro equipo especializado en búsqueda técnica mediana, un equipo que se certificó hace tres meses”; y destacó que “Santa Fe tiene un equipo de última generación, único en Argentina, que sirve para búsqueda de personas, con kit de localización y, sobre todo, el profesionalismo del equipo USAR de bomberos voluntarios de Santa Fe, hizo que la Agencia Federal de Emergencia sugiera la convocatoria”.

Sobre el equipo de rescate, el funcionario santafesino precisó que se adquirió por “una decisión de nuestro gobernador y del ministro de Gobierno, Fabián Bastia, quienes dispusieron de los fondos: cien millones de pesos; porque suma al recurso humano calificado que tenemos en los bomberos voluntarios”. El equipamiento “consta de un kit de localización con un carretel de noventa metros que  permite, con cámara en el extremo distal, visualizar lugares de difícil acceso. Y sumamos un dron con cámara térmica a los que ya están trabajando allá”. 

Por último, Escajadillo resaltó que “Santa Fe se caracteriza por un espíritu solidario, de ir a prestar colaboración a los lugares donde nos demanden”.

Equipo de búsqueda

En tanto, el jefe provincial de Bomberos Voluntarios, Walter Corsetti, precisó que “la comitiva está compuesta por personal de operaciones, comunicaciones, y búsqueda y rescate. Es una dotación que sale completa con los móviles, con el fin de cumplir una tarea y colaborar en la búsqueda”. 

Por último, el secretario de Operaciones de Bomberos Voluntarios, Luis Ayala, brindó más detalles técnicos del equipo, que “cuenta con tres componentes. Con este equipo se trabaja en derrumbes, detecta movimiento sísmico y cuenta con localizadores y cámaras. El objetivo es tener resultados positivos y colaborar con la provincia de Chubut”. 

La búsqueda

Una pareja de jubilados, de 79 y 69 años, llevan 19 días desaparecidos en Chubut. La pareja salió el 11 de octubre desde Comodoro Rivadavia hacia Camarones, pero nunca llegó a destino. 

Hasta ahora, más de 100 personas participaron en los rastrillajes, con apoyo de fuerzas nacionales, provinciales y municipales, además de voluntarios con drones, cuatriciclos y camionetas. Asimismo, las zonas consideradas más probables ya fueron exploradas sin hallar rastros.

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