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El Gobierno fijó por decreto la nueva fórmula jubilatoria: comenzará a aplicarse en julio

En los meses previos, los jubilados percibirán adelantos a cuenta del cobro de junio, mientras que en abril se otorgará un incremento extraordinario del 12,5%.

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El Gobierno dispuso modificar por Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) la fórmula de movilidad jubilatoria, estableciendo que desde julio los haberes se actualizarán por inflación y que, en los meses previos, los jubilados percibirán adelantos a cuenta del cobro de junio, mientras que en abril se otorgará un incremento extraordinario del 12,5%.

Los cambios en la movilidad jubilatoria quedaron oficializados a través del Decreto 274/2024 publicado este lunes en el Boletín Oficial, donde se argumentó que «con el objeto de dar respuesta de forma rápida y eficaz a la acuciante realidad que enfrentan los adultos mayores de la República Argentina, el Estado Nacional ha tomado la determinación de modificar la actual fórmula de movilidad a fin de garantizar que nunca más los haberes de los jubilados perderán contra la inflación».

A partir de dicha premisa, el Ejecutivo consideró que «es necesario establecer una nueva pauta de movilidad basada en la actualización mensual de los haberes de acuerdo con las variaciones del Nivel General del Índice de Precios al Consumidor publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC)».

Asimismo, sostuvo que «el cambio de componentes de la fórmula y su actualización mensual permitirán la implementación de una política eficiente de la seguridad social que considere el índice de costo de vida, logrando la plena efectividad de los derechos de la sociedad conforme el máximo de los recursos de que se disponga, de conformidad con las normas internacionales en la materia».

Al mismo tiempo, justificó el cambio por DNU en que «la urgente necesidad de modificar la fórmula jubilatoria a los efectos de lograr mantener el estándar de vida de los adultos mayores y evitar que continúen perdiendo poder adquisitivo y el inminente inicio del mes de abril, cuyo transcurso dificultaría el debido empalme de fórmulas dan cuenta de las circunstancias excepcionales que exigen el dictado del presente decreto».

De esta manera, el decreto estableció que las prestaciones se actualizarán mensualmente por inflación a través del IPC oficial y determinó que «en ningún caso la aplicación de dicho índice podrá producir la disminución del haber que percibe el beneficiario».

Al respecto de la entrada en vigencia de la nueva fórmula, el Gobierno especificó que la primera actualización en base a la movilidad dispuesta «se hará efectiva a partir de las prestaciones previsionales correspondientes al mes de julio de 2024».

De cara a los meses que quedan hasta la aplicación de la modificación, el Ejecutivo dispuso que «a los fines de la transición, para la determinación de la movilidad correspondiente al mes de junio de 2024, resultará aplicable la fórmula vigente a la fecha de dictado del presente».

Teniendo en cuenta que la próxima actualización de haberes por ley corresponde a junio, y a raíz de que «la gravedad de la crisis que enfrentan los adultos mayores hace que ellos no puedan aguardar hasta el mes de junio del corriente año para ver incrementados sus haberes», se dispuso que «a partir del mes de abril del corriente año se concederán adelantos incrementales, equivalentes al Índice de Precios al Consumidor, a cuenta del porcentaje que determine la aplicación de la movilidad prevista por la Ley N° 27.609, de modo que la transición de uno a otro régimen de movilidad no implique padecimiento alguno para los adultos mayores».

En este sentido, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) otorgará en abril «un incremento extraordinario equivalente al 12,5 % sobre los haberes prestacionales correspondientes al mes de marzo de 2024» y además «un adelanto de la movilidad correspondiente al mes de junio de 2024, calculado conforme a la pauta fijada en el artículo 32 de la Ley N° 24.241».

A su vez, los jubilados percibirán «en mayo de 2024, un adelanto de la movilidad correspondiente al mes de junio del mismo año, calculado conforme a la pauta fijada en el artículo 32 de la Ley N° 24.241», mientras que cobrarán «en junio de 2024, un incremento, calculado conforme a la pauta fijada en el artículo 32 de la Ley N° 24.241».

En el decreto se aclaró que los incrementos dispuestos «serán a cuenta de la movilidad a pagar en junio de 2024 conforme el índice que se obtendrá de acuerdo a la fórmula de movilidad vigente a la fecha del dictado del presente», precisando que «una vez obtenido el porcentaje que surja de esta, se descontarán los puntos porcentuales de los incrementos acumulados que la persona beneficiaria hubiera percibido».

Asimismo, el Ejecutivo expresó que «en caso de que estos superen el aumento calculado según la fórmula mencionada en el primer párrafo de este artículo, no se descontará la diferencia, la que se considerará incorporada al haber. Si fueran menores a dicho aumento, se abonará la diferencia resultante».

Críticas a la fórmula vigente.

El Gobierno apuntó duramente a la fórmula de movilidad vigente, que combina el crecimiento de la recaudación con destino a la ANSES y el aumento de los salarios medido por el INDEC o de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE), asegurando que «ha arrojado resultados desastrosos para los jubilados y pensionados del país, quienes han sufrido una notoria pérdida del poder adquisitivo».

Profundizando en ese sentido, indicó en el decreto que la fórmula actual presenta graves y serios inconvenientes ya que «no cubre suficiente ni razonablemente el riesgo inflacionario que afecta los beneficios de los adultos mayores, pues no tiene en cuenta la variación de los precios; presenta un gran desfasaje entre la evolución de las variables económicas y su traslado a los haberes; se basa en datos que no son de fácil acceso para el público, lo que dificulta su control por parte de la ciudadanía; y supedita el resultado de la movilidad al éxito que tenga el Estado con la recaudación impositiva, cuya volatilidad e incertidumbre atentan contra la estabilidad y la previsibilidad que se espera de una fórmula de movilidad jubilatoria».

Fuente: telefenoticias.com.ar

Nacionales

Declaran la emergencia ígnea en cuatro provincias por incendios en la Patagonia

La medida abarca tanto la presupresión y combate del fuego como la restauración de las zonas afectadas y la prevención de nuevos focos.

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El Gobierno nacional declaró por decreto la Emergencia Ígnea por un año en las provincias de Chubut, Río Negro, Neuquén y La Pampa, a raíz de los incendios que afectan la región patagónica.

La medida se dispuso mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia 73/2026, firmado en acuerdo general de ministros, y abarca tanto la presupresión y combate del fuego como la restauración de las zonas afectadas y la prevención de nuevos focos.

Según pudo saber la Agencia Noticias Argentinas, el decreto también declara zona de desastre a los territorios comprometidos en esas provincias, en el marco de la Ley 27.287 de Gestión Integral del Riesgo y Protección Civil.

La norma encomienda a la Agencia Federal de Emergencias, dependiente del Ministerio de Seguridad Nacional, la coordinación de acciones de prevención, combate de los incendios, asistencia a la población y apoyo a provincias y municipios para la recomposición social y productiva.

El texto fundamenta que la sequía, los vientos intensos y la magnitud de los incendios en el Parque Nacional Los Alerces y áreas cercanas superaron la capacidad de respuesta local y ponen en riesgo bienes, el ambiente y la vida de las personas.

El Poder Ejecutivo justificó el uso del DNU al considerar que el trámite legislativo ordinario demoraría la adopción de medidas urgentes, y dispuso dar cuenta de la decisión a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso.

Fuente: NA – telefenoticias.com.ar

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Nacionales

Pagos de ANSES para hoy jueves

El organismo dependiente del Ministerio de Capital Humano, informa que mañana finalizan los pagos a titulares de jubilaciones y pensiones que superan un haber mínimo, cuyos documentos finalizan en 8 y 9, e incluyen el aumento por movilidad del 2,47 por ciento.

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¿Cómo consultar fecha y medio de cobro?

1. Desde el sitio web de ANSES, opción Calendario de pagos.

2. Desde mi ANSES, ingresando CUIL y Clave de la Seguridad Social. Ir a Cobros, opción Consultar fecha y medio de cobro.

3. Desde la app mi ANSES, ingresando CUIL y Clave de la Seguridad Social. Ir a Mis datos, opción Mis fechas de cobro.

4. A través de la modalidad Atención Virtual, con CUIL y Clave de la Seguridad Social. Ir a Iniciar atenciónConsultas rápidasCuándo y dónde cobro.

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Nacionales

En febrero se espera menos inflación pero igual habrá aumentos de todo tipo

Transporte público, prepagas y alquileres serán algunos de los servicios que subirán.

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Febrero volverá a ser un desafío para los bolsillos, ya que se esperan aumentos de todo tipo, en medio de una inflación que rondaría el 2,4%, según especialistas.

Las subas incluirán al transporte público, las prepagas y los alquileres, entre otros sectores.

El boleto de colectivo aumenta hasta 4,8%

El transporte público registrará subas tanto en la Ciudad como en la provincia de Buenos Aires. En la Ciudad de Buenos Aires, el boleto de colectivos se incrementará 2,8%.

El boleto mínimo de colectivos hasta 3 km pasa de $619,37 a $637,58;

  •   Recorrido de 3 a 6 km: $708,46;
  • Recorrido de 6 a 12 km: $763,05;
  • Recorrido de 12 a 27 km: $817,67.

En la provincia de Buenos Aires, los colectivos subirán 4,5% a partir del 1° de febrero:

  El boleto mínimo (entre 0 y 3 kilómetros): pasaría de $685,11 a $721,08;

  •   Tramo de 3 a 6 km: de $730,42 a $803,29;
  • Tramo de 6 a 12 kilómetros: de $786,61 a $865,17;
  • Viajes de 12 a 27 km: $927,12;
  • Más de 27 kilómetros: $988,63.

Alza en subtes

Desde enero, el pasaje pasará de $1.259 a $1.336 (con SUBE registrada), mientras que el boleto del premetro tendrá un valor de $467,60.

Alquileres

Los alquileres subirán hasta 34,6% según el tipo de contrato.

Los aumentos de febrero también impactarán en los alquileres. Los contratos que aún se rigen bajo la derogada Ley de Alquileres tendrán un aumento más moderado que los últimos meses y subirán 34,6%, de acuerdo con el Índice de Contratos de Locación (ICL).

Los valores que comenzarán a regir para los inquilinos en los casos en que corresponda actualizar el contrato con el propietario:
Contrato anual por ICL (Ley de Alquileres derogada).

  •   Alquiler inicial: $400.000.
  • Ajuste anual: 34,6%.
  • Nuevo valor: $538.400.

Contratos post DNU sobre un alquiler de $500.000.

  •  Ajuste trimestral (6,08%): $530.400.
  • Ajuste cuatrimestral (8,22%): $541.100.
  • Ajuste semestral (12,81%): $564.050.

Prepagas: las cuotas suben hasta 2,8%

Las empresas de medicina prepaga comunicaron a sus afiliados que los aumentos de las cuotas alcanzarán el 2,80% en febrero. Este aumento también aplicará a los copagos.

Cable y telefonía: los servicios subirán hasta 3,5%

La Confederación de Sindicatos de las Telecomunicaciones (CONSITEL) logró hace unas semanas la firma de un nuevo aumento salarial para enero, en el marco de las negociaciones paritarias con las tres principales operadoras del país, Claro, Telecom y Movistar.

En ese sentido, las empresas responsables de servicios de cable, internet y telefonía comenzaron a anticipar a sus clientes que, a partir de los primeros días de febrero, aplicarán un nuevo ajuste de tarifas, con un incremento que oscilará entre 2,8 y 3,5%, según el servicio y la operadora.

Gas y luz: debuta el nuevo registro de subsidios

A partir de febrero, entra en vigencia el nuevo Registro de Subsidios Energéticos Focalizados (ReSEF) para la luz y el gas.

Se busca que el precio del servicio se pague de manera más pareja a lo largo de todo el año, para suavizar los históricos que se generan en los meses de mayor consumo -incrementa el uso de calefones-.

El aumento en los servicios dependerá de los consumos de cada usuario y su situación patrimonial.

A nivel general, la Secretaría de Energía aseguró que con el nuevo esquema, en los meses de mayor demanda, el 35% de los usuarios de luz pagará una factura promedio inferior a $22.000; el 66%, menos de $44.000: y el 81%, menos de $67.000.

En el caso del gas, durante los meses de invierno el 56% de los hogares pagará una factura inferior a $14.000; el 75%, menos de $56.000; y el 83%, menos de $73.000.

Fuente: telefenoticias.com.ar

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