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Covid – 19: La provincia dispuso restricciones para quienes se trasladan en forma frecuente a lugares del territorio santafesino con circulación comunitaria del virus

El gobernador firmó el decreto Nº 680, mediante el cuál dispuso la prohibición de realizar actividades recreativas y deportivas, y las que fueran habilitadas en el marco de la etapa de distanciamiento social.

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El gobernador Omar Perotti firmó el decreto Nº 680, mediante el cuál dispuso la prohibición de realizar actividades recreativas y deportivas, y las que fueran habilitadas en el marco de la etapa de distanciamiento social, a quienes deban trasladarse a localidades con circulación comunitaria para la realización de actividades esenciales.

El decreto establece que “las personas que, residiendo en la Provincia de Santa Fe y contando con habilitación para circular por razones humanitarias, de fuerza mayor, laborales, comerciales, profesionales o, en general, para el ejercicio de actividades habilitadas se trasladaren en forma frecuente, periódica u ocasional hacia la ciudad de Rosario o cualquier otro lugar del territorio provincial que sin encontrarse formalmente declarado en cuarentena sanitaria, cuente con circulación local del coronavirus (COVID-19) según lo determine el Ministerio de Salud de la Provincia, quedarán excluidas de participar a su regreso al lugar de residencia” en las siguientes actividades:

>> Actividades religiosas individuales o reuniones y celebraciones del mismo carácter con concurrencia de hasta diez personas en forma simultánea en iglesias, templos y lugares de culto, luego ampliadas hasta treinta personas.

>> Actividades deportivas, impliquen o no contacto físico entre los participantes.

>> Reuniones con familiares y personas vinculadas afectivamente.

>> Concurrencia a bares y restaurantes, cementerios, museos, bibliotecas y lugares recreativos de divulgación científica.

>> Pesca deportiva y recreativa en la modalidad desde costa y embarcados, navegación recreativa y
actividades de guarderías náuticas y clubes deportivos vinculados a las mismas.

>> Enseñanza y aprendizaje de expresiones y disciplinas artísticas.

>> Actividad artística y artesanal a cielo abierto, en plazas, parques y paseos. 

>> Salidas breves para caminatas de esparcimiento, en beneficio de la salud y el bienestar psicofísico.

>> Concurrencia a shoppings y demás establecimientos.

Las restricciones dispuestas tendrán vigencia durante catorce (14) días corridos desde el regreso de la persona a su lugar de residencia habitual si el desplazamiento desde la ciudad de Rosario u otro lugares de la Provincia definidas como de circulación local del coronavirus (COVID-19) por el Ministerio de Salud fuere ocasional, y por todo el tiempo que permanecieren en él hasta un nuevo desplazamiento hacia ellas, si estos fueren frecuentes o periódicos.

A  esos fines se establece que los desplazamientos tienen carácter:

a) frecuente cuando se realizan con una reiteración semanal o menor,

b) periódicos cuando se efectúan con una reiteración entre semanal y quincenal, y

c) ocasionales cuando exceden este último lapso.

Continúa vigente la suspensión de reuniones familiares y con vínculos afectivos en el Departamento Rosario dispuesta por Decreto 648, y la prohibición a quienes residen en alguna localidad del mismo para participar de ellas fuera del citado Departamento.

En los casos en que dichas reuniones siguen permitidas en el resto del territorio provincial quienes participen de las mismas no podrán desplazarse a más de 30 kilómetros de distancia de su lugar de residencia, excepto que los desplazamientos sean dentro de los aglomerados urbanos Gran Santa Fe y Gran Rosario, debiendo tenerse en cuenta en éste último caso la restricción establecida por el Decreto 648 citado.

Decreto N° 0680

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Inéditas bajas de impuestos en Santa Fe: cómo impactan en cada sector

Están incluidas en el proyecto de Ley Tributaria enviada a Legislatura este miércoles por el Ejecutivo. La propuesta incorpora descuentos para contribuyentes cumplidores, topes de actualización para que no haya incrementos encima de la inflación y medidas de impulso productivo para la industria, el agro, el comercio y los servicios en toda la provincia.

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El Gobierno de Santa Fe presentó los lineamientos centrales de la Ley Tributaria 2026, cuyo objetivo es dar previsibilidad, aliviar la carga fiscal y promover la actividad económica. La iniciativa tiene dos puntos inéditos: por un lado, el descuento de Ingresos Brutos para empresarios o emprendedores por cada salario del nuevo empleado que contraten; por el otro, la deducción para empresas radicadas en Santa Fe del mismo tributo de lo pagado del servicio eléctrico a la EPE o cooperativas.

La iniciativa mantiene además descuentos significativos en distintos puntos. El ministro de Economía, Pablo Olivares, destacó que la propuesta supone “una reducción efectiva de la carga tributaria, con actualizaciones inferiores a la inflación y herramientas para fortalecer la producción y el empleo”. Estuvo acompañado por los ministros de Desarrollo Productivo, Gustavo Puccini; y de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Roald Báscolo.

Descuentos para contribuyentes cumplidores: quienes estén al día al 31 de diciembre de 2025 mantendrán un 20 % de descuento más la exención de la sexta cuota, lo que implica un beneficio estable del 33 %. A ello se suma un 35 % por pago anual anticipado o un 15 % por adhesión al débito automático. Así, el ahorro total puede alcanzar el 56 % para quienes opten por el pago anual, o el 43 % en caso de adherir al débito automático. Para el Impuesto Inmobiliario, la actualización se definió mediante un promedio entre inflación y salarios (Ripte) correspondiente a los últimos seis meses. El resultado es un ajuste del 14 % para el primer semestre del 2026, por debajo de la inflación proyectada.

En el caso de la Patente Automotor, no se modifican las alícuotas y se establece un tope de incremento del 30% para vehículos hasta modelo 2022.

Exenciones para viviendas: los contratos de alquiler destinados a vivienda única quedarán exentos del impuesto al sello. La misma exención alcanza a los créditos hipotecarios dirigidos a la adquisición de primera vivienda.

Medidas para la producción, la industria y las pymes: además del beneficio de descontar de ingresos brutos el salario de nuevos empleados y de deducir parte del costo de la energía eléctrica, la ley prorroga la estabilidad tributaria para pymes y mantiene reducciones de alícuotas. Más de 3.000 pequeñas y medianas empresas dejarán de actuar como agentes de retención, lo que simplifica trámites y reduce costos administrativos.

El 65 % de la industria no paga Ingresos Brutos y otro 32 % abonará una alícuota efectiva del 1,05 %. Las empresas que trabajen bajo contratos de fasón (fabricación a pedido de un terceros) serán consideradas industriales, reduciendo también su carga tributaria.

Agro: alivios y actualizaciones moderadas: además del beneficio de deducir parte del costo de la energía eléctrica, el sector agropecuario continuará exento del pago de Ingresos Brutos. El Inmobiliario Rural tendrá una actualización del 14 % en el primer semestre y descuentos del 50 %, 40 % o 30 % según superficie y zona. Los arrendatarios recibirán un crédito fiscal equivalente a parte del impuesto abonado: 50 % en los departamentos del norte, 40 % en los del centro y 30 % en los del sur. Los alquileres rurales y los contratos asociativos de producción tambera quedan exentos del impuesto de sellos, y la maquinaria agrícola no pagará Patente Automotor.

Comercio y servicios: alivios amplios y deducciones energéticas: además del beneficio de descontar de ingresos brutos el salario de nuevos empleados y de deducir parte del costo de la energía eléctrica, 211.000 comercios tendrán una alícuota neta de entre el 1,5 % y el 2,5 %. De ese total, 163.000 accederán al beneficio gracias a la deducción del costo de la energía. Otros 48.000 que hoy tributan más del 2,5 % pasarán a un tope del 2,5 %, que se reduce aún más con la deducción energética hasta alcanzar una alícuota neta del 1,75 %.

Los comercios y el sector hotelero podrán descontar el 100 % de lo que paguen de Inmobiliario del valor de Ingresos Brutos, y ambos quedarán exentos del impuesto de sellos por contratos de alquiler.

En este esquema, y teniendo en cuenta la posibilidad de deducir hasta un 30 % de lo abonado por consumo eléctrico, hoteles y alojamientos tendrán una alícuota final del 3,15%.

Transporte, taxis, remises y actividad financiera: además del beneficio de descontar de ingresos brutos el salario de nuevos empleados, el transporte de carga contará con un crédito fiscal del 60 % sobre lo pagado de Patente, que podrá descontar de Ingresos Brutos. Para el transporte de leche fluida el crédito será del 100 %. Taxis y remises también podrán descontar de Ingresos Brutos el total de lo abonado por Patente.

Los bancos y las billeteras virtuales que otorguen créditos productivos tendrán incentivos: podrán deducir hasta un 25% de la base imponible del impuesto cuando financien a pymes, emprendedores, viviendas, leasing o vehículos para taxis y remises.

Presentación Ley Tributaria

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Rafaela: la PDI detuvo a un hombre con más de 500 dosis de éxtasis y ketamina en un control vial

El procedimiento fue realizado por la División Microtráfico de la Policía de Investigaciones (PDI), dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad. El detenido transportaba pastillas de éxtasis, LSD, ketamina, cristal y dinero en efectivo oculto en una camioneta. Quedó alojado en la Alcaidía de la Unidad Regional V, a disposición de la Justicia Federal.

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La Policía de Investigaciones de Santa Fe concretó un operativo central en la lucha contra el narcotráfico este miércoles en la intersección de las rutas nacionales 19 y 34, en jurisdicción de Angélica, departamento Castellanos. Allí, personal de la Guardia Provincial detectó irregularidades en una camioneta Chevrolet Tracker blanca que circulaba por el corredor vial, y al solicitar la documentación correspondiente, el conductor mostró signos evidentes de nerviosismo. Esa actitud motivó una inspección más profunda.

El hombre fue identificado como B.D.R., de 30 años, domiciliado en Paraná, Entre Ríos. Durante el control vehicular, los agentes observaron el tapizado del asiento del conductor parcialmente desprendido. Al revisar esa zona, extrajeron una bolsa plástica que el propio sospechoso reconoció como contenedora de pastillas de éxtasis. Minutos después, y frente a los efectivos, R. retiró otras dos bolsas ocultas bajo el torpedo.

La requisa personal posterior permitió hallar un troquel con dosis de LSD en el bolsillo del pantalón que vestía.

A partir de este descubrimiento se convocaron testigos civiles y se dio intervención al fiscal federal Pablo Michelletti, quien ordenó la llegada del equipo especializado de la División Microtráfico de la PDI Rafaela.

Con la escena asegurada, los investigadores profundizaron el registro del vehículo y del conductor. Del rodado se retiraron un total de 563 dosis de éxtasis, 70 dosis de LSD, 320 gramos de ketamina y 215 gramos de cristal. También se procedió al secuestro de una suma de 127.200 pesos y 400 dólares en billetes de baja denominación, además de dos teléfonos celulares marca iPhone y un Motorola nuevo sin uso.

Tanto el vehículo como los elementos incautados fueron trasladados a la base de la PDI para su análisis y resguardo.

Las pruebas orientativas realizadas sobre el material arrojaron resultado positivo para éxtasis, LSD y cristal. En cuanto a la ketamina, se dispuso un estudio específico debido a que no se contaba en el momento con el reactivo correspondiente.

El fiscal Michelletti ordenó entonces el secuestro total del material incautado y la detención inmediata del conductor, quien quedó imputado por infracción a la Ley Nacional de Estupefacientes 23.737, artículo 5 inciso C, por presunta tenencia de drogas con fines de comercialización.

Un dato no menor del procedimiento indica que el detenido viajaba acompañado por su hija de cuatro años. La menor fue resguardada de inmediato y entregada a su madre mediante acta formal, garantizando su protección y el resguardo legal correspondiente. Tras cumplirse las medidas judiciales y administrativas, R fue alojado en la Alcaidía de la Unidad Regional V.

El operativo se inscribe en la política sostenida de persecución criminal que desarrolla el Ministerio de Justicia y Seguridad de la Provincia de Santa Fe, con especial énfasis en el combate al microtráfico en rutas, accesos y áreas de circulación estratégica. La intervención rápida y coordinada de la PDI permitió desactivar el traslado de una carga de drogas sintéticas de alto valor en el mercado ilegal, impidiendo que su distribución alcance a los centros urbanos y a los barrios santafesinos.

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Histórica medida: Provincia cambia impuestos por creación de nuevos puestos de trabajo

El Gobierno de Santa Fe presentó los principales lineamientos de la Ley Tributaria 2026: sectores productivos podrán descontar del pago de ingresos brutos el sueldo de nuevos empleados que amplíen la planta de trabajadores. Además podrán descontar del mismo tributo, el importe abonado por energía eléctrica, con un tope de 30 %. “Santa Fe tiene su propia agenda de baja de impuestos”, aseguraron los ministros Olivares, Puccini y Báscolo.

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El Gobierno de Santa Fe presentó este miércoles los principales lineamientos de la Ley Tributaria 2026, orientada a dar previsibilidad, aliviar la carga tributaria a los contribuyentes, promover la actividad económica y fortalecer la producción y el empleo en todo el territorio provincial.

En la Casa de Gobierno de la ciudad capital, los ministros de Economía, Pablo Olivares; Desarrollo Productivo, Gustavo Puccini; y Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Roald Báscolo, anunciaron como una medida histórica que la industria, comercio y servicios, construcción, transporte y hotelería, podrán descontar del pago de ingresos brutos el sueldo de los nuevos empleados que amplíen la planta de trabajadores. Además el sector industrial, comercial, y de hotelería, podrán descontar hasta un 30 % del pago del mismo tributo, el importe abonado por energía eléctrica.

Santa Fe con agenda propia de baja de impuestos

“Santa Fe tiene su propia agenda de baja de impuestos”, aseguró Olivares al inicio de la presentación de la Ley Tributaria 2026, y reconoció que “no estamos a la espera de acontecimientos a nivel nacional para reducir la carga tributaria”.

El ministro remarcó que los objetivos principales que inspiraron el proyecto fueron “la baja de impuestos y beneficios tributarios apuntando en Ingresos Brutos; promover las actividades productivas incentivando la generación de empleo e impulsando el desarrollo económico; sostener la estabilidad fiscal de las pymes santafesinas; y brindar certidumbre jurídica sin especular con las posibles reformas tributarias nacionales”.

Una de las medidas destacadas dentro de las novedades es la posibilidad para los sectores de industria, comercio y servicio; y hoteles, de descontar del pago de ingresos brutos, el sueldo de los nuevos empleados que contraten y amplíen la planta de trabajadores. Otra impronta de gran alivio para los sectores productivos, y de fuerte impacto en la reducción de Ingresos Brutos, es la posibilidad para la industria, el comercio y servicios y la hotelería, de reducir hasta el 30% del pago de Ingresos Brutos, deduciéndolo del pago de energía eléctrica.

“En un marco nacional con dificultades económicas, una de las medidas más importantes que pensamos es alinear la política tributaria con la generación de empleo en la provincia y bajar costos a la producción, aportando a la competitividad al sistema productivo, involucrando a todas las actividades”, resaltó Olivares, y afirmó que el fin es “bajarle costos al empresario y dar incentivos para que genere empleo”.

Medidas históricas e innovadoras

El ministro Báscolo, por su parte, definió a la medida de descontar del pago de ingresos brutos, el sueldo de los nuevos empleados como “histórica” que será “difícil de imitar” y que apunta a “los que quieran invertir en Santa Fe”.

Seguidamente detalló que “la Provincia hará un corte al 30 de noviembre con el personal registrado que tenga cada una de las empresas que trabaje y tribute Ingresos Brutos en el territorio provincial, para que de allí en más, todo nuevo empleo registrado que se incorpore a partir de diciembre (el beneficio regirá desde enero), la empresa o emprendedor podrá descontar del Ingreso Bruto determinado, el 100% del sueldo bruto, con un tope máximo de $ 1.500.000 por trabajador”.

El ministro Puccini, en tanto, detalló que la posibilidad de deducir del pago de Ingresos Brutos, el pago de energía eléctrica para la industria, el comercio y servicios y la hotelería, con un tope de 30 % del tributo, es “innovadora” a partir de “una escucha al sector productivo”, que aplicará tanto para “la contratación del servicio de la Empresa Provincial de la Energía y de cooperativas que brindan el servicio en los pueblos” apuntando a “mejorar la competitividad del sector productivo”.

De la presentación participaron también el subsecretario de Ingresos Públicos de Santa Fe, Florencio Galíndez y la Administradora Provincial de Impuestos, Florencia Bosco.

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