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El Campo

Tenía 140 empleados: Decretaron la quiebra de la controlante de la láctea La Suipachense

La firma había reducido su producción en medio de un largo conflicto salarial; acumuló una deuda postconcursal por cheques rechazados por $8.458.599.415,78 y hubo reclamos del gremio por más de $1.000.000.000

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La Justicia decretó la quiebra de Lácteos Conosur SA, firma que controlaba la tradicional planta láctea La Suipachense, ubicada en la localidad bonaerense de Suipacha. La medida fue dictada por el juez Leandro Julio Enríquez, del Juzgado Civil y Comercial N° 7 de Mercedes, quien dispuso abrir directamente la etapa de liquidación, poniendo fin a un proceso que se había iniciado meses atrás bajo concurso preventivo. El gremio lechero Atilra difundió la novedad. El grupo venezolano Maralac es quien tenía el control de la compañía. Es la misma firma que administró la quebrada Alimentos Refrigerados Sociedad Anónima (ARSA), que vendía yogures y postres que eran de SanCor. La Suipachense tenía 140 empleados y en el último tiempo redujo fuertemente su producción en el marco de un conflicto gremial. Acumuló una deuda postconcursal por cheques rechazados que ascendería a $8.458.599.415,78. También hubo reclamos del gremio por más de $1.000.000.000.

En su resolución, el magistrado ordenó “declarar en estado de quiebra a la empresa ‘Lácteos Conosur S.A.’ (CUIT 30-68714743-6)… Se deja constancia que no corresponde la tramitación bajo el régimen previsto por el art. 288 LCQ”. La decisión recae sobre una empresa que atravesaba una crisis prolongada, con la planta paralizada desde hacía semanas, sin producción ni pago de sueldos y ocupada por sus trabajadores.

El juez dispuso la inhabilitación de la empresa y de su presidente, Jorge Luis Borges León. El texto precisa: “Asimismo, se declara la inhabilitación de la fallida Lácteos Conosur S.A. y del integrante del órgano de administración Jorge Luis Borges León (DNI 95.239.435)… La inhabilitación de la fallida es definitiva”. El fallo también impuso restricciones migratorias al señalar: “Hacer saber a las autoridades migratorias la necesidad de autorización judicial expresa para salir del país del presidente de la fallida…”. La decisión busca garantizar la disponibilidad del directivo mientras se investigan posibles irregularidades en la gestión.

En el plano económico, la resolución ordena comunicar la quiebra al Banco Central de la República Argentina (BCRA) para que todas las entidades financieras bloqueen cuentas y depósitos a nombre de la empresa. “Ordenar que se libre oficio al BCRA para que tome nota del decreto de quiebra y lo comunique a todas las instituciones financieras… cerrar todas las cuentas corrientes… y embargar y transferir los saldos existentes”, detalló.

También se decretó la inhibición general de bienes y la prohibición de pagos: “Decretar la inhibición general de bienes de la fallida…” y “prohibir la realización de pagos a la firma fallida…”. Con esto, se impide cualquier movimiento patrimonial hasta que la Sindicatura determine el destino de los activos.

Otro de los puntos relevantes fue la clausura de la planta industrial y el control de su documentación. “Proceder a la constatación y clausura del establecimiento de la fallida… El oficial de justicia procederá a la incautación de libros y documentación… y constatará el estado de ocupación e identificará a los eventuales ocupantes”. La medida busca preservar los bienes y la información contable, mientras se relevan los activos que podrían integrarse a la masa de la quiebra.

La Sindicatura, que ya intervenía en el concurso preventivo, continuará en funciones durante la quiebra. “Resultando este último continuación de aquél, corresponde que prosiga con su actuación la Sindicatura interviniente en el concurso”, estableció el fallo. El juez le encomendó garantizar la provisión de servicios básicos y la seguridad del predio: “Solicitar a la Sindicatura que adopte las medidas necesarias para la provisión de los servicios esenciales… y garantizar la seguridad de la planta”.

También advirtió sobre la posibilidad de dar intervención penal: “…deberá arbitrar los medios necesarios, en caso de corresponder, para dar urgente intervención a la Justicia Penal”, ante eventuales delitos de los representantes de la empresa.

El fallo fija los plazos del proceso. Los acreedores podrán verificar créditos hasta el 10 de febrero de 2026, según el texto: “Fíjase fecha hasta la cual podrán presentarse los acreedores a verificar sus créditos, en el día 10/02/2026”. Luego, la Sindicatura deberá presentar las impugnaciones hasta el 27 de febrero, y los informes individuales y generales entre el 30 de marzo y el 14 de mayo de 2026, con posibilidad de observaciones hasta el 29 de mayo». Finalmente, se dispuso modificar la carátula del expediente a “Lácteos Conosur S.A. s/ Quiebra (Grande)” y notificar de forma automatizada a la empresa y a la Sindicatura.

Con más de 70 años de historia, La Suipachense llegó a procesar unos 250.000 litros diarios de leche y empleaba a 140 personas, siendo uno de los principales motores económicos de Suipacha y su zona de influencia. La planta era reconocida por su producción de quesos y dulce de leche, con presencia en todo el país. En los últimos meses, sin embargo, la producción se detuvo por completo. Los trabajadores ocuparon el predio en reclamo de salarios y aguinaldos atrasados. Con la quiebra decretada, la empresa pasa formalmente a administración judicial.

Fuente: Diario La Nación

El Campo

Sturzenegger habló tras la aprobación de una vacuna veterinaria brasileña y le bajó el tono a la pelea con un laboratorio

Luego de la autorización del Senasa para que se comercialicen dosis contra la aftosa que importará Tecnovax, el funcionario hizo un extenso comentario en la red X, defendió la postura del Gobierno y se refirió a Biogénesis-Bagó.

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El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, realizó un extenso comentario en X tras la aprobación del Senasa de una vacuna contra la aftosa de origen brasileño e importada por Tecnovax. El funcionario, que en la red social citó una nota de LA NACION, habló de “el fin de una batalla innecesaria” que duró dos años, destacó el proceso de autorización y se refirió al laboratorio Biogénesis-Bagó, el más importante en la provisión de esta dosis en el país. En el Gobierno habían puesto la lupa sobre esta empresa argumentando que vendía esa vacuna, producida localmente, a un valor más caro que en la región. El Senasa autorizó el producto brasileño luego de un proceso donde, en su momento, se rechazaron dosis del vecino país por no superar algunas pruebas.

“La batalla es moral. La aprobación de la vacuna antiaftosa de la brasileña Ourofino Saúde Animal, usando el procedimiento de equivalencia –que ya @SenasaAR utilizaba en el resto de las vacunas animal-, es el fin de una batalla innecesaria que duró dos años», comenzó el funcionario. Según el ministro, cuando ayer el jefe de Estado en su discurso criticó a algunos empresarios “no estaba criticando a los empresarios”. Dijo que “este gobierno quiere empresarios exitosos” y “mejor si muy exitosos”.

“Lo que critica es un modelo donde se usa el poder autoritario del Estado para redistribuir el ingreso de los argentinos a favor de ciertas empresas. En ese modelo los empresarios no triunfan por el valor que aportan a la sociedad, sino por su capacidad de lobby o por su tolerancia a la corrupción. Como decía el presidente este sistema perverso e inmoral siempre se da en los modelos donde hay “Estado presente” y que en la Argentina perfeccionó el kirchnerismo», amplió.

El funcionario indicó que el kirchnerismo “no quería mercados competitivos sino socios empresariales con lo que compartir los despojos de lo que le sacaban al pueblo”. Agregó: “La invocación de @JMilei a cambiar este sistema no es económica sino moral. Un mercado libre lleva justicia adonde antes había favoritismo. Solo en un mercado libre el éxito empresario es sinónimo de contribución social”.

Para Sturzenegger, el caso de la vacuna contra la aftosa “es un tristísimo ejemplo de ese sistema que queremos desterrar”. Dijo que a la aprobación “nos la pelearon en la reglamentación, nos la pelearon intentando torcer voluntades, nos la pelearon en la prensa y nos la pelearon en la Justicia…”

En este marco, indicó que se espera que el proceso permita reducir el costo de la vacuna. “Quizás ya lo hizo, porque el precio ya cayó significativamente desde que asumió @JMilei, aunque todavía está lejos, de hecho sigue a casi el doble, del valor al que tan solo unos años atrás se vendía en el país y del precio que el principal laboratorio la vende en Uruguay hoy mismo”, dijo.

Luego se refirió a Biogénesis-Bagó: “Quiero aclarar que este proceso no es contra el laboratorio que domina el mercado, Biogénesis-Bagó. No es en contra de nadie. Pero sí es en contra de un sistema. Biogénesis-Bagó es el 10mo productor de vacunas animales del mundo por Dios. Sería hermoso verlo como una usina de ventaja competitiva para nuestra producción ganadera y de orgullo para la Argentina en el exterior.

Añadió: “Queremos verla como una bandera de calidad que inunde la sanidad animal en el mundo y no que sea para nuestros ganaderos una empresa que usó los resortes del Estado para evitar la competencia y obtener rentas. Yo me pregunto ¿por qué una empresa tan exitosa a nivel mundial hace algo así a nivel local? ¿Es solo porque podían, como decía el CEO de Neumen? Porque, honestamente, no creo que lo necesiten. Les sobra paño y capacidad técnica».

Fuente: Diario La Nación 

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El Campo

Salió con la reforma laboral: qué cambia con el RIMI, la ambiciosa apuesta del Gobierno para las medianas inversiones

El capítulo que se incorporó en la ley apunta a beneficios para la adquisición, elaboración y fabricación y/o importación de bienes muebles nuevos, amortizables en el impuesto a las Ganancias, además de la realización de obras para la producción, según informó el Gobierno; el análisis de los expertos.

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Las pymes de todos los sectores, incluidas las del campo, están esperando la reglamentación de la ley de reforma laboral que incluye el Régimen de Medianas Inversiones (RIMI). Abarca diferentes beneficios para los dos primeros años con montos exigidos que varían; para una microempresa el umbral son US$150.000; para una pequeña empresa, US$600.000; para una mediana (tramo 1), US$3.500.000; el tramo 2, US$9.000.000 y las compañías más grandes, 30.000.000 dólares como mínimo. Para el agro incluye algunas particularidades en las que no hay mínimo de inversión requerido. Además, cambia puntos del régimen de trabajo agrario. Desde la Secretaría de Agricultura señalan que el “foco del incentivo” está en inversiones productivas tales como la adquisición, elaboración y fabricación y/o importación de bienes muebles nuevos, amortizables en el impuesto a las ganancias, así como a la realización de obras afectadas a la producción. “La legislación no dispone de mínimos para inversiones estratégicas en sistemas y/o equipos de riego, bienes de alta eficiencia energética, mallas antigranizo para el sector agropecuario y en bienes semovientes”, advierte.

Para esos casos se instaura un régimen de amortización acelerada en una cuota, mientras que para bienes muebles será de dos. Los créditos fiscales de IVA de esas inversiones podrán computarse luego de tres períodos fiscales mensuales; también destaca que se reduce “significativamente” la alícuota de IVA para la energía eléctrica utilizada en equipos de riego con destino al sector agroindustrial.

David Miazzo, director de DataMiazo y experto en temas agropecuarios, precisó que esa alícuota será del 10,5%, “reduciendo uno de los costos operativos más altos de la producción intensiva”. La ley, además, modifica el sistema de valuación de hacienda para los establecimientos de invernada y/o engorde a corral: “Aplica para la determinación de Ganancias reduciendo el resultado por tenencia de cada ejercicio”. Sobre ese punto, Miazzo añadió que se estandarizan los criterios para valuar categorías como “vaquillonas” y “novillos” mediante el uso de índices específicos, aportando mayor seguridad jurídica en la liquidación de impuestos.

Desde el Ieral, de la Fundación Mediterránea, Marcos Cohen valorizó la inclusión del RIMI para que proyectos de menor envergadura que los alcanzados por el RIGI “pueden tener alguna consideración de promoción económica”, pero advirtió que los beneficios son “claramente inferiores tanto en duración, magnitud y áreas en las que genera impacto”. Entre los aspectos favorables, incluyó que el régimen amortigua el impacto impositivo de las inversiones, “por lo que los beneficios serán aprovechados por sectores que operan en la formalidad. Es posible que muchas iniciativas que iban a ocurrir de todos modos puedan ahora asumirlos”.

Cohen aportó: “Será el sector privado el que termine dando luz acerca de en qué medida y extensión será factible de aprovechar este esquema de beneficios. El contexto general de reformas es favorable a la inversión, aunque no necesariamente se movilizarán a muy corto plazo, dependerá de condiciones macro, de precios esperados para el sector que las realiza (exportadores) y disponibilidad de crédito, entre otros factores”.

Relaciones laborales

Miazzo sostuvo que la norma introdujo “importantes modificaciones directas” al Régimen de Trabajo Agrario (Ley 26.727) ya que en el Título XI establece la limitación de la responsabilidad solidaria sobre obligaciones laborales y previsionales para los dueños de campos; incorpora período de prueba para el trabajador permanente (antes no existía y con la ley Bases se permitieron seis meses).

Repasó que la ley establece que las remuneraciones mínimas serán acordadas de manera bilateral entre las partes; limita las competencias de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario (CNTA) y les da carácter taxativo; incorpora el artículo 106, que unifica el criterio de actualización de créditos laborales agrarios con el artículo 276 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), fijando intereses equivalentes a IPC más 3% anual, lo que “otorga mayor previsibilidad jurídica” al sector y deroga la modalidad del trabajador permanente discontinuo, que “resulta muy conflictiva, poco clara y litigiosa para el sector”.

Aclaró que se mantiene expresamente la autonomía del régimen agrario, por lo que la LCT “solo se aplica supletoriamente” en la medida en que no contradiga la ley especial. En consecuencia, las nuevas reglas transversales —digitalización documental, regulación de conflictos colectivos, notificaciones electrónicas, criterios de actualización o normas procesales— “sí impactan de lleno en el trabajo rural, mientras que permanecen intactas las modalidades propias del empleo estacional, temporario o de zafra”.

“La creación de ARCA constituye una simplificación significativa para el sector agropecuario -añade Miazzo- al establecer un sistema único de registración laboral con interoperabilidad obligatoria para todos los organismos estatales, lo que reducirá cargas administrativas, duplicidades y fiscalizaciones redundantes”.

El economista subraya que, si bien la ley no modifica el funcionamiento del Renatre ni las competencias de la CNTA, la digitalización y el nuevo régimen de registración “generarán ajustes operativos en ambos organismos”. Sintetiza que, en conjunto, el impacto sobre el trabajo agrario “combina continuidad normativa con mejoras en previsibilidad, digitalización y ordenamiento de los conflictos laborales”.

Miazzo también puso la lupa sobre los conflictos gremiales: “Se designa a la industria alimenticia y a la actividad agropecuaria en toda su cadena de valor (incluyendo frigoríficos, distribución y comercialización) como actividades de importancia trascendental. Ante situaciones de huelga o medidas de fuerza, se deberá garantizar obligatoriamente una cobertura de servicios mínimos del 50% de la prestación normal. El objetivo es asegurar la continuidad de la cadena de suministro y evitar el desabastecimiento o la pérdida de productos perecederos”.

Eduardo Rodríguez, responsable de Economías Regionales de CAME, entidad que este lunes en Santa Fe se reúne para analizar el tema, señaló a LA NACION que hasta que no cuenten con la reglamentación no pueden hacer una evaluación completa, aunque adelantó que “las modificaciones planteadas van en el sentido de ayudar” al sector.

Fuente: Diario La Nación

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El Campo

Récord de molienda de girasol en enero de los últimos 13 años

La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía de la Nación informa que durante enero de 2026 la molienda de girasol totalizó 322.745 toneladas, constituyéndose en el mayor registro histórico para ese mes desde enero de 2013.

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En términos interanuales, el crecimiento fue del orden del 78%, tras registrarse 181.272 toneladas en enero de 2025.

Cabe destacar que el sector acumula nueve meses consecutivos con niveles récord de molienda, consolidando un ciclo sostenido de expansión industrial y fortalecimiento de la capacidad de procesamiento.

En este sentido, el volumen procesado el primer mes de este año implicó también un incremento del 28,6% respecto de diciembre de 2025, cuando la molienda había alcanzado 250.874 toneladas, lo que representa una suba mensual de 71.871 toneladas y evidencia una marcada aceleración de la actividad industrial al inicio del año.

El resultado de enero de 2026 refleja el dinamismo del complejo y su contribución creciente a la generación de valor agregado, empleo y divisas para el entramado productivo nacional.

Fuente: Prensa Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación

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