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Nacionales

El Gobierno oficializó la declaración como «servicio esencial» del transporte aéreo

Lo hizo mediante la publicación en el Boletín Oficial de la norma anunciada el viernes último.

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El Gobierno oficializó hoy la declaración de “servicio esencial” a la actividad aérea, que había sido anunciada el viernes de la semana pasada, el mismo día en que los gremios aeronáuticos cumplían un paro por 24 horas.

Ante la oficialización de la medida, los gremios advirtieron que se presentarán ante la Justicia para revertir la situación y anticiparon que el conflicto que mantienen con Aerolíneas Argentinas en particular y el Gobierno en general, “se va a agravar”.

La medida se dispuso con la publicación en el Boletín Oficial a través dos decretos, 825 y 831 y establece que “conforme a las decisiones del Comité de Libertad Sindical de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) resulta legítimo requerir un servicio mínimo en aquellos que son de importancia trascendental para el país y/o en huelgas en sectores de alta importancia que por su duración o magnitud pueden producir daños irreversibles, poner en peligro la salud o la seguridad pública, o generar consecuencias graves para el país”.

Los decretos llevan la firma del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y los ministros Sandra Pettovello (Capital Humano) y Luis Caputo (Economía).

En los considerandos se indica que “la interrupción del servicio público esencial de aeronáutica civil aerocomercial puede generar consecuencias graves” para el país, “amenazar la seguridad o salud de la población, afectar el suministro de insumos esenciales y dificultar la conectividad y el comercio local e internacional”. Advierten que “la afectación del referido servicio repercute en toda la cadena de valor del transporte aéreo y en las múltiples industrias que dependen de manera directa e indirecta de este medio de transporte de personas y mercancías para su normal desarrollo”.

Y sostiene que “con el fin de evitar daños y perjuicios a los usuarios y a los consumidores que sufren las consecuencias de los conflictos colectivos, así como a las actividades económicas que utilizan el servicio aerocomercial para su correcto funcionamiento, resulta necesario instrumentar un régimen de prestaciones mínimas que permitan garantizar un equilibrio en el goce de las libertades involucradas”.

La norma obliga a las partes a que, dentro de las 24 horas de notificada la comunicación “deberán ponerse de acuerdo sobre los servicios mínimos que se mantendrán durante el conflicto y las modalidades de su ejecución, señalando concreta y detalladamente la forma en que se ejecutarán las prestaciones, incluyendo la designación del personal involucrado”.

“Si una vez agotado dicho término el acuerdo no fuere posible o los servicios mínimos informados resultaren insuficientes, la determinación de las materias enumeradas precedentemente será efectivizada en el término de 48 horas por la Autoridad de Aplicación, que notificará e intimará a las partes a su cumplimiento”, continúa señalando los considerandos.

Y agrega que “en este supuesto se deberá tener en cuenta para la determinación de los servicios mínimos un porcentaje que en ningún caso podrá resultar inferior al 50% respecto de la actividad o prestación normal y regular de los servicios, con una escala gradual sobre la base de la duración y extensión acumulada del período de huelga y del conflicto colectivo de trabajo, garantizando la conectividad en las rutas que contaren con un solo servicio”.

Advierte que “cuando no hubiere acuerdo entre las partes o los servicios mínimos informados resultaren insuficientes, la Autoridad de Aplicación podrá solicitar el asesoramiento, con carácter no vinculante, de la Comisión de Garantías prevista en el artículo 24 de la Ley N° 25.877, con el fin de determinar la modalidad y características en la ejecución de los servicios mínimos necesarios”.

La medida es rechazada por los gremios aeronáuticos, en particular por la Asociación de Pilotos de Líneas Aéreas (APLA), cuyo titular, Pablo Biró, sostuvo que irán a la Justicia contra la declaración como servicio esencial al sector aerocomercial.

“Es una medida ilegítima, ilegal, vamos a recurrir a Justicia local, a la OIT, a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). El derecho de huelga es fundamental, solo puede estar regulado cuando estén en peligro bienes superiores, como la vida o la salud”, dijo Biró en Radio Mitre.

El sindicalista sostuvo que “el conflicto se va a agravar. Dicen que hacemos paros salvajes y encubiertos, pero es figura no existe. Un paro es un derecho de huelga, fundamental, único medio legítimo para defender nuestros intereses, en reclamo de aumentos salariales”, aseveró.

Fuente: telefenoticias.com.ar

Nacionales

El riesgo país cayó al nivel más bajo desde las elecciones primarias de 2019 en la Argentina

La sobretasa que pagaría el país para endeudarse sigue en fuerte descenso.

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El riesgo país retrocedió este miércoles a su nivel más bajo desde las elecciones primarias del 2019 en la Argentina.

El índice elaborado por JP Morgan retrocedió a los 870 puntos, horas después de conocerse el triunfo de Donald Trump en las presidenciales de los Estados Unidos.

La jornada fue positiva para la deuda argentina. Los bonos Globales -en dólares con ley extranjera- subieron un 2,2% en promedio en Wall Street, con un rango de precios entre 56 y 74 dólares.

En tanto, el riesgo país de JP Morgan, que mide la brecha de tasas de los bonos del Tesoro de EEUU con similares emisiones emergentes, descontó 60 unidades, en los 870 puntos básicos, un mínimo desde el 9 de agosto de 2019.

Según analistas, la baja del riesgo país se produjo por la suba de tasas norteamericanas -baja de precio en sus bonos- y la baja de las locales por la mejora del precio de los bonos.

Estiman que el regreso de Trump al frente del gobierno norteamericano podría beneficiar en lo político a la gestión del mandatario Javier Milei, quien instrumenta un duro ajuste ortodoxo a favor del achicamiento del Estado, consolidar el superávit fiscal y pulverizar la inflación, la que aún transita por los tres dígitos anualizados.

Otro aspecto aliado para Milei con el resultado de las elecciones en el gigante del norte está en las futuras decisiones del FMI (Fondo Monetario Internacional), organismo al que Argentina le debe aún unos US$ 42.000 millones y se espera discutir un nuevo programa de facilidades extendidas desde 2025.

Por la celebración del Día del Trabajador Bancario, este miércoles la actividad financiera local estuvo acotada.

No hubo negocios en el mercado mayorista del dólar ni se contabilizaron variaciones en las reservas del Banco Central.

Fuente: telefenoticias.com.ar – NA.

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Nacionales

El Gobierno distribuirá los subsidios al transporte público en base a la demanda del servicio

La medida regirá para los servicios nacionales que circulan en el AMBA.

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El Gobierno dispuso implementar un nuevo esquema de distribución de subsidios al transporte público, vinculado a la demanda del servicio, para el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) a través de la Resolución 45/2024 publicada este martes en el Boletín Oficial.

La normativa de la Secretaría de Transporte dispone que el Ejecutivo pasará a otorgar los subsidios al transporte de pasajeros en base a la demanda del servicio en lugar de hacerlo en relación a la oferta del mismo, a partir de las liquidaciones correspondientes a octubre.

La medida, que también aprueba la Metodología para la Construcción de Tarifas Teóricas de Referencia, se aplicará a servicios de jurisdicción nacional en áreas urbanas y suburbanas del AMBA y en otras unidades administrativas establecidas.

La modificación en la forma de distribuir los subsidios se da en línea con un informe de la 
Auditoría General de la Nación del 2017, en el que recomendó “instruir las medidas necesarias para dotar de celeridad al proceso de redireccionamiento de los subsidios a la demanda del servicio, en lugar de subsidiar la oferta del mismo”.

En la misma dirección, aconsejó que “en la distribución de los subsidios del SISTAU incrementar la participación de parámetros vinculados al uso del transporte (demanda)” y al mismo tiempo consideró necesario “continuar incrementando la utilización de los datos SUBE para el cálculo de las compensaciones tarifarias a distribuir”.

A partir de esta actualización, el cálculo de los subsidios tendrá un incremento en la injerencia del sistema SUBE e incorporará parámetros basados en kilómetros recorridos reales, “para procurar incentivar la prestación efectiva de servicios”. Al respecto, se aclara que los kilómetros “deberán ser ajustados por el factor de estacionalidad correspondiente para cada mes”.

Con este mecanismo, los prestadores deberán demostrar una correlación directa entre el aumento de kilómetros y el crecimiento de la demanda, ya que “se establecerán controles periódicos en los kilómetros relevados para cada operador, de forma tal de detectar y desalentar la realización de prácticas improductivas y/o la realización de kilómetros que no tengan como respaldo un crecimiento de la demanda”.

En tal sentido, se aclaró que “siempre que se observen incrementos en las cantidades de kilómetros informados para cada línea y, que los mismos no se traduzcan necesariamente en una mayor cantidad de pasajeros transportados, serán considerados como ineficientes’, y por lo tanto no serán considerados para el cálculo de las compensaciones”.

Fuente: telefenoticias.com.ar – NA

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Nacionales

Calendarios de pagos de noviembre

ANSES, organismo dependiente del Ministerio de Capital Humano, comunica los calendarios de pagos de noviembre para jubilados, pensionados y titulares de Pensiones No Contributivas (PNC), Asignación Universal por Hijo, Asignación por Embarazo, Asignaciones Familiares y Prestación por Desempleo.

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Jubilaciones y pensiones que no superen un haber mínimo

• DNI terminados en 0: 8 de noviembre

• DNI terminados en 1: 11 de noviembre

• DNI terminados en 2: 12 de noviembre

• DNI terminados en 3: 13 de noviembre

• DNI terminados en 4: 14 de noviembre

• DNI terminados en 5: 15 de noviembre

• DNI terminados en 6: 19 de noviembre

• DNI terminados en 7: 20 de noviembre

• DNI terminados en 8: 21 de noviembre

• DNI terminados en 9: 22 de noviembre

Jubilaciones y pensiones que superen un haber mínimo

• DNI terminados en 0 y 1: 25 de noviembre

• DNI terminados en 2 y 3: 26 de noviembre

• DNI terminados en 4 y 5: 27 de noviembre

• DNI terminados en 6 y 7: 28 de noviembre

• DNI terminados en 8 y 9: 29 de noviembre

Asignación Universal por Hijo y Asignación Familiar por Hijo

• DNI terminados en 0: 8 de noviembre

• DNI terminados en 1: 11 de noviembre

• DNI terminados en 2: 12 de noviembre

• DNI terminados en 3: 13 de noviembre

• DNI terminados en 4: 14 de noviembre

• DNI terminados en 5: 15 de noviembre

• DNI terminados en 6: 19 de noviembre

• DNI terminados en 7: 20 de noviembre

• DNI terminados en 8: 21 de noviembre

• DNI terminados en 9: 22 de noviembre

Asignación por Embarazo

• DNI terminados en 0: 11 de noviembre

• DNI terminados en 1:  12 de noviembre

• DNI terminados en 2: 13 de noviembre

• DNI terminados en 3: 14 de noviembre

• DNI terminados en 4: 15 de noviembre

• DNI terminados en 5: 19 de noviembre

• DNI terminados en 6: 20 de noviembre

• DNI terminados en 7: 21 de noviembre

• DNI terminados en 8: 22 de noviembre

• DNI terminados en 9: 25 de noviembre

Asignación por Prenatal y Maternidad

• DNI terminados en 0 y 1: 11 de noviembre

• DNI terminados en 2 y 3: 12 de noviembre

• DNI terminados en 4 y 5: 13 de noviembre

• DNI terminados en 6 y 7: 14 de noviembre

• DNI terminados en 8 y 9: 15 de noviembre

Asignaciones Pago Único (Matrimonio, Nacimiento, Adopción)

• Todas las terminaciones de documento: 12 de noviembre al 11 de diciembre

Pensiones No Contributivas

• DNI terminados en 0 y 1: 8 de noviembre

• DNI terminados en 2 y 3: 11 de noviembre

• DNI terminados en 4 y 5: 12 de noviembre

• DNI terminados en 6 y 7: 13 de noviembre

• DNI terminados en 8 y 9: 14 de noviembre

Asignaciones Familiares de Pensiones No Contributivas

• Todas las terminaciones de documento: 8 de noviembre al 11 de diciembre

Prestación por Desempleo

• DNI terminados en 0 y 1: 22 de noviembre

• DNI terminados en 2 y 3: 25 de noviembre

• DNI terminados en 4 y 5: 26 de noviembre

• DNI terminados en 6 y 7: 27 de noviembre

• DNI terminados en 8 y 9: 28 de noviembre

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