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La AFIP reglamentó la moratoria: requisitos, alcance y planes de pago con descuentos

El organismo dio a conocer la reglamentación de la medida incluida en la ley del Paquete Fiscal.

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó este martes la moratoria para los deudores de contribuciones tributarias, aduaneras y de seguridad social, mediante la Resolución General 5525/2024 publicada en el Boletín Oficial.

El organismo determinó el alcance, con las disposiciones y requisitos a cumplir para adherir al Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de la Seguridad Social, entre los que están los conceptos y sujetos excluidos, las modalidades de adhesión y los planes de facilidades de pago.

La normativa establece que podrán regularizarse en el nuevo régimen las obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social vencidas al 31 de marzo de 2024, inclusive, las multas y demás sanciones firmes originadas en infracciones cometidas hasta dicha fecha, relacionadas o no con esas obligaciones, así como los intereses resarcitorios y/o punitorios.

Además, estipuló que el plan de pagos podrá confeccionarse desde la fecha de entrada en vigencia de la reglamentación y hasta transcurridos 150 días corridos desde dicha fecha, inclusive, previendo hasta 84 cuotas para monotributistas y pequeñas empresas. Mientras que dispone que las multas se condonarán al 100%.

Contribuyentes habilitados para adherir al régimen:

– Personas humanas y sucesiones indivisas.
– Pequeños contribuyentes.
– Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.
– Entidades sin fines de lucro.

Conceptos y sujetos excluidos del régimen:

a) Los aportes y las contribuciones con destino al Sistema Nacional de Obras Sociales.
b) Las cuotas destinadas a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART).
c) Los aportes y las contribuciones con destino al Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico y al Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.
d) Las cotizaciones previsionales correspondientes a los sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS).
e) Las cuotas correspondientes al Seguro de Vida Obligatorio.
f) Los aportes y las contribuciones mensuales con destino al Registro Nacional de Trabajadores y Empleadores Agrarios (RENATEA) y al Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (RENATRE).
g) Los tributos y/o las multas que surjan como consecuencia de infracciones al artículo 488 del Régimen de Equipaje del Código Aduanero.
h) Las obligaciones incluidas en planes de facilidades de pago caducos presentados en el marco del régimen de regularización normado por esta resolución general.
i) Los anticipos y pagos a cuenta, excepto los mencionados en el artículo 28 de la presente.
j) Los intereses resarcitorios y/o punitorios, las multas y demás accesorios relacionados con los conceptos precedentes.
k) Los sujetos declarados en estado de quiebra, las personas físicas y jurídicas condenadas en segunda instancia por delitos tributarios o comunes que tengan vínculo con el incumplimiento de las obligaciones impositivas, y los agentes de retención y percepción que se encuentren con auto de procesamiento firme y elevada la causa a juicio oral.

Requisitos

a) Tener presentadas las declaraciones juradas o liquidaciones determinativas -originales y/o rectificativas- de las obligaciones a regularizar.
b) Declarar en el servicio “web” denominado “Declaración de CBU”, en los términos de la Resolución General N° 2.675 y sus modificatorias, la Clave Bancaria Uniforme (CBU) de la cuenta corriente o caja de ahorro de la que se debitarán los importes correspondientes para la cancelación de cada una de las cuotas, únicamente en los casos en que la adhesión al régimen de regularización excepcional se realice por medio de planes de facilidades de pago.
c) Poseer Domicilio Fiscal Electrónico constituido conforme a lo previsto en la Resolución General N° 4.280 y su modificatoria.

Los planes de facilidades de pago se encuentran agrupados de dos formas:

a) Planes de hasta tres cuotas mensuales, con la mayor condonación de intereses (desde el 70% hasta el 50% según el momento en que se soliciten) cuya tasa de interés de financiación se encontrará definida en función del carácter del contribuyente.
En este sentido, las personas que abonen su deuda al contado en los primeros 30 días o en tres cuotas tendrán una reducción del 70% de los intereses, y los que abonen entre antes de los dos meses con el mismo sistema tendrán una disminución del 60% de intereses y los que lo hagan hasta tres meses contarán con una baja del 50% de los intereses.

b) Planes de mayor plazo, cuya cantidad máxima de cuotas, tasa de interés de financiación y porcentaje de pago a cuenta se encontrarán definidos según la tipificación del contribuyente al momento del acogimiento al régimen, disponiendo de condiciones más favorables para las micro y pequeñas empresas, las entidades sin fines de lucro y monotributistas.
De esta manera, los pequeños contribuyentes podrán pagar un 20% y el resto en 60 cuotas mensuales, mientras que las entidades sin fines de lucro deberán pagar un 15% y el resto en 84 cuotas mensuales.

Las empresas medianas, en tanto deberán realizar un pago a cuenta equivalente al 20% de la deuda y por el saldo de deuda resultante, hasta cuarenta y ocho (48) cuotas mensuales, mientras que el resto de los contribuyentes deberán pagar un 25% de la deuda y por el saldo hasta en 36 cuotas mensuales.

Los contribuyentes deberán acceder con clave fiscal al sistema “Mis Facilidades” disponible en la web del organismo, opción “Ley N° 27.743 – Regularización Excepcional”. Desde AFIP precisaron que “el importe mínimo del componente capital de cada una de las cuotas será de $2.000” y que “las cuotas vencerán el día 16 de cada mes a partir del mes inmediato siguiente a aquel en que se consolide la deuda y se cancelarán mediante el procedimiento de débito directo en cuenta bancaria”.

Fuente: telefenoticias.com.ar

Nacionales

Capital Humano y ANSES siguen sumando beneficios a su programa de descuentos

El programa de Beneficios Capital Humano – ANSES continúa otorgando descuentos y reintegros en los principales supermercados de todo el país para jubilados y pensionados y sumando comercios y entidades participantes.

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Ahora, a los beneficios otorgados por BNA y Galicia se suma el Banco Supervielle, con ahorros que pueden alcanzar los 50 mil pesos por mes y cuotas sin interés para compras en supermercados y farmacias.

Jubilados y pensionados que cobren sus haberes en el Banco Supervielle

La entidad otorga un descuento del 20 por ciento pagando con tarjeta de débito (con tope de 25 mil) o pagando con QR (con tope de 15 mil; o de 40 mil combinando ambos medios de pago) los días martes en los supermercados Jumbo, Disco, Vea, Chango Más y un 25 por ciento sin tope en Coto.

Además, un 50 por ciento de descuento en rubro farmacia, los días martes, tanto con tarjeta de débito, como con QR (con tope de 6 mil pesos cada medio de pago; o de 12 mil si se combinan) y 3 cuotas sin interés, todos los días, con tarjeta de crédito en farmacias adheridas.

Si las compras son en e-commerce (Tienda Supervielle en Mercado Libre) ofrece un 15 por ciento descuento con tarjeta de débito (tope de 10 mil pesos) los días martes y miércoles en los rubros farmacia y supermercado; y todos los días 3 cuotas sin interés con tarjeta de crédito VISA, con excepción de los jueves que otorga 12 cuotas sin interés.

Jubilados y pensionados que cobren sus haberes en Banco Nación

Mediante un convenio con el Banco de la Nación Argentina (BNA), los jubilados y pensionados de ANSES, que cobren sus haberes en dicho banco, accederán a un reintegro adicional exclusivo del 5 por ciento sobre las compras que abonen a través de BNA + MODO, con tarjeta de débito o crédito, (con un tope de 20 mil pesos mensuales) en los supermercados Carrefour, Chango Mas, Coto, Josimar, La Anónima, Disco, Jumbo y Vea.

También, el Banco les depositará diariamente un porcentaje de remuneración (TNA 32 por ciento) sobre el saldo que registren en sus cuentas (por hasta 500 mil pesos).

Jubilados y pensionados que cobren sus haberes en Banco Galicia

Por su parte, aquellos jubilados y pensionados que cobren sus haberes en Banco Galicia accederán hasta a un 25 por ciento de ahorro y 3 cuotas sin interés en compras con tarjetas de débito o crédito (con tope 20 mil pesos mensuales en supermercados, y 12 mil en farmacias y ópticas).

Y quienes tengan una cuenta remunerada FIMA, recibirán rendimientos diarios sobre el dinero que tengan acreditado en sus cuentas (TNA 33,2 por ciento) sin tope de saldo a remunerar.

Descuentos en supermercados

·         Disco: 10% en todos los rubros* + 20% perfumería y limpieza, sin tope. No acumulable con otras promociones.

·         Jumbo: 10% en todos los rubros* + 20% perfumería y limpieza, sin tope. No acumulable con otras promociones.

·         Vea: 10% en todos los rubros* + 20% perfumería y limpieza, sin tope. No acumulable con otras promociones.

·         Coto: 10% sin tope en todos los rubros**. No acumulable con otras promociones.

·         La Anónima: 10% sin tope en todos los rubros**. No acumulable con otras promociones.

·         Josimar: 15% en todos los rubros** sin tope. No acumulable con otras promociones.

·         Carrefour: 10% en todos los rubros**. Tope $35.000. No acumulable con otras promociones.

·         Día: 10% en todos los rubros. Tope $2.000 por transacción. Incluye a todos los productos y acumula con otras promociones.

·         Chango Más: 10% en todos los rubros**. Tope $15.000. No acumulable con otras promociones.

* incluye carne. No incluye electro y marcas seleccionadas

** excepto carnes, electro y marcas seleccionadas.

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Kicillof reclamó a la Legislatura aprobar su pedido de endeudamiento

El gobernador de la provincia de Buenos Aires volvió a reclamarle a la Legislatura bonaerense que apruebe la ley de financiamiento a su gestión.

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En una conferencia de prensa realizada en el Salón Dorado de la Casa de Gobierno en La Plata, el gobernador bonaerense Axel Kicillof reiteró su pedido a la Legislatura provincial para que apruebe la ley de financiamiento, una iniciativa que, según sostuvo, es clave para afrontar el deterioro económico que atraviesa la provincia.

«No estamos dispuestos a afrontar los vencimientos de una deuda que no tomamos originalmente con recursos que se detraigan de salud o educación, cuestión a la que estaríamos forzados de no contar con la normativa. La Legislatura debe decidir en favor de evitar más sufrimiento, en favor del orden económico y social de nuestra provincia», afirmó Kicillof durante la exposición que encabezó este lunes por la tarde.

El mandatario, acompañado por miembros de su gabinete, intendentes del peronismo y de la UCR, legisladores, sindicalistas y referentes de derechos humanos como Estela de Carlotto y Carmen Arias, pidió a los legisladores que no condicionen la aprobación del proyecto. «No hay negociación que debiera condicionar algo de esta importancia. Por eso, con sinceridad, con firmeza, con convicción democrática, le pido a la Legislatura que apoye, que vote esta ley en favor de los intereses de 17 millones de bonaerenses. Es por nuestra provincia, por la historia y por el futuro», aseguró.

Tras el fallido intento del viernes pasado, ambas Cámaras volverán a sesionar el miércoles, ya en el período de sesiones extraordinarias. Kicillof insistió en que el pedido de endeudamiento «es lo normal, es lo que tienen todos los gobiernos», y subrayó: «No se pide nada extraordinario».

El gobernador remarcó que no se trata de nueva deuda, sino de fondos necesarios para afrontar vencimientos pendientes: «Tenemos un pedido, no de nueva deuda, sino de los recursos necesarios para atender los vencimientos de deuda, parte del año pasado, que no tuvimos las leyes, y parte de este año. Se trata de cubrir los vencimientos. La deuda no va a subir ni bajar. No es nueva deuda».

También hizo foco en la situación de los municipios, muchos de los cuales —indicó— atraviesan dificultades para pagar aguinaldos y gastos corrientes. Destacó que el proyecto contempla destinar el 8% del Fondo de Fortalecimiento para la Inversión Municipal a los 135 distritos, con un piso garantizado de $245.000 millones en cinco pagos fijos entre 2026 y 2027 si el endeudamiento no alcanza los niveles previstos. “Eso garantiza que el primer mostrador de gobierno tenga previsibilidad y pueda organizar sus cuentas públicas”, sostuvo.

«Pedimos poder funcionar, provincia y municipios, mientras reclamamos lo que nos corresponde y nos quitó el gobierno de Milei», concluyó.

Fuente: telefenoticias.com.ar

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Operativos de atención: ANSES realiza trámites en todo el país

eL organismo dependiente del Ministerio de Capital Humano, informa que recibe consultas y realiza trámites de la Seguridad Social mediante los operativos de atención ubicados en diferentes ciudades del país.

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Los interesados pueden acercarse con DNI y la documentación requerida para realizar gestiones sobre la Asignación Universal por Hijo y por Embarazo, asignaciones familiares y de pago único (Nacimiento, Matrimonio y Adopción), presentación del certificado escolar, Prestación por Desempleo, Tarifa Social, cambio de lugar de cobro, designación de apoderados, generación de Clave de la Seguridad Social, constancia de empadronamiento a una Obra Social, actualización de datos personales, entre otras.

Las ubicaciones, días y horarios de los operativos se pueden consultar desde aquí.

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