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Nacionales

El Gobierno oficializó la declaración como «servicio esencial» del transporte aéreo

Lo hizo mediante la publicación en el Boletín Oficial de la norma anunciada el viernes último.

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El Gobierno oficializó hoy la declaración de “servicio esencial” a la actividad aérea, que había sido anunciada el viernes de la semana pasada, el mismo día en que los gremios aeronáuticos cumplían un paro por 24 horas.

Ante la oficialización de la medida, los gremios advirtieron que se presentarán ante la Justicia para revertir la situación y anticiparon que el conflicto que mantienen con Aerolíneas Argentinas en particular y el Gobierno en general, “se va a agravar”.

La medida se dispuso con la publicación en el Boletín Oficial a través dos decretos, 825 y 831 y establece que “conforme a las decisiones del Comité de Libertad Sindical de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) resulta legítimo requerir un servicio mínimo en aquellos que son de importancia trascendental para el país y/o en huelgas en sectores de alta importancia que por su duración o magnitud pueden producir daños irreversibles, poner en peligro la salud o la seguridad pública, o generar consecuencias graves para el país”.

Los decretos llevan la firma del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y los ministros Sandra Pettovello (Capital Humano) y Luis Caputo (Economía).

En los considerandos se indica que “la interrupción del servicio público esencial de aeronáutica civil aerocomercial puede generar consecuencias graves” para el país, “amenazar la seguridad o salud de la población, afectar el suministro de insumos esenciales y dificultar la conectividad y el comercio local e internacional”. Advierten que “la afectación del referido servicio repercute en toda la cadena de valor del transporte aéreo y en las múltiples industrias que dependen de manera directa e indirecta de este medio de transporte de personas y mercancías para su normal desarrollo”.

Y sostiene que “con el fin de evitar daños y perjuicios a los usuarios y a los consumidores que sufren las consecuencias de los conflictos colectivos, así como a las actividades económicas que utilizan el servicio aerocomercial para su correcto funcionamiento, resulta necesario instrumentar un régimen de prestaciones mínimas que permitan garantizar un equilibrio en el goce de las libertades involucradas”.

La norma obliga a las partes a que, dentro de las 24 horas de notificada la comunicación “deberán ponerse de acuerdo sobre los servicios mínimos que se mantendrán durante el conflicto y las modalidades de su ejecución, señalando concreta y detalladamente la forma en que se ejecutarán las prestaciones, incluyendo la designación del personal involucrado”.

“Si una vez agotado dicho término el acuerdo no fuere posible o los servicios mínimos informados resultaren insuficientes, la determinación de las materias enumeradas precedentemente será efectivizada en el término de 48 horas por la Autoridad de Aplicación, que notificará e intimará a las partes a su cumplimiento”, continúa señalando los considerandos.

Y agrega que “en este supuesto se deberá tener en cuenta para la determinación de los servicios mínimos un porcentaje que en ningún caso podrá resultar inferior al 50% respecto de la actividad o prestación normal y regular de los servicios, con una escala gradual sobre la base de la duración y extensión acumulada del período de huelga y del conflicto colectivo de trabajo, garantizando la conectividad en las rutas que contaren con un solo servicio”.

Advierte que “cuando no hubiere acuerdo entre las partes o los servicios mínimos informados resultaren insuficientes, la Autoridad de Aplicación podrá solicitar el asesoramiento, con carácter no vinculante, de la Comisión de Garantías prevista en el artículo 24 de la Ley N° 25.877, con el fin de determinar la modalidad y características en la ejecución de los servicios mínimos necesarios”.

La medida es rechazada por los gremios aeronáuticos, en particular por la Asociación de Pilotos de Líneas Aéreas (APLA), cuyo titular, Pablo Biró, sostuvo que irán a la Justicia contra la declaración como servicio esencial al sector aerocomercial.

“Es una medida ilegítima, ilegal, vamos a recurrir a Justicia local, a la OIT, a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). El derecho de huelga es fundamental, solo puede estar regulado cuando estén en peligro bienes superiores, como la vida o la salud”, dijo Biró en Radio Mitre.

El sindicalista sostuvo que “el conflicto se va a agravar. Dicen que hacemos paros salvajes y encubiertos, pero es figura no existe. Un paro es un derecho de huelga, fundamental, único medio legítimo para defender nuestros intereses, en reclamo de aumentos salariales”, aseveró.

Fuente: telefenoticias.com.ar

Nacionales

Reforma laboral: el oficialismo busca sesionar este jueves y aceptaría cambios en las licencias médicas

El proyecto volvería al Senado y sería tratado el viernes 27 de febrero

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El Gobierno aceptaría las modificaciones de la Cámara de Diputados en el proyecto de reforma laboral para aprobarlo este jueves 19 de febrero y devolverlo a la Cámara alta un día después. El objetivo final sería convertirlo en ley el viernes 27 de febrero.

Desde el riñón de la mesa política oficialista piensan que, luego de sesionar el próximo jueves, como está estipulado en el cronograma libertario, el texto sería remitido al Senado rápidamente para que la senadora y jefa de bloque LLA, Patricia Bullrich, consiga dictaminarlo el viernes 20 en comisión.

Si bien el lunes por la mañana los libertarios habían barajado la posibilidad modificar el polémico artículo de reducción del pago de las licencias a través de una reglamentación o de una ley complementaria, esta posibilidad no tendría el visto bueno de un sector de los dialoguistas.  

Qué dice el artículo de la polémica

La modificación del artículo 208 de la Ley de Contrato de Trabajo establece que, ante una enfermedad o accidente no vinculado a la tarea laboral, luego de los tres meses cobrará un 50% del salario, sin detallar qué pasa en los casos de enfermedad grave y del 75% si tiene personas a cargo.

Bullrich dijo que la idea es mantener para el pago de enfermedades graves el 100% del pago de los salarios, pero que se exigirá certificado “fehaciente” o una junta médica.

El artículo, que pasó por debajo del radar en el Senado, fue puesto bajo la lupa tras las declaraciones del ministro de Modernización, Federico Sturzenegger.

Fuente: NA – telefenoticias.com.ar

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Nacionales

Calendario de pagos del miércoles 18 de febrero

ANSES, organismo dependiente del Ministerio de Capital Humano, informa que el miércoles continúan los pagos de jubilaciones y pensiones mínimas, Asignación Universal por Hijo, Asignación Familiar por Hijo, Asignación por Embarazo y Asignación por Prenatal. Todas las prestaciones tendrán el aumento por movilidad del 2,85 por ciento.

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Jubilaciones y pensiones que no superen un haber mínimo

Titulares con documentos finalizados en 5 cobran su haber y el bono de 70 mil pesos.

Asignación Universal por Hijo y Asignación Familiar por Hijo

Titulares con documentos terminados en 5.

Asignación por Embarazo

Titulares con documentos concluidos en 4.

Asignación por Prenatal

Titulares con documentos finalizados en y 7.

¿Cómo consultar fecha y medio de cobro?

1. Desde el sitio web de ANSES, opción Calendario de pagos.

2. Desde mi ANSES, ingresando CUIL y Clave de la Seguridad Social. Ir a Cobros, opción Consultar fecha y medio de cobro.

3. Desde la app mi ANSES, ingresando CUIL y Clave de la Seguridad Social. Ir a Mis datos, opción Mis fechas de cobro.

4. A través de la modalidad Atención Virtual, con CUIL y Clave de la Seguridad Social. Ir a Iniciar atenciónConsultas rápidasCuándo y dónde cobro.

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Nacionales

Los bancarios cerraron un aumento del 2,9% para enero y el sueldo inicial saltará a $2.125.000

Volverán a negociar otra actualización salarial en la segunda quincena de marzo.

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El sindicato Asociación Bancaria acordó un aumento salarial del 2,9% en enero y el ingreso mensual mínimo de los empleados del sector superará los $2.125.000, mientras que el bono por el Día del Bancario quedó fijado en $1.894.425.

“Dicha actualización será de aplicación para todas las remuneraciones mensuales brutas, normales, habituales y totales, remunerativas y no remunerativas, incluyendo los adicionales convencionales y no convencionales, sobre los salarios de diciembre 2025”, informó el gremio en un comunicado al que accedió la agencia Noticias Argentinas.

Según lo acordado, para febrero se continuará con “el mismo mecanismo y el alcance estipulado en los acuerdos salariales anteriores, retomando la negociación paritaria en la segunda quincena de marzo de 2026”.

En ese marco, el sindicato que comanda Sergio Palazzo destacó que lo firmado garantiza que los trabajadores bancarios “continúen salvaguardando el poder adquisitivo de los salarios”.

Fuente: telefenoticias.com.ar

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