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Santa Fe: Con la Libreta de Trabajo Rural se gestiona la certificación de servicios para iniciar el trámite jubilatorio

La Delegación Santa Fe Sur del Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (RENATRE) informó que con la Libreta de Trabajo Rural, trabajadores y trabajadoras rurales de la provincia pueden solicitar la Certificación de Servicios Laborales (Ley N° 25.191) para iniciar el trámite jubilatorio.

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Esta gestión se puede realizar en las oficinas del RENATRE en Rosario (9 de Julio 3260, de lunes a viernes, de 8 a 16), o en Bocas de Entrega y Recepción del Registro, o por correo electrónico a la dirección de la delegación (rosario@renatre.org.ar).

Para ello, se requiere la presentación de una nota de solicitud con los datos completos (nombre completo, CUIL, domicilio completo, celular de contacto o mail, y firma). En caso de realizarlo a través de un representante, en la nota deberá aclarar tal situación y acompañar copia de la documentación que acredite el vínculo de representación con el o la solicitante.
La Libreta de Trabajo Rural es un documento personal del trabajador, intransferible y probatorio de la relación laboral. En él se vuelca el historial laboral del trabajador rural. Es de uso obligatorio para todos, sean trabajadores permanentes, temporarios, permanentes discontinuos y de temporada, que cumplan tareas en la actividad rural y afines.

En su formato credencial, contiene información virtual; posee en su anverso un Código QR que permite al trabajador acceder al contenido de su Libreta (datos personales, laborales, historial laboral, derechos y obligaciones de la Ley 25.191), como también el ingreso al Portal RENATRE. Contiene un Código Único, que es personal e irrepetible.

La Libreta de Trabajo Rural es un instrumento válido como certificación de servicios y remuneraciones, inicio y cese de la relación laboral. De allí su importancia para trabajadores y trabajadoras rurales al momento de jubilarse.

CRONOGRAMA FEBRERO PRESTACIONES POR DESEMPLEO

Por su parte, la delegación Santa Fe Sur del RENATRE (Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores) informó el cronograma de pago de las Prestaciones por Desempleo (RENATRE) y Asignaciones Familiares (ANSES) para el periodo febrero de 2023, desde el 3 al 17 inclusive.

Fecha de Inicio de Pago:
Grupo l (doc.Term. En  0 y 1) 23/2/2023
Grupo ll (doc.Term. En 2 y 3) 24/2/2023
Grupo lll (doc.Term. En 4 y 5) 27/2/2023
Grupo lV (doc.Term. En 6 y 7) 28/2/2023
Grupo V (doc.Term. En 8 y 9) 1/3/2023
Todas las Terminaciones HASTA EL 09/03/2023

El Campo

RENATRE Santa Fe Sur destacó el aumento de la Prestación por Desempleo a $330.000 a partir del 1° de noviembre

La delegación del RENATRE Santa Fe Sur informó que el organismo nacional resolvió un aumento del 10% en los montos de la Prestación por Desempleo, que llevará los importes a un máximo de $330.000 y un mínimo de $165.000, a partir del 1° de noviembre de 2025.

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La decisión fue adoptada por el Cuerpo Directivo en su reunión del 15 de octubre, luego de analizar la situación nacional y las posibilidades del organismo, con el objetivo de continuar fortaleciendo la cobertura social de los trabajadores rurales que se encuentran en situación de desempleo y atraviesan una coyuntura complicada en lo familiar.

“Con este incremento buscamos que la prestación siga siendo un respaldo para los trabajadores rurales y sus familias en situación de desempleo. El aumento ayuda a cubrir las necesidades básicas de los trabajadores y trabajadoras rurales, así como también transitar su vuelta al empleo con mayor tranquilidad.”, afirmó José Voytenco, presidente del Registro.

Asimismo, desde el RENATRE, se ofrecen distintas capacitaciones orientadas al trabajo en diferentes temáticas y actualizaciones como por ejemplo sobre mecanización en tabaco en Salta y Jujuy, en Buenas Prácticas Ganaderas en Misiones, poda en vid en Mendoza, entre otras, todas focalizadas a los beneficiarios de la prestación por desempleo.

El organismo continúa reforzando su acompañamiento económico a las familias que más lo necesitan. En ese marco, la prestación por desempleo aumentó un 65 % entre enero y noviembre de 2025. Actualmente, el monto se ubica un 2,5 % por encima del Salario Mínimo Vital y Móvil, que asciende a $322.000.

Por su parte, el director Roberto Buser destacó: “La medida se enmarca en una administración responsable y planificada de los recursos del organismo, que permite garantizar la sustentabilidad del régimen de prestaciones y mantener el equilibrio entre las contribuciones de los empleadores y los beneficios a los trabajadores”.

Para más información, los interesados pueden comunicarse vía WhatsApp al +54 9 11 2279 0400, llamar al 0-800-777-7366, visitar www.renatre.org.ar o acercarse a la Delegación, Agencia o Boca de Entrega y Recepción más cercana, o bien. Para una atención personalizada, comunicarse a la delegación Santa Fe Sur en Rosario al 3413 98-9099.

Cabe recordar que los beneficiarios de la Prestación por Desempleo incluyen la cobertura médico-asistencial, al pago de las asignaciones familiares y a programas de capacitación y reinserción laboral en todo el país.

La actualización de los montos reafirma el compromiso del RENATRE con la protección integral del trabajador rural.

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El Campo

Alerta trigo y cebada. Se vienen heladas agronómicas en el sur de la zona pampeana argentina

En los próximos días se presentarán dos desafíos en el sur de la zona pampeana argentina. Por un lado, lluvias torrenciales en regiones con excesos hídricos. Por otro, heladas agronómicas que podrían afectar parte del área de trigo y cebada.

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Ya se están registrando lluvias y tormentas sobre el sur y sudoeste de la provincia de Buenos Aires, así como también en sectores de La Pampa.

El frente de tormenta irá generalizando las tormentas en el centro del territorio argentino y luego en el Litoral y el NEA con precipitaciones abundantes y eventos puntualmente severos, según proyectó Leo De Benedictis en un artículo publicado en Meteored.

Entre el jueves, viernes y sábado se espera la etapa más activa del episodio, con tormentas que se irán desplazando progresivamente desde el centro hacia el norte del territorio nacional. Ese sistema traerá consigo precipitaciones con acumulados destacados, ráfagas intensas y posible caída de granizo en forma localizada.

Las zonas más afectadas serían Buenos Aires, La Pampa, Córdoba y el sur de Santa Fe, donde el avance del frente frío potenciará el desarrollo de tormentas de carácter generalizado. Posteriormente, el fenómeno se trasladará hacia el Litoral y el noreste argentino, con precipitaciones abundantes y eventos puntualmente severos.

En el centro y sur bonaerense, donde se hay amplias zonas inundadas con caminos rurales intransitables, los acumulados de precipitación previstos para esos días sumarán dramatismo a la situación con valores estimados entre 30 y 50 milímetros, aunque en forma puntual podrían superarse los 100 milímetros.

Además de las precipitaciones significativas, el contraste térmico que acompañará al frente frío favorecería el desarrollo de ráfagas fuertes y la posibilidad de caída de granizo.

El sistema tiene potencial para provocar eventos de tiempo severo, en particular en áreas rurales y zonas productivas, por lo que se sugiere tomar recaudos.

Entre el domingo y el lunes se prevé el ingreso de aire más frío y seco primero sobre el centro del país, para luego dominar el norte argentino, con una rotación gradual de los vientos al sector sur, acompañado por una mejoría en las condiciones de nubosidad y precipitaciones.

Eso traerá aparejado un marcado descenso térmico en el centro del país, con un aumento en la probabilidad de heladas agronómicas en sectores de La Pampa y el centro-sur de Buenos Aires, poniendo en riesgo a los cultivos más sensibles. Se esperan mínimas de 3 °C o 4 ºC en áreas puntuales, especialmente en la madrugada del lunes.

Fuente: Bichos de Campo

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El Campo

Alivio para el agro: flexibilizaron reglas para productores y exportadores

El 14 de octubre pasado, con la publicación de la resolución general 5771/2025, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ha dado un paso significativo para el sector agropecuario. La misma modifica el Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA).

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La norma, que entrará en vigor a partir del 1° de noviembre próximo, introduce cambios importantes que apuntan a flexibilizar algunos parámetros de calificación fiscal y a actualizar los plazos de presentación de información, lo que representa un respiro para miles de productores y operadores. Estos ajustes reflejan la experiencia acumulada desde la implementación del SISA y la necesidad de adaptarlo a las nuevas realidades del campo, marcadas por la incorporación de tecnología y los efectos del cambio climático.

Un scoring más justo y claro

Uno de los puntos centrales de la resolución es la redefinición del sistema de “scoring” del SISA, que clasifica a los contribuyentes en tres categorías de riesgo: Estado 1 (bajo), Estado 2 (mediano) y Estado 3 (alto). El objetivo es alinear este mecanismo con el Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER) de la ARCA, haciendo el proceso más coherente y predecible.

Un cambio particularmente beneficioso es la flexibilización de los criterios para acceder al Estado 1, la categoría de menor riesgo. Anteriormente, para alcanzar este status, el contribuyente debía haber estado activo en el Registro Fiscal de Operadores en la Compraventa de Granos (RFOG) o en el Padrón de Productores Monotributistas (PPGM) durante 24 meses, registros que no están vigentes desde 2018.

La nueva normativa elimina este requisito histórico, lo que abre la puerta a un universo más amplio de operadores para beneficiarse de las ventajas del Estado 1, que incluyen una retención reducida de IVA, el reintegro total de las retenciones sufridas y la exención de retenciones de Ganancias en las ventas de granos.

Además, se ha ajustado la calificación de riesgo para los contribuyentes. A partir de ahora, un contribuyente será considerado de riesgo medio (Estado 2) si su calificación SIPER es diferente de ‘A’ o ‘B’. Y para ser calificado como de bajo riesgo (Estado 1), deberá mantener una calificación ‘A’ o ‘B’ en el SIPER, además de cumplir con el requisito de permanencia. Si bien se flexibiliza el acceso a la categoría más baja de riesgo, se mantiene el requisito de permanencia de 24 meses en el Estado 2 para poder calificar al Estado 1.

Reglas más claras para exportadores

La resolución también introduce precisiones en el tratamiento de inconsistencias con el Banco Central por incumplimiento en el ingreso y liquidación de divisas. Antes, cualquier diferencia podía penalizar al exportador, pero ahora se establecen parámetros más claros.

A partir de la nueva normativa, este tipo de incumplimiento solo será penalizado si el monto total supera el 10% del valor total de las exportaciones del año anterior o los US$10.000, lo que sea mayor. Esta medida otorga mayor certidumbre y reduce el riesgo de ser calificado en el Estado 3 (alto riesgo) por diferencias menores o errores formales.

Un ciclo productivo que se adapta a la realidad

La evolución tecnológica y los efectos del cambio climático han alterado los tradicionales períodos de siembra y cosecha en el campo argentino. Reconociendo esta realidad, la nueva resolución general extiende el período para la presentación de la Información Productiva 1 (IP1). Antes, el plazo era del 1 al 31 de octubre. Ahora, el período se amplía y será desde el 1° de septiembre hasta el 31 de octubre de cada año, lo que incluye la información de existencias y superficie agrícola.

De la misma manera, se han modificado las fechas para considerar los productos comercializados en existencias. Anteriormente, se incluían los productos vendidos desde el 1° de octubre, mientras que ahora se considerarán los vendidos a partir del 1° de septiembre. Esta actualización, en definitiva, se adapta mejor a la dinámica de la producción actual y reduce la presión sobre los productores para cumplir con plazos que ya no se ajustaban a sus ciclos reales.

Más seguridad jurídica

Otro punto destacado de la resolución es la modificación de la definición de “incorrecta conducta fiscal”, que es uno de los motivos para la asignación del Estado 3. La normativa anterior permitía calificar a un contribuyente en esta categoría de alto riesgo con una simple denuncia, procesamiento o auto de elevación a juicio, sin necesidad de una sentencia firme de condena.

A partir de la entrada en vigor de la nueva norma, el Estado 3 solo se aplicará a contribuyentes con sentencia firme por delitos tributarios, de seguridad social o aduaneros, o por delitos comunes con conexión a estas obligaciones.

Esto también incluye a las personas jurídicas cuyos directores o responsables hayan sido condenados por los mismos motivos. Este cambio es un avance significativo en términos de seguridad jurídica, ya que evita sanciones anticipadas y preserva la operatividad de las empresas hasta que haya una resolución judicial definitiva.

Punto de atención: la discrecionalidad

A pesar de los avances, la resolución general 5771 ha generado un debate en un punto específico. La norma elimina un párrafo clave de la reglamentación anterior que obligaba a la ARCA a publicar en un Anexo los “parámetros objetivos” utilizados para determinar los Estados del SISA. Con esta supresión, la ARCA queda habilitada para definir de manera interna y sin publicación previa los indicadores que influyen en la calificación de riesgo.

Expertos y referentes del sector han manifestado su preocupación, señalando que esta discrecionalidad podría distorsionar la evaluación real del riesgo fiscal del productor y abrir la puerta a situaciones donde la interpretación de cada funcionario pueda romper con el principio de objetividad. Un caso reportado es el de un operador agrícola que, a pesar de cumplir con sus obligaciones, fue degradado a Estado 3 por no tener personal en relación de dependencia, lo cual se interpretó como una “presunción de actividad” ajena al marco legal.

En resumen, la nueva resolución del SISA representa una actualización necesaria y largamente esperada por el sector agropecuario. La flexibilización de los criterios de “scoring” y la adaptación a los ciclos productivos actuales son medidas que benefician directamente a los productores y exportadores, mejorando su operatividad y la seguridad jurídica. No obstante, el sector se mantendrá atento a la forma en que la ARCA implementará los nuevos criterios de calificación, esperando que la discrecionalidad no ponga en riesgo los avances logrados.

Fuente: Diario La Nación

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