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La AFIP reglamentó la moratoria: requisitos, alcance y planes de pago con descuentos

El organismo dio a conocer la reglamentación de la medida incluida en la ley del Paquete Fiscal.

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó este martes la moratoria para los deudores de contribuciones tributarias, aduaneras y de seguridad social, mediante la Resolución General 5525/2024 publicada en el Boletín Oficial.

El organismo determinó el alcance, con las disposiciones y requisitos a cumplir para adherir al Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de la Seguridad Social, entre los que están los conceptos y sujetos excluidos, las modalidades de adhesión y los planes de facilidades de pago.

La normativa establece que podrán regularizarse en el nuevo régimen las obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social vencidas al 31 de marzo de 2024, inclusive, las multas y demás sanciones firmes originadas en infracciones cometidas hasta dicha fecha, relacionadas o no con esas obligaciones, así como los intereses resarcitorios y/o punitorios.

Además, estipuló que el plan de pagos podrá confeccionarse desde la fecha de entrada en vigencia de la reglamentación y hasta transcurridos 150 días corridos desde dicha fecha, inclusive, previendo hasta 84 cuotas para monotributistas y pequeñas empresas. Mientras que dispone que las multas se condonarán al 100%.

Contribuyentes habilitados para adherir al régimen:

– Personas humanas y sucesiones indivisas.
– Pequeños contribuyentes.
– Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.
– Entidades sin fines de lucro.

Conceptos y sujetos excluidos del régimen:

a) Los aportes y las contribuciones con destino al Sistema Nacional de Obras Sociales.
b) Las cuotas destinadas a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART).
c) Los aportes y las contribuciones con destino al Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico y al Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.
d) Las cotizaciones previsionales correspondientes a los sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS).
e) Las cuotas correspondientes al Seguro de Vida Obligatorio.
f) Los aportes y las contribuciones mensuales con destino al Registro Nacional de Trabajadores y Empleadores Agrarios (RENATEA) y al Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (RENATRE).
g) Los tributos y/o las multas que surjan como consecuencia de infracciones al artículo 488 del Régimen de Equipaje del Código Aduanero.
h) Las obligaciones incluidas en planes de facilidades de pago caducos presentados en el marco del régimen de regularización normado por esta resolución general.
i) Los anticipos y pagos a cuenta, excepto los mencionados en el artículo 28 de la presente.
j) Los intereses resarcitorios y/o punitorios, las multas y demás accesorios relacionados con los conceptos precedentes.
k) Los sujetos declarados en estado de quiebra, las personas físicas y jurídicas condenadas en segunda instancia por delitos tributarios o comunes que tengan vínculo con el incumplimiento de las obligaciones impositivas, y los agentes de retención y percepción que se encuentren con auto de procesamiento firme y elevada la causa a juicio oral.

Requisitos

a) Tener presentadas las declaraciones juradas o liquidaciones determinativas -originales y/o rectificativas- de las obligaciones a regularizar.
b) Declarar en el servicio “web” denominado “Declaración de CBU”, en los términos de la Resolución General N° 2.675 y sus modificatorias, la Clave Bancaria Uniforme (CBU) de la cuenta corriente o caja de ahorro de la que se debitarán los importes correspondientes para la cancelación de cada una de las cuotas, únicamente en los casos en que la adhesión al régimen de regularización excepcional se realice por medio de planes de facilidades de pago.
c) Poseer Domicilio Fiscal Electrónico constituido conforme a lo previsto en la Resolución General N° 4.280 y su modificatoria.

Los planes de facilidades de pago se encuentran agrupados de dos formas:

a) Planes de hasta tres cuotas mensuales, con la mayor condonación de intereses (desde el 70% hasta el 50% según el momento en que se soliciten) cuya tasa de interés de financiación se encontrará definida en función del carácter del contribuyente.
En este sentido, las personas que abonen su deuda al contado en los primeros 30 días o en tres cuotas tendrán una reducción del 70% de los intereses, y los que abonen entre antes de los dos meses con el mismo sistema tendrán una disminución del 60% de intereses y los que lo hagan hasta tres meses contarán con una baja del 50% de los intereses.

b) Planes de mayor plazo, cuya cantidad máxima de cuotas, tasa de interés de financiación y porcentaje de pago a cuenta se encontrarán definidos según la tipificación del contribuyente al momento del acogimiento al régimen, disponiendo de condiciones más favorables para las micro y pequeñas empresas, las entidades sin fines de lucro y monotributistas.
De esta manera, los pequeños contribuyentes podrán pagar un 20% y el resto en 60 cuotas mensuales, mientras que las entidades sin fines de lucro deberán pagar un 15% y el resto en 84 cuotas mensuales.

Las empresas medianas, en tanto deberán realizar un pago a cuenta equivalente al 20% de la deuda y por el saldo de deuda resultante, hasta cuarenta y ocho (48) cuotas mensuales, mientras que el resto de los contribuyentes deberán pagar un 25% de la deuda y por el saldo hasta en 36 cuotas mensuales.

Los contribuyentes deberán acceder con clave fiscal al sistema “Mis Facilidades” disponible en la web del organismo, opción “Ley N° 27.743 – Regularización Excepcional”. Desde AFIP precisaron que “el importe mínimo del componente capital de cada una de las cuotas será de $2.000” y que “las cuotas vencerán el día 16 de cada mes a partir del mes inmediato siguiente a aquel en que se consolide la deuda y se cancelarán mediante el procedimiento de débito directo en cuenta bancaria”.

Fuente: telefenoticias.com.ar

Nacionales

Pagos de ANSES

El organismo dependiente del Ministerio de Capital Humano, informa que mañana finalizan los pagos de jubilaciones y pensiones mínimas e inician aquellos que superan un haber mínimo; en tanto, continúan los de Asignación Universal por Hijo, Asignación Familiar por Hijo y Asignación por Embarazo. Todos incluyen el aumento por movilidad del 2,08 por ciento. Además, comienza el cronograma de la Prestación por Desempleo.

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Jubilaciones y pensiones que no superan un haber mínimo

Titulares de jubilaciones y pensiones mínimas con documentos concluidos en y 9 cobran su haber más el bono de 70 mil pesos.

Jubilaciones y pensiones que superan un haber mínimo

Titulares con documentos finalizados en 0 y 1.

Asignación Universal por Hijo y Asignación Familiar por Hijo

Titulares con documentos terminados en 8.

Asignación por Embarazo

Titulares con documentos concluidos en 8.

Prestación por Desempleo

Titulares con documentos finalizados en 0 y 1.

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Nacionales

La Corte Suprema administrará y subastará el decomiso de los bienes de CFK

La medida es después de la decisión del Tribunal Oral Federal 2.

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La Corte Suprema de Justicia será la encargada de administrar y subastar el decomiso de los bienes de la expresidenta Cristina Kirchner.

Así lo supo la Agencia Noticias Argentinas de fuentes judiciales, luego de la decisión del Tribunal Oral Federal 2 (TOF2) de decomisar bienes de la exmandataria.

El TOF 2 solicitó este martes decomisar los bienes de la expresidenta, quien cumple una condena de prisión domiciliaria de seis años, junto a los de otros condenados por ese expediente.

La medida, dispuesta luego de que la sentencia dictada en diciembre de 2022 fuera ratificada en junio pasado, alcanza a 122 bienes inmuebles que fueron identificados por el Ministerio Público Fiscal como instrumentos o productos del delito, o bien como activos incorporados durante el período en que se desarrolló la maniobra fraudulenta, entre mayo de 2003 y diciembre de 2015.

El monto original fijado en concepto de decomiso había sido de $84.835 millones, pero fue actualizado a $684.990 millones por peritos contadores, en función de criterios técnicos ratificados por la Corte Suprema de Justicia.

Ante el incumplimiento de los condenados, el tribunal ordenó su ejecución mediante la realización y venta de los activos identificados.

Entre los bienes decomisados se encuentran propiedades de Lázaro Báez y de sociedades vinculadas a su grupo empresario, como Austral Construcciones, Kank y Costilla y Loscalzo y Del Curto, además de terrenos, hoteles y departamentos en Santa Cruz, Buenos Aires y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

También se incluye un inmueble a nombre de Cristina Fernández de Kirchner y un conjunto de bienes cedidos a sus hijos, Máximo y Florencia Kirchner.

Fuente: telefenoticias.com.ar

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El Gobierno quiere que los gobernadores empujen la Boleta Única en sus provincias

El pedido forma parte del menú de negociaciones por el Presupuesto 2026.

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El Gobierno de Javier Milei busca que los gobernadores impulsen el debate por la Boleta Única de Papel (BUP) en aquellas provincias en las que todavía se llevan adelante elecciones con papeletas múltiples, como parte de las negociaciones por el Presupuesto 2026.

La negociación con los gobernadores por los fondos y obras a las provincias las lleva adelante el ministro del Interior, Diego Santilli, junto al Ministerio de Economía.

De todos modos, Nación incluyó en el menú el pedido a las provincias para que “acompañen con la baja de impuestos y ayuden a instalar desde el territorio la BUP” en los distritos donde todavía las elecciones se llevan adelante con papeletas múltiples.

La mesa política del Gobierno definió que en los “próximos días” se realizará la presentación de los proyectos de reforma laboral e impositiva que el oficialismo quiere tratar en el Congreso en sesiones extraordinarias.

Así lo definieron los funcionarios más cercanos al Presidente después de haberse dado cita en la Casa Rosada para repasar la estrategia legislativa sobre el Presupuesto 2026.pVUgOw

“Hablamos de ir coordinando fechas de presentación de los textos de reforma laboral y tributaria en estos días”, detalló uno de los asistentes de la reunión.

Fuente: NA – telefenoticias.com.ar

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