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Nacionales

La AFIP reglamentó la moratoria: requisitos, alcance y planes de pago con descuentos

El organismo dio a conocer la reglamentación de la medida incluida en la ley del Paquete Fiscal.

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó este martes la moratoria para los deudores de contribuciones tributarias, aduaneras y de seguridad social, mediante la Resolución General 5525/2024 publicada en el Boletín Oficial.

El organismo determinó el alcance, con las disposiciones y requisitos a cumplir para adherir al Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de la Seguridad Social, entre los que están los conceptos y sujetos excluidos, las modalidades de adhesión y los planes de facilidades de pago.

La normativa establece que podrán regularizarse en el nuevo régimen las obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social vencidas al 31 de marzo de 2024, inclusive, las multas y demás sanciones firmes originadas en infracciones cometidas hasta dicha fecha, relacionadas o no con esas obligaciones, así como los intereses resarcitorios y/o punitorios.

Además, estipuló que el plan de pagos podrá confeccionarse desde la fecha de entrada en vigencia de la reglamentación y hasta transcurridos 150 días corridos desde dicha fecha, inclusive, previendo hasta 84 cuotas para monotributistas y pequeñas empresas. Mientras que dispone que las multas se condonarán al 100%.

Contribuyentes habilitados para adherir al régimen:

– Personas humanas y sucesiones indivisas.
– Pequeños contribuyentes.
– Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.
– Entidades sin fines de lucro.

Conceptos y sujetos excluidos del régimen:

a) Los aportes y las contribuciones con destino al Sistema Nacional de Obras Sociales.
b) Las cuotas destinadas a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART).
c) Los aportes y las contribuciones con destino al Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico y al Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.
d) Las cotizaciones previsionales correspondientes a los sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS).
e) Las cuotas correspondientes al Seguro de Vida Obligatorio.
f) Los aportes y las contribuciones mensuales con destino al Registro Nacional de Trabajadores y Empleadores Agrarios (RENATEA) y al Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (RENATRE).
g) Los tributos y/o las multas que surjan como consecuencia de infracciones al artículo 488 del Régimen de Equipaje del Código Aduanero.
h) Las obligaciones incluidas en planes de facilidades de pago caducos presentados en el marco del régimen de regularización normado por esta resolución general.
i) Los anticipos y pagos a cuenta, excepto los mencionados en el artículo 28 de la presente.
j) Los intereses resarcitorios y/o punitorios, las multas y demás accesorios relacionados con los conceptos precedentes.
k) Los sujetos declarados en estado de quiebra, las personas físicas y jurídicas condenadas en segunda instancia por delitos tributarios o comunes que tengan vínculo con el incumplimiento de las obligaciones impositivas, y los agentes de retención y percepción que se encuentren con auto de procesamiento firme y elevada la causa a juicio oral.

Requisitos

a) Tener presentadas las declaraciones juradas o liquidaciones determinativas -originales y/o rectificativas- de las obligaciones a regularizar.
b) Declarar en el servicio “web” denominado “Declaración de CBU”, en los términos de la Resolución General N° 2.675 y sus modificatorias, la Clave Bancaria Uniforme (CBU) de la cuenta corriente o caja de ahorro de la que se debitarán los importes correspondientes para la cancelación de cada una de las cuotas, únicamente en los casos en que la adhesión al régimen de regularización excepcional se realice por medio de planes de facilidades de pago.
c) Poseer Domicilio Fiscal Electrónico constituido conforme a lo previsto en la Resolución General N° 4.280 y su modificatoria.

Los planes de facilidades de pago se encuentran agrupados de dos formas:

a) Planes de hasta tres cuotas mensuales, con la mayor condonación de intereses (desde el 70% hasta el 50% según el momento en que se soliciten) cuya tasa de interés de financiación se encontrará definida en función del carácter del contribuyente.
En este sentido, las personas que abonen su deuda al contado en los primeros 30 días o en tres cuotas tendrán una reducción del 70% de los intereses, y los que abonen entre antes de los dos meses con el mismo sistema tendrán una disminución del 60% de intereses y los que lo hagan hasta tres meses contarán con una baja del 50% de los intereses.

b) Planes de mayor plazo, cuya cantidad máxima de cuotas, tasa de interés de financiación y porcentaje de pago a cuenta se encontrarán definidos según la tipificación del contribuyente al momento del acogimiento al régimen, disponiendo de condiciones más favorables para las micro y pequeñas empresas, las entidades sin fines de lucro y monotributistas.
De esta manera, los pequeños contribuyentes podrán pagar un 20% y el resto en 60 cuotas mensuales, mientras que las entidades sin fines de lucro deberán pagar un 15% y el resto en 84 cuotas mensuales.

Las empresas medianas, en tanto deberán realizar un pago a cuenta equivalente al 20% de la deuda y por el saldo de deuda resultante, hasta cuarenta y ocho (48) cuotas mensuales, mientras que el resto de los contribuyentes deberán pagar un 25% de la deuda y por el saldo hasta en 36 cuotas mensuales.

Los contribuyentes deberán acceder con clave fiscal al sistema “Mis Facilidades” disponible en la web del organismo, opción “Ley N° 27.743 – Regularización Excepcional”. Desde AFIP precisaron que “el importe mínimo del componente capital de cada una de las cuotas será de $2.000” y que “las cuotas vencerán el día 16 de cada mes a partir del mes inmediato siguiente a aquel en que se consolide la deuda y se cancelarán mediante el procedimiento de débito directo en cuenta bancaria”.

Fuente: telefenoticias.com.ar

Nacionales

Cuáles son los requisitos para cobrar el refuerzo de Ayuda Escolar 2026

Capital Humano precisó quienes cobran los $ 85.000 asignados.

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El Ministerio de Capital Humano aclaró que el refuerzo económico para los beneficiarios de la Asignación por Ayuda Escolar Anual no consiste en una suma fija de $85.000 para todos los titulares, sino que el monto final surge de un cálculo proporcional basado en los haberes vigentes de la prestación principal.

Específicamente, el monto extra se determina mediante la resta entre el tope de $85.000 y el valor que cada beneficiario ya percibe por la asignación escolar estándar.

Según se explicó, de esta manera “el Estado cubre la brecha económica para que todos los alcanzados por la medida alcancen ese piso garantizado para el inicio del ciclo lectivo”.

La normativa fue oficializada este martes mediante la Resolución 78/2026 del Ministerio de Capital Humano publicada este martes en el Boletín Oficial.

El documento ratifica lo dispuesto previamente por el Poder Ejecutivo sobre el carácter extraordinario de esta compensación.

La resolución detalla que se otorgó «un refuerzo adicional por un monto equivalente a la diferencia entre $85.000. y el valor que surja de la determinación de la referida asignación».

Asimismo, la autoridad de aplicación remarcó que «el pago del citado refuerzo se efectuará para cada beneficiario una única vez», coincidiendo con el mes en que se perciba la asignación principal.

A quiénes alcanza el beneficio

El beneficio alcanza a diversos grupos de la seguridad social, incluyendo a trabajadores en relación de dependencia, monotributistas, beneficiarios de la Ley de Riesgos de Trabajo y del Seguro de Desempleo. _

También comprende a jubilados y pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), así como a titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo.

Finalmente, la cartera aclaró que el refuerzo tiene vigencia para el «Ciclo Lectivo Anual 2026, desde el mes de marzo de 2026 hasta el próximo pago masivo de dicha prestación”.

Fuente: NA – telefenoticias.com.ar

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Nacionales

Laboratorio IMPULSAR

El programa federal de la Academia de Cine junto a Netflix que apuesta por talentos emergentes.

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14 proyectos audiovisuales de todo el país serán seleccionados para participar de un proceso de formación con profesionales de la industria.

Buenos Aires, 6 de abril de 2026 – La Academia de las Artes y Ciencias Cinematográficas de la Argentina, en articulación con el Fondo Netflix para el desarrollo de las habilidades y la industria audiovisual, abrió la convocatoria para participar de Laboratorio IMPULSAR. Se trata de un programa federal de desarrollo audiovisual orientado a nuevas generaciones de cineastas y creadoras/es de todo el país. La postulación estará habilitada hasta el 30 de abril.

La iniciativa propone un recorrido formativo destinado a potenciar proyectos en desarrollo de jóvenes realizadores de entre 18 y 35 años. A través de un proceso de selección a cargo de un jurado integrado por referentes de la industria, se elegirán 14 propuestas destacadas que formarán parte del programa. 

Hernán Findling, Presidente de La Academia de Cine afirma que: “Con Laboratorio IMPULSAR buscamos generar un espacio colaborativo entre las nuevas generaciones y la experiencia de quienes venimos construyendo la industria desde hace años. Creemos profundamente en el valor del intercambio: en cómo la mirada fresca de los nuevos talentos se potencia cuando encuentra acompañamiento, guía y escucha en referentes con trayectoria. El programa apunta a construir comunidad y proyectar el futuro del cine argentino desde una lógica federal, diversa y colaborativa”.

Los proyectos elegidos participarán de tutorías, talleres y mentorías dictadas por destacados referentes del sector, con el objetivo de fortalecer y profesionalizar sus producciones audiovisuales. El programa se desarrollará en dos etapas, una virtual y otra presencial en la Ciudad de Buenos Aires, con traslados y estadía cubiertos por las entidades organizadoras.

Cada proyecto deberá ser presentado por una dupla conformada por director/a y productor/a que podrá inscribirse en alguna de estas categorías: largometraje o serie de ficción. La convocatoria, abierta para todo el país, busca reflejar la diversidad de miradas, territorios e identidades que componen el mapa audiovisual argentino.

En un contexto desafiante para la industria cinematográfica nacional, Laboratorio IMPULSAR apuesta a la formación, la creatividad y el acompañamiento como motores para potenciar nuevas voces y enriquecer el ecosistema audiovisual.

Para conocer más del programa, como las fechas y detalles de la convocatoria, se puede seguir a @laboratorioimpulsar en Instagram. Para más información se pueden visitar las bases y condiciones accediendo aquí.

Acerca de La Academia de las Artes y las Ciencias Cinematográficas de la Argentina

La Academia de las Artes y Ciencias Cinematográficas de la Argentina —también conocida como Academia de Cine de la Argentina— es una asociación civil sin fines de lucro, refundada en 2004 en continuidad con su primera fundación de 1948. Reúne a más de 700 miembros, entre quienes se encuentran artistas, técnicas, técnicos y profesionales destacados de la cinematografía argentina. Su misión es promover el cine argentino, preservar su patrimonio y organizar los Premios Sur.

Pagina web academiadecine.org.ar 

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Nacionales

Diputados: el oficialismo convocó a una sesión para debatir la reforma de la ley de Glaciares

La reforma fue solicitada por gobernadores aliados para poder captar inversiones mineras.

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La Libertad Avanza (LLA) junto a bloques dialoguistas pidieron una sesión especial para el próximo miércoles a las 15 para debatir el proyecto de reforma de la ley de Glaciares,  y así cumplir con el pedido de gobernadores aliados que buscan con esta norma captar nuevas inversiones mineras.

La sesión especial fue solicitada por los presidentes del bloque de la LLA, Gabriel Bornoroni, de la UCR, Pamela Verasay, de Independencia Gladys Medina, de Por Santa Cruz José Luis Garrido, de Producción y Trabajo Nancy Picón Martínez, y de Innovación Federal Alberto Arrúa.

También firman el pedido los libertarios y titulares de las comisiones de Recursos Naturales, José Peluc, de Asuntos Constitucionales, Nicolás Mayoraz, de Peticiones Poderes y Reglamento, Giselle Castelnuovo, la secretaria parlamentaria de la LLA, Silvana Guidici, y el macrista Javier Sanchez Wrba.

La iniciativa fue impulsada por el Gobierno por pedido de los gobernadores aliados para fomentar millonarias inversiones mineras en las provincias del norte y de la zona de Cuyo a través del régimen del RIGI, incluido en la Ley de Bases sancionada en 2024.

Impulsan la ley los gobernadores de Catamarca, Raúl Jalil; de San Juan, Marcelo Orrego; de Salta, Gustavo Sáenz; y de Mendoza, Alfredo Cornejo, que tiene el mayor desarrollo minero.

Los mandatarios ya consiguieron dar su primer paso con la aprobación de la reforma en el Senado por 40 a 31 votos.

Comisiones

Pero para tratar el proyecto en el recinto de sesiones, el oficialismo y sus aliados deben conseguir un dictamen de mayoría mañana en el plenario de las comisiones de Recursos Naturales y de Asuntos Constitucionales, que fue citado para las 14.

Para poder tener despacho de comisión, LLA y aliados deberán tener 18 firmas en Asuntos Constitucionales y 16 en Recursos Naturales, lo cual lo tiene garantizado junto a sus aliados provinciales, de la UCR y el PRO.

En primera instancia habrá una reunión informativa con la exposición de invitados, entre quienes se incluirían a gobernadores de provincias, y en segundo término se pasará a la firma de los dictámenes.

La reunión de la comisión se hará luego de haber realizado el 25 y 26 de marzo las Audiencias Públicas donde expusieron unos 200 oradores en forma presencial y otros 200 en forma virtual de los 100 mil inscriptos, lo que generó el repudio de organizaciones ambientalistas y bloques opositores.

La votación

La Libertad Avanza es optimista en que tendrán los 129 diputados para abrir la sesión, habilitar el debate y al menos entre 130 y 134 votos convertir en ley el proyecto que ya fue aprobado el 26 de febrero por el Senado, según señalaron fuentes parlamentarias de la LLA a la Agencia Noticias Argentinas.

La Libertad Avanza tiene 94 votos —ya que el presidente de la Cámara de Diputados, Martín Menem, solo vota cuando se necesitan mayorías agravadas o para desempatar— y cuenta con el respaldo para sancionar esta ley de 11 diputados de Innovación Federal, 2 de Producción y Trabajo, unos 21 de Fuerzas del Cambio-que integran la UCR, PRO, Por Santa Cruz.

También acompañarán el proyecto los 3 legisladores de Independencia, y por lo menos 2 cordobeses y el bonaerense Nicolas Massot, respaldarán el proyecto del Gobierno.

Fuente: telefenoticias.com.ar

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