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La Defensoría del Pueblo de Santa Fe recordó que el sistema de facturación del gas natural, a partir del 1° de junio de 2019, es mensual

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La nueva modalidad dispuesta por el Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) establece que, a partir del 1° de junio de 2019, el servicio comienza a facturarse de manera mensual, aunque la lectura sigue siendo bimestral.

Además, se está aplicando un aumento del cuadro tarifario y un diferimiento para los meses que van de julio a octubre que serán incluidos en las facturas de diciembre de este año hasta abril de 2020.

Ante presentaciones realizadas en la Defensoría del Pueblo de Santa Fe, la institución recordó algunas cuestiones a tener presentes en cuanto a la facturación de gas como producto de las diversas medidas tomadas, y, al mismo tiempo, objetó el hecho de que los conceptos se encuentren impresos en letras pequeñas y poco claras que generan confusión.

En primera instancia, la defensoría recordó que, por disposición del Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas), el nuevo sistema de facturación del gas, a partir del 1° de junio de 2019, es mensual para usuarios residenciales, a pesar de que la lectura de los medidores continúa siendo de carácter bimestral. Esto quiere decir que, en el transcurso de un año completo, los usuarios recibirán 12 (doce) facturas en total, cada una conteniendo la mitad del consumo del bimestre y la mitad del cargo fijo.

En segundo lugar, el organismo indicó que se encuentra vigente un nuevo cuadro tarifario aprobado por Resolución del Enargas Nº 199 del 29/03/2019 que resolvió un incremento en el orden del 29% y que entró en vigencia en tres tramos: un 10% a partir del 1° de abril, otro 9% a partir del 1° de mayo, y un 7,5% a partir del 1° de junio.

En tercer lugar, el gobierno nacional, mediante Resolución N° 336 del 21/6/2019 de la Secretaría de Gobierno de Energía, dispuso un diferimiento en el pago del 22% en las facturas emitidas a partir del 1º de julio de 2019 y hasta el 31° de octubre de 2019. Esta medida alcanza a usuarios residenciales de gas natural y de propano indiluido por redes que no hayan renunciado expresamente a ese beneficio.

En cuanto a esto último, la normativa citada consagró que las sumas diferidas serán abonadas a partir de las facturas regulares emitidas desde el 1° de diciembre de 2019 y por el lapso de 5 (cinco) períodos mensuales, iguales y consecutivos, es decir, hasta el mes de abril de 2020.

En este sentido, los usuarios de las empresas provinciales de servicios públicos, deben tener presente que el servicio del gas, por el momento, es el único que llega al domicilio de los usuarios con facturación mensual, mientras que el de agua (Assa) y de la energía eléctrica (EPE) sigue siendo bimestral, aunque en este último caso existe la posibilidad de abonarlo en dos cuotas.

EN RESUMEN

En las facturas emitidas por Litoral Gas SA, figuran los siguientes detalles que los usuarios deben chequear para evitar malentendidos:

>>La leyenda “Diferimiento de pago Res SGE Nº 336/19 (*)”, y el monto que resulte diferido en función de la medida, debe encontrarse en el detalle de los conceptos facturados.

>>La indicación “Liquidación 1 de 2 Bimestre…” o “Liquidación 2 de 2 Bimestre…”, de acuerdo a la factura que se trate, debe aparecer en la zona superior, justo debajo del cuadro de lectura de consumo.

>>El señalamiento “Fecha límite pago en bancos”, con la fecha correspondiente, debe aparecer de forma clara en la esquina superior derecha, sin prestar confusión entre una factura y otra.

Por último, para cualquier duda o consulta, los ciudadanos pueden acudir a la Defensoría del Pueblo de Santa Fe en los siguientes lugares:

>>Sede Rosario – Pasaje Álvarez 1516, tel (0341) 4721112- 4721113
>>Sede Santa Fe – Eva Perón 2726, tel (0342) 4573904 – 4573374
>>En cualquiera de las delegaciones de la provincia www.defensoriasantafegob.ar/delegaciones

 

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La Assal emitió un alerta alimentaria para el Jugo Bovino La Chacha

Se prohibió la elaboración, tenencia, fraccionamiento, transporte, comercialización y exposición en toda la provincia de Santa Fe, ya que el registro de SENASA no corresponde a ese alimento y no declara la información obligatoria, resultando ser un producto falsificado.

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El Ministerio de Salud, a través de su Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (Assal) prohibió en todo el territorio santafesino la elaboración, tenencia, fraccionamiento, transporte, comercialización y exposición, del jugo bovino marca La Chacha.

La medida se debe a que el producto presenta un registro de SENASA que pertenece a otra marca y no declara la información obligatoria, resultando ser ilegal al infringir el Código Alimentario Argentino.

En este marco, la Agencia detalló el producto a los fines de alertar a la población con la información precisa:

Producto: Primer jugo bovino
Marca: La Chacha
SENASA: Nº 1148 01330/5
Peso Neto: 1 kg
Vence: abril 2026

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Territorio 5.0: las licencias de conducir digitales en la aplicación Mi Santa Fe ya tienen validez en la provincia

Los documentos disponibles en la app oficial pueden exhibirse ante controles y autoridades. El Gobierno Provincial avanza además en el proceso para que la licencia digital tenga validez en todo el territorio nacional.

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El Gobierno de la Provincia de Santa Fe informó que las licencias de conducir emitidas en el territorio provincial ya se encuentran disponibles en la aplicación Mi Santa Fe y cuentan con validez legal dentro de la provincia. De este modo, las y los ciudadanos pueden exhibir la licencia digital, a requerimiento de las autoridades, tanto en rutas como en ejidos urbanos, sin necesidad de portar el documento físico. 

La medida, que es parte del programa provincial Territorio 5.0 para la transformación hacia un gobierno digital, se enmarca en la resolución emitida en diciembre de 2025 por la Secretaría de Tecnología para la Gestión del Ministerio de Gobierno e Innovación Pública, que establece la validez legal de los documentos digitales visualizados desde la app Mi Santa Fe. Además de la licencia de conducir, la plataforma permite acceder a certificados de vacunación, partidas de nacimiento, becas escolares y el seguimiento de trámites digitalizados.

Desde la Secretaría de Tecnología para la Gestión, su titular Ignacio Tabares explicó que la resolución “le da validez legal a Mi Santa Fe en un contexto en el que las aplicaciones digitales se convirtieron en herramientas cada vez más utilizadas por la ciudadanía”. Y agregó que esta política “apunta a hacerle la vida más fácil a los ciudadanos, generando un punto de encuentro digital que concentre trámites y documentación en un solo lugar”.

Modernización digital

La incorporación de la licencia de conducir digital forma parte del proceso de digitalización y modernización del Estado provincial, orientado a simplificar gestiones, mejorar la experiencia ciudadana y fortalecer el acceso a los servicios públicos mediante herramientas tecnológicas. Desde el Gobierno de Santa Fe destacaron que esta política contribuye a una administración pública más eficiente, segura y cercana.

Sobre la App Mi Santa Fe

La aplicación Mi Santa Fe es la plataforma digital oficial del Gobierno de la Provincia, que permite a los ciudadanos acceder desde el teléfono celular a documentación y servicios provinciales de manera simple y segura. 

Puede descargarse de forma gratuita desde Google Play y App Store. Una vez instalada, las personas deben crear o vincular su cuenta con ID Ciudadana y validar sus datos para visualizar los documentos disponibles, entre ellos la licencia de conducir digital, certificados de vacunación, partidas de nacimiento y el seguimiento de trámites. La app forma parte del proceso de transformación digital del Estado santafesino y funciona como una ventanilla única que facilita gestiones, reduce trámites presenciales y garantiza igualdad de acceso en todo el territorio provincial.

Licencias de conducir

En relación con las licencias de conducir, desde la Agencia Provincial de Seguridad Vial (APSV) precisaron que la totalidad de las licencias emitidas en Santa Fe ya se encuentran cargadas en la aplicación Mi Santa Fe y pueden ser exhibidas ante controles de tránsito. Al mismo tiempo, el Gobierno Provincial avanza de manera gradual en la incorporación de estas licencias a la aplicación nacional Mi Argentina, con el objetivo de que cuenten con validez en todo el país.

Al respecto, el secretario de la APSV, Carlos Torres, explicó que “este proceso será progresivo, ya que la carga de las licencias es constante y gradual. A medida que los Centros de Emisión de Licencias de la provincia emiten nuevas licencias, esas se cargan automáticamente, mientras que en paralelo se irán incorporando las anteriores hasta completar la totalidad”. Y señaló que “es un proceso que está en marcha y que pronto se verá reflejado, para beneficio de todos los ciudadanos”.

Torres aclaró además que, para visualizar la licencia digital en la aplicación Mi Argentina, las personas deberán contar con una cuenta activa y con los datos actualizados, de modo que el documento se muestre automáticamente en la sección correspondiente.

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Nuevo esquema de subsidios energéticos: cómo quedan los topes de consumo eléctrico en Santa Fe

La Secretaría de Energía de la Nación estableció nuevos bloques de consumo subsidiado según zonas climáticas. La Defensoría del Pueblo de Santa Fe informó cómo se aplica el esquema en la provincia y brindó recomendaciones para los próximos meses.

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La Defensoría del Pueblo de la provincia de Santa Fe informó que la Secretaría de Energía de la Nación definió un nuevo esquema de subsidios al consumo eléctrico, con topes diferenciados según zonas climáticas y períodos del año, que rige durante los meses de altas temperaturas.

En el caso de Santa Fe, el territorio provincial fue segmentado en tres categorías para los meses de diciembre, enero y febrero:

  • Zona “muy cálida”: los departamentos 9 de Julio, Vera y General Obligado fueron clasificados dentro de esta categoría. Allí, el consumo eléctrico subsidiado tendrá un tope de 550 kWh mensuales.
  • Zona “cálida”: comprende a los departamentos Castellanos, Las Colonias, San Cristóbal, San Javier, Garay, San Justo y La Capital. En estos casos, el tope de consumo subsidiado será de 370 kWh mensuales.
  • Zona “templada”: el resto de los departamentos de la provincia (Rosario, San Lorenzo, San Jerónimo, Iriondo, Constitución, General López, Caseros, Belgrano y San Martín) fue incluido en esta categoría, con un tope de 300 kWh mensuales de consumo subsidiado.

Asimismo, se informó que durante los meses de mayo, junio, julio y agosto, el tope de consumo subsidiado será de 300 kWh mensuales para todo el país. En tanto, en los meses de marzo, abril, septiembre, octubre y noviembre, el límite se reducirá a 150 kWh mensuales.

Desde la Defensoría del Pueblo se recomienda a las y los usuarios tomar recaudos en relación con el consumo energético, especialmente fuera de los períodos de mayor demanda estacional, ya que superar los topes establecidos implicará incrementos significativos en el valor de las facturas.

Ante dudas o consultas, la Defensoría del Pueblo recuerda que se encuentran disponibles sus canales habituales de atención para brindar asesoramiento y acompañamiento a la ciudadanía. Para más información se puede acceder a www.defensoriasantafe.gob.ar

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