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Nacionales

Fin al puerta a puerta: el BCRA prohibió las cuotas para productos adquiridos en el exterior

La restricción regirá a partir del 4 de julio para productos en el exterior que se reciban por el sistema de envíos postales sin finalidad comercial

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El Banco Central prohibió a bancos y empresas proveedoras de créditos financiar, en cuotas, la compra de productos o servicios adquiridos en el exterior, lo cual incluye desde pasajes y servicios turísticos (lo que ya se había anunciado en noviembre pasado) hasta productos recibidos a través de envíos postales conocidos como “puerta a puerta”.

La medida fue publicada el jueves a través de la Comunicación “A” 7535, en la que se estableció que a partir del próximo 4 de julio, las entidades financieras y los proveedores no financieros de crédito (tanto las empresas no financieras emisoras de tarjetas de crédito y/o compra como los otros proveedores no financieros de crédito) no deberán financiar en cuotas las compras de sus clientes en estos rubros. Se da en el marco del endurecimiento de las restricciones cambiarias por parte del Banco Central ante la escasez de reservas.

La norma incluye a “productos en el exterior que se reciban por el sistema de envíos postales sin finalidad comercial según el Código Aduanero, ni de servicios internacionales de fletes, “couriers” y gestoría de trámites aduaneros”.

El servicio “puerta a puerta” tuvo un fuerte crecimiento en plena pandemia dada la imposibilidad -en un comienzo- de viajar y hacer turismo como consecuencia del aislamiento preventivo.

Se trata de un servicio brindado por empresas de transporte internacional a través del cual los consumidores locales pueden comprar productos en el exterior y recibirlos en sus casas sin necesidad de hacer trámites aduaneros y con la posibilidad de pagar -hasta el 4 de julio próximo- en cuotas y acceder a bienes que no se consiguen en el país.

En la actualidad, el servicio lo ofrecen desde empresas privadas como Tiendamía, Aerobox, Pickabox o hasta el Correo Argentino. Una diferencia entre envíos “puerta a puerta” y couriers es que en los primeros solo pueden realizarse a personas físicas y en el segundo incluye a empresas. Aunque también existen otras alternativas menos tradicionales, como alquilar lockers, casillas postales o direcciones en ciudades de los Estados Unidos, a donde se pueden dirigir las compras para que sean trasladadas a la Argentina.

Requisitos para la compra

Las personas pueden comprar las veces que quieran, pero tienen que tener en cuenta que cada uno puede recibir hasta 12 envíos por año calendario de hasta u$s 50 cada uno, libres de impuesto, según estableció Afip. Además puede utilizar el cupo a lo largo del año como quiera, no hace falta que sea un paquete por mes.

Al momento de realizar la declaración el consumidor tiene que pagar la tasa de gestión de correo que incluye los costos de almacenaje, presentación a la Aduana y la gestión administrativa que hay que realizar con cada uno de los envíos que llegan desde el exterior, independientemente de su peso y valor.

Como se mencionó anteriormente, hay que tener en cuenta que si la compra supera los u$s 50 se debe abonar el 50% del excedente en concepto de impuestos aduaneros, al tipo de cambio oficial. Cabe destacar que el sistema es para productos de hasta 20 kilos y u$s 3.000 y siempre para uso personal.

En relación al pago de impuestos, si la compra se realiza a través del Correo Argentino cada cliente debe hacer la declaración en el portal de envíos internacionales de la empresa y ahí el sistema determina si debe abonarlos o no de acuerdo al valor del envío y la franquicia disponible.

Si se compra un artículo que cuesta u$s 70 y la persona tiene cupo disponible, va a pagar el 50% de impuestos sobre el excedente de la franquicia. Por ejemplo, para una compra de u$s 70 el excedente es u$s 20, mientras que el por el 50% de ese excedente se debería abonar u$s 10 de impuestos.

Solo en el caso que Aduana requiera verificación de contenido de la mercadería se debe hacer un trámite personal, de lo contrario toda la operación se puede realizar de forma online. Además tampoco es necesario realizar un aviso de compra ante la Afip.

Fuente: rosario3.com

Nacionales

El Gobierno deja de cobrar el 95% del impuesto PAIS a las importaciones

La ARCA informó que el gravamen dejará de cobrarse parcialmente desde este lunes.

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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) anticipó que desde este lunes elimina el pago a cuenta del 95% del Impuesto PAÍS que regía para las importaciones, en el marco del fin del tributo.

De esta manera, el Gobierno deja de cobrar parcialmente el impuesto, lo que generará que se reduzca el costo de los productos que ingresan al país. De ahora en más, los importadores solo deberán abonar el 5% restante del impuesto sobre las operaciones que ya declararon y abonaron el anticipo correspondiente.

El organismo informó que dictará una resolución general, con vigencia desde las 0 horas del día de la fecha mediante la cual deja sin efecto la obligación del pago a cuenta del 95% del impuesto país para las importaciones.

Al respecto, aclararon que la norma será ratificada en la jornada de mañana mediante la publicación en el Boletín Oficial y precisaron que «esta medida contempla el plazo establecido por el BCRA para el acceso al Mercado de Cambios (30 días) y la fecha de vigencia del Impuesto PAÍS (hasta el 22/12/2024, inclusive)».

En ese sentido, remarcaron que «en consecuencia, para los despachos de importación oficializados desde el día de la fecha, no se debe realizar el pago a cuenta del Impuesto PAÍS».

La decisión del ente impositivo está vinculada a la inminente finalización del Impuesto PAIS, que tras cinco años dejará de estar vigente el próximo 23 de diciembre, ya que el adelanto tiene un plazo mínimo de un mes para ingresar al mercado cambiario, por lo que no tendría razón de ser en función de que el gravamen ya no existirá para ese entonces.

La novedad había sido adelantada, en las primeras horas del día, a la Cámara de Importadores de la República Argentina (CIRA), quien les transmitió la información pertinente a sus socios a través de una comunicado.

En el mismo, precisaron que «a raíz de las múltiples consultas recibidas durante la mañana de hoy, fuentes de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) confirmaron a esta Institución que a partir del día de la fecha el SIM dejó de liquidar el pago a cuenta del Impuesto PAIS».

Ante la proximidad de la caducidad del tributo, el Ejecutivo viene instrumentando medidas para allanar el terreno a su baja definitiva antes de que termine el año. En esa línea, en octubre pasado, el Banco Central (BCRA) había dispuesto acotar los plazos de acceso al mercado de cambios para el pago de importaciones, de 60 a 30 días. Ahora se completa con la eliminación de la liquidación.

Tanto el ministro de Economía, Luis Caputo, como el titular del BCRA, Santiago Bausili, descartaron que el impuesto PAIS sea reemplazado por otro gravamen, por lo que los rubros donde pesaba el pago tendrán un alivio significativo.

Fuente: NA – telefenoticias.com.ar

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Nacionales

Calendario de pagos de hoy

ANSES, organismo dependiente del Ministerio de Capital Humano, informa que mañana continúan los pagos de las jubilaciones y pensiones que superan un haber mínimo, e incluyen el aumento por movilidad del 3,47 por ciento, y de la Prestación por Desempleo.

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Jubilaciones y pensiones

Titulares con documentos terminados en y 3 cuyos haberessuperan el monto mínimo.

Prestación por Desempleo

Titulares con documentos finalizados en y 5.

¿Cómo consultar lugar y fecha de cobro?

1. Desde el sitio web de ANSES, opción Calendario de pagos.

2. Desde mi ANSES, ingresando CUIL y Clave de la Seguridad Social. Ir a Cobros, opción Consultar fecha y medio de cobro.

3. Desde la app mi ANSES, ingresando CUIL y Clave de la Seguridad Social. Ir a Mis datos, opción Mis fechas de cobro.

4. A través de la modalidad Atención Virtual, con CUIL y Clave de la Seguridad Social. Ir a Iniciar atenciónConsultas rápidasCuándo y dónde cobro.

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Nacionales

ANSES ya no podrá disponer de la plata de los jubilados para otorgar créditos.

A partir del Decreto 1039/24 publicado hoy en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional definió que ANSES, organismo dependiente del Ministerio de Capital Humano, ya no tendrá las facultades necesarias para otorgar créditos usando los activos disponibles en el Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS).

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La medida se encuadra dentro de las bases establecidas por la Ley N° 27.742 (Bases y puntos de partida para la libertad de los argentinos) y propicia una mejora en el funcionamiento del Estado y una gestión pública más eficiente al optimizar las competencias de ANSES en relación a su función principal que es la de administrar los recursos del FGS para asegurar la sostenibilidad y la preservación de sus activos, en beneficio de los contribuyentes del sistema de seguridad social.

En la norma se destaca que, del resultado de una auditoría realizada sobre el FGS, existía una significativa diferencia en las tasas de las líneas de crédito otorgadas por ANSES y las otorgadas por los bancos y el mercado en general, lo que generó un perjuicio evidente a la rentabilidad y sostenibilidad del fondo.

Además, recalca que el FGS no fue creado para funcionar como un fondo de crédito, sino para garantizar la sustentabilidad del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y, por lo tanto, sus activos deben ser invertidos en instrumentos que garanticen la preservación de su valor.

También, destaca que el otorgamiento de financiamiento es una actividad que puede ser desempeñada de manera eficiente y competitiva por el sector privado, que cuenta con los recursos y la capacidad para ofrecer productos crediticios bajo la supervisión del Banco Central de la República Argentina, y que, de hecho, actualmente tanto instituciones financieras públicas como privadas poseen líneas de crédito activas dirigidas a jubilados y pensionados, lo que evidencia la capacidad del sistema financiero para atender esta demanda.

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