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El Gobierno oficializó la declaración como «servicio esencial» del transporte aéreo

Lo hizo mediante la publicación en el Boletín Oficial de la norma anunciada el viernes último.

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El Gobierno oficializó hoy la declaración de “servicio esencial” a la actividad aérea, que había sido anunciada el viernes de la semana pasada, el mismo día en que los gremios aeronáuticos cumplían un paro por 24 horas.

Ante la oficialización de la medida, los gremios advirtieron que se presentarán ante la Justicia para revertir la situación y anticiparon que el conflicto que mantienen con Aerolíneas Argentinas en particular y el Gobierno en general, “se va a agravar”.

La medida se dispuso con la publicación en el Boletín Oficial a través dos decretos, 825 y 831 y establece que “conforme a las decisiones del Comité de Libertad Sindical de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) resulta legítimo requerir un servicio mínimo en aquellos que son de importancia trascendental para el país y/o en huelgas en sectores de alta importancia que por su duración o magnitud pueden producir daños irreversibles, poner en peligro la salud o la seguridad pública, o generar consecuencias graves para el país”.

Los decretos llevan la firma del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y los ministros Sandra Pettovello (Capital Humano) y Luis Caputo (Economía).

En los considerandos se indica que “la interrupción del servicio público esencial de aeronáutica civil aerocomercial puede generar consecuencias graves” para el país, “amenazar la seguridad o salud de la población, afectar el suministro de insumos esenciales y dificultar la conectividad y el comercio local e internacional”. Advierten que “la afectación del referido servicio repercute en toda la cadena de valor del transporte aéreo y en las múltiples industrias que dependen de manera directa e indirecta de este medio de transporte de personas y mercancías para su normal desarrollo”.

Y sostiene que “con el fin de evitar daños y perjuicios a los usuarios y a los consumidores que sufren las consecuencias de los conflictos colectivos, así como a las actividades económicas que utilizan el servicio aerocomercial para su correcto funcionamiento, resulta necesario instrumentar un régimen de prestaciones mínimas que permitan garantizar un equilibrio en el goce de las libertades involucradas”.

La norma obliga a las partes a que, dentro de las 24 horas de notificada la comunicación “deberán ponerse de acuerdo sobre los servicios mínimos que se mantendrán durante el conflicto y las modalidades de su ejecución, señalando concreta y detalladamente la forma en que se ejecutarán las prestaciones, incluyendo la designación del personal involucrado”.

“Si una vez agotado dicho término el acuerdo no fuere posible o los servicios mínimos informados resultaren insuficientes, la determinación de las materias enumeradas precedentemente será efectivizada en el término de 48 horas por la Autoridad de Aplicación, que notificará e intimará a las partes a su cumplimiento”, continúa señalando los considerandos.

Y agrega que “en este supuesto se deberá tener en cuenta para la determinación de los servicios mínimos un porcentaje que en ningún caso podrá resultar inferior al 50% respecto de la actividad o prestación normal y regular de los servicios, con una escala gradual sobre la base de la duración y extensión acumulada del período de huelga y del conflicto colectivo de trabajo, garantizando la conectividad en las rutas que contaren con un solo servicio”.

Advierte que “cuando no hubiere acuerdo entre las partes o los servicios mínimos informados resultaren insuficientes, la Autoridad de Aplicación podrá solicitar el asesoramiento, con carácter no vinculante, de la Comisión de Garantías prevista en el artículo 24 de la Ley N° 25.877, con el fin de determinar la modalidad y características en la ejecución de los servicios mínimos necesarios”.

La medida es rechazada por los gremios aeronáuticos, en particular por la Asociación de Pilotos de Líneas Aéreas (APLA), cuyo titular, Pablo Biró, sostuvo que irán a la Justicia contra la declaración como servicio esencial al sector aerocomercial.

“Es una medida ilegítima, ilegal, vamos a recurrir a Justicia local, a la OIT, a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). El derecho de huelga es fundamental, solo puede estar regulado cuando estén en peligro bienes superiores, como la vida o la salud”, dijo Biró en Radio Mitre.

El sindicalista sostuvo que “el conflicto se va a agravar. Dicen que hacemos paros salvajes y encubiertos, pero es figura no existe. Un paro es un derecho de huelga, fundamental, único medio legítimo para defender nuestros intereses, en reclamo de aumentos salariales”, aseveró.

Fuente: telefenoticias.com.ar

Nacionales

Verano 2026: El 46% de los argentinos no se tomó vacaciones por falta de plata

Un informe revela que los sueldos no alcanzan para el descanso. El dato sorpresivo: entre los que viajan, Brasil ya supera a la Costa Atlántica.

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El 46% de los trabajadores en Argentina no se tomó vacaciones en el último año y la razón principal de ello fue por falta de poder adquisitivo, pero 6 de cada 10 de los que podrán hacerlo, ya planea viajar entre diciembre y marzo, sea dentro del país o al exterior. 

La primera conclusión surge de un estudio de la plataforma y consultora de empleo internacional Bumeran, mientras la segunda, se desprende de una compulsa realizada por la billetera virtual Belo entre más de 1000 argentinos, ambas cotejadas por la agencia Noticias Argentinas.

El relevamiento, que pone de manifiesto el elevado porcentaje de la población que no disfrutará de las vacaciones, expone una tendencia que se acentúa en un escenario en el que persisten una relativamente alta inflación, con ingresos que no terminan de recomponerse y recortes forzados en los presupuestos familiares que obligan a postergar el descanso.

Los datos evidencian que el descanso anual dejó de ser un derecho accesible para transformarse en una elección atravesada por las restricciones económicas.

“Así, mientras una parte de la población resigna completamente el descanso, otra logra viajar, incluso fuera del país, profundizando las desigualdades en el acceso a las vacaciones”, señalaron desde la consultora privada.

En ese sentido, el sondeo advirtió que, a pesar de que la inflación es baja, la caída de los salarios reales en comparación con el acumulado del Índice de Precios al Consumidor (IPC) condicionaron la posibilidad de que las familias argentinas puedan salir a veranear.

Las causas de la abstinencia

Entre los trabajadores que no lograron tomarse días de descanso, el 56% señaló la falta de recursos económicos como el motivo principal. 

Otro 21% atribuyó la imposibilidad de vacacionar a un cambio laboral, una categoría amplia que incluye nuevas condiciones de empleo y esquemas con menos derechos adquiridos. 

El 12% dijo que priorizó objetivos personales o profesionales. Otras causas, sumaron el 11% de los motivos.

A tener en cuenta, asimismo, es el dato de que un 29% preferiría reducir su jornada laboral antes que tomarse vacaciones, lo que refleja el deterioro del poder adquisitivo y la búsqueda de mejores condiciones de trabajo.

Destinos en el exterior

Entre quienes sí viajarán, el informe marca una presencia significativa de destinos del exterior.

La costa atlántica fue elegida por solo el 24% contra 27,8 de Brasil. Luego están Europa (6,5%) y el Caribe o Estados Unidos (por debajo del 10%).

La encuesta confirma que el tipo de cambio y los impuestos son las mayores preocupaciones de los argentinos cuando pagan en otros países. 

Por eso, aunque el mundo empuja a los pagos digitales, todavía el efectivo es el método más elegido; el 43,6% lo usa para evitar recargos y sorpresas en el resumen. Y un 14,2% recurre cada vez más a billeteras digitales.

La encuesta “Hábitos de viaje y ahorro”, que sumó 1009 respuestas de usuarios en Argentina entre octubre y noviembre de 2025, “ayuda a reconfirmar que a los argentinos nos encanta viajar, sólo que ahora se hace con una lógica más racional: compara, planifica y busca sacar el máximo valor de su dinero”, explicó Manuel Beaudroit, CEO de Belo. 

“El acceso a herramientas digitales está cambiando la forma de pensar las vacaciones porque hoy el usuario evalúa tanto la experiencia como la forma de pago. La gente usa billeteras porque confía y es práctico. Por eso crecieron las opciones que permiten pagar directo en moneda local sin impuestos extras”, destaca.

Fuente: NA / telefenoticias.com.ar

 

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Calendario de pagos de hoy

ANSES, organismo dependiente del Ministerio de Capital Humano, informa que mañana terminan los pagos de las Pensiones No Contributivas; en tanto, continúan los de jubilaciones y pensiones mínimas, Asignación Universal por Hijo, Asignación Familiar por Hijo y Asignación por Embarazo. Todas estas prestaciones incluyen el aumento por movilidad del 2,47 por ciento.

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Pensiones No Contributivas

Titulares con documentos finalizados en y 9 cobran su haber y el bono de 70 mil pesos.

Jubilaciones y pensiones que no superen un haber mínimo

Titulares de jubilaciones y pensiones mínimas con documentos concluidos en 4 cobran su haber y el bono de 70 mil pesos.

Asignación Universal por Hijo y Asignación Familiar por Hijo

Titulares con documentos terminados en 4.

Asignación por Embarazo

Titulares con documentos finalizados en 3.

Asignación por Prenatal

Titulares con documentos concluidos en y 3.

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Calendario de pagos

ANSES, organismo dependiente del Ministerio de Capital Humano, informa que mañana continúan los pagos de las Pensiones No Contributivas, jubilaciones y pensiones mínimas, Asignación Universal por Hijo, Asignación Familiar por Hijo y Asignación por Embarazo. Todas las prestaciones incluyen el aumento por movilidad del 2,47 por ciento.

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Pensiones No Contributivas

Titulares con documentos terminados en y 5 cobran su haber y el bono de 70 mil pesos.

Jubilaciones y pensiones que no superen un haber mínimo

Titulares de jubilaciones y pensiones mínimas con documentos finalizados en 2 cobran su haber y el bono de 70 mil pesos.

Asignación Universal por Hijo y Asignación Familiar por Hijo

Titulares con documentos concluidos en 2.

Asignación por Embarazo

Titulares con documentos terminados en 1.

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