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Nacionales

La AFIP reglamentó la moratoria: requisitos, alcance y planes de pago con descuentos

El organismo dio a conocer la reglamentación de la medida incluida en la ley del Paquete Fiscal.

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó este martes la moratoria para los deudores de contribuciones tributarias, aduaneras y de seguridad social, mediante la Resolución General 5525/2024 publicada en el Boletín Oficial.

El organismo determinó el alcance, con las disposiciones y requisitos a cumplir para adherir al Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de la Seguridad Social, entre los que están los conceptos y sujetos excluidos, las modalidades de adhesión y los planes de facilidades de pago.

La normativa establece que podrán regularizarse en el nuevo régimen las obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social vencidas al 31 de marzo de 2024, inclusive, las multas y demás sanciones firmes originadas en infracciones cometidas hasta dicha fecha, relacionadas o no con esas obligaciones, así como los intereses resarcitorios y/o punitorios.

Además, estipuló que el plan de pagos podrá confeccionarse desde la fecha de entrada en vigencia de la reglamentación y hasta transcurridos 150 días corridos desde dicha fecha, inclusive, previendo hasta 84 cuotas para monotributistas y pequeñas empresas. Mientras que dispone que las multas se condonarán al 100%.

Contribuyentes habilitados para adherir al régimen:

– Personas humanas y sucesiones indivisas.
– Pequeños contribuyentes.
– Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.
– Entidades sin fines de lucro.

Conceptos y sujetos excluidos del régimen:

a) Los aportes y las contribuciones con destino al Sistema Nacional de Obras Sociales.
b) Las cuotas destinadas a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART).
c) Los aportes y las contribuciones con destino al Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico y al Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.
d) Las cotizaciones previsionales correspondientes a los sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS).
e) Las cuotas correspondientes al Seguro de Vida Obligatorio.
f) Los aportes y las contribuciones mensuales con destino al Registro Nacional de Trabajadores y Empleadores Agrarios (RENATEA) y al Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (RENATRE).
g) Los tributos y/o las multas que surjan como consecuencia de infracciones al artículo 488 del Régimen de Equipaje del Código Aduanero.
h) Las obligaciones incluidas en planes de facilidades de pago caducos presentados en el marco del régimen de regularización normado por esta resolución general.
i) Los anticipos y pagos a cuenta, excepto los mencionados en el artículo 28 de la presente.
j) Los intereses resarcitorios y/o punitorios, las multas y demás accesorios relacionados con los conceptos precedentes.
k) Los sujetos declarados en estado de quiebra, las personas físicas y jurídicas condenadas en segunda instancia por delitos tributarios o comunes que tengan vínculo con el incumplimiento de las obligaciones impositivas, y los agentes de retención y percepción que se encuentren con auto de procesamiento firme y elevada la causa a juicio oral.

Requisitos

a) Tener presentadas las declaraciones juradas o liquidaciones determinativas -originales y/o rectificativas- de las obligaciones a regularizar.
b) Declarar en el servicio “web” denominado “Declaración de CBU”, en los términos de la Resolución General N° 2.675 y sus modificatorias, la Clave Bancaria Uniforme (CBU) de la cuenta corriente o caja de ahorro de la que se debitarán los importes correspondientes para la cancelación de cada una de las cuotas, únicamente en los casos en que la adhesión al régimen de regularización excepcional se realice por medio de planes de facilidades de pago.
c) Poseer Domicilio Fiscal Electrónico constituido conforme a lo previsto en la Resolución General N° 4.280 y su modificatoria.

Los planes de facilidades de pago se encuentran agrupados de dos formas:

a) Planes de hasta tres cuotas mensuales, con la mayor condonación de intereses (desde el 70% hasta el 50% según el momento en que se soliciten) cuya tasa de interés de financiación se encontrará definida en función del carácter del contribuyente.
En este sentido, las personas que abonen su deuda al contado en los primeros 30 días o en tres cuotas tendrán una reducción del 70% de los intereses, y los que abonen entre antes de los dos meses con el mismo sistema tendrán una disminución del 60% de intereses y los que lo hagan hasta tres meses contarán con una baja del 50% de los intereses.

b) Planes de mayor plazo, cuya cantidad máxima de cuotas, tasa de interés de financiación y porcentaje de pago a cuenta se encontrarán definidos según la tipificación del contribuyente al momento del acogimiento al régimen, disponiendo de condiciones más favorables para las micro y pequeñas empresas, las entidades sin fines de lucro y monotributistas.
De esta manera, los pequeños contribuyentes podrán pagar un 20% y el resto en 60 cuotas mensuales, mientras que las entidades sin fines de lucro deberán pagar un 15% y el resto en 84 cuotas mensuales.

Las empresas medianas, en tanto deberán realizar un pago a cuenta equivalente al 20% de la deuda y por el saldo de deuda resultante, hasta cuarenta y ocho (48) cuotas mensuales, mientras que el resto de los contribuyentes deberán pagar un 25% de la deuda y por el saldo hasta en 36 cuotas mensuales.

Los contribuyentes deberán acceder con clave fiscal al sistema “Mis Facilidades” disponible en la web del organismo, opción “Ley N° 27.743 – Regularización Excepcional”. Desde AFIP precisaron que “el importe mínimo del componente capital de cada una de las cuotas será de $2.000” y que “las cuotas vencerán el día 16 de cada mes a partir del mes inmediato siguiente a aquel en que se consolide la deuda y se cancelarán mediante el procedimiento de débito directo en cuenta bancaria”.

Fuente: telefenoticias.com.ar

Nacionales

Pagos de ANSES

El organismo dependiente del Ministerio de Capital Humano, informa que mañana continúan los pagos de las Pensiones No Contributivas, jubilaciones y pensiones mínimas, Asignación Universal por Hijo, Asignación Familiar por Hijo, Asignación por Embarazo y Asignación por Prenatal. Todas las prestaciones tendrán el aumento por movilidad del 2,85 por ciento.

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Pensiones No Contributivas

Titulares con documentos concluidos en y 7 cobran su haber y el bono de 70 mil pesos.

Jubilaciones y pensiones que no superen un haber mínimo

Titulares con documentos finalizados en 3 cobran su haber y el bono de 70 mil pesos.

Asignación Universal por Hijo y Asignación Familiar por Hijo

Titulares con documentos terminados en 3.

Asignación por Embarazo

Titulares con documentos concluidos en 2.

Asignación por Prenatal

Titulares con documentos finalizados en y 3.

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Nacionales

El gobierno nacional lanzó la licitación de la etapa II – B de la red federal de concesiones

Vialidad Nacional informa que, en el marco del desarrollo de la Red Federal de Concesiones (RFC), se publicó en el Boletín Oficial la Resolución 112/2026 que efectúa, mediante el proceso 504-0015-LPU25 de la plataforma Contrat.Ar, el llamado a licitación pública nacional e internacional para la construcción, la explotación, administración y mantenimiento de la Etapa II – B.

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Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 11 de febrero de 2026. En este proceso se licita la concesión de más de 2.500 kilómetros divididos en los siguientes Tramos:

Tramo Mediterráneo: de 672,32 kilómetros de longitud, abarca las RN 7 y RN 35, atraviesa las provincias de Buenos Aires, Santa Fe y Córdoba.

Tramo Puntano: de 720 kilómetros de longitud, abarca las RN 8, RN 36, A-005 y RN 193, atraviesa las provincias de San Luis, Buenos Aires, Santa Fe y Córdoba.

Tramo Portuario Sur: de 636,75 kilómetros de longitud, abarca la RN 9 y RN 188, atraviesa las provincias de Buenos Aires y La Pampa.

Tramo Portuario Norte: de 528,04 kilómetros de longitud, abarca la RN 9, RN 33 y la RN A-008, atraviesa las provincias de Buenos Aires y Santa Fe.

Cabe aclarar que la Etapa II-A fue licitada en el mes de enero y la apertura de sobres se realizará el 27 de febrero. Incluyó los Tramos Sur Atlántico Acceso Sur (RN 3, RN 205; RN 226, Au. Ezeiza – Cañuelas, Au. Riccheri y Au. Newbery) y Pampa (RN 5 y RN 35).

El desarrollo de la Red Federal de Concesiones es posible gracias a que se generaron las condiciones para que los capitales privados puedan invertir en la operación y mantenimiento de estas trazas nacionales y de esta manera, reducir los gastos que esto genera al Tesoro nacional.

Se recuerda que el nuevo sistema no contará con ningún subsidio por parte del sector público, que hasta el momento realizaba aportes para sostener un esquema de concesión deficitario y que no brindaba beneficios reales para los usuarios.

Asimismo, Vialidad Nacional, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía de la Nación, será la autoridad encargada de supervisar y controlar los contratos de concesión actuales y futuros, asegurando su cumplimiento en beneficio de los usuarios y el desarrollo de la infraestructura vial.

El Gobierno nacional refuerza su compromiso con el desarrollo de un sistema vial moderno, seguro y eficiente, promoviendo la integración territorial y el crecimiento económico del país.
Toda la información relativa al proceso de concesiones está disponible y actualizada en el sitio web de Vialidad Nacional con el objetivo de que toda la ciudadanía y las empresas interesadas puedan acceder con facilidad.

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Nacionales

Pagos de ANSES para hoy

El organismo dependiente del Ministerio de Capital Humano, informa que mañana continúan los pagos de las Pensiones No Contributivas, jubilaciones y pensiones mínimas, Asignación Universal por Hijo, Asignación Familiar por Hijo y Asignación por Embarazo; en tanto, inician los de Asignación por Prenatal y Maternidad.

Publicado

el

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Todas las prestaciones tendrán el aumento por movilidad del 2,85 por ciento.

Pensiones No Contributivas

Titulares con documentos concluidos en y 5 cobran su haber y el bono de 70 mil pesos.

Jubilaciones y pensiones que no superen un haber mínimo

Titulares de jubilaciones y pensiones mínimas con documentos finalizados en 2 cobran su haber y el bono de 70 mil pesos.

Asignación Universal por Hijo y Asignación Familiar por Hijo

Titulares con documentos terminados en 2.

Asignación por Embarazo

Titulares con documentos concluidos en 1.

Asignación por Prenatal

Titulares con documentos finalizados en y 1.

Asignación por Maternidad

Todas las terminaciones de documento hasta el 12 de marzo.

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