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Rusia admitió que puede haber retrasos en la producción de la vacuna Sputnik V

De momento, la Sputnik V fue aprobada para su uso de emergencia en Argentina, Argelia, Brasil, Bielorrusia, Emiratos Árabes Unidos, Hungría, Serbia, Paraguay, Palestina, Pakistán, Rusia, Turkmenistán y Venezuela.

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El titular del Fondo de Inversión Directa de Rusia (RDIF), Kirill Dmitriev, que está al frente del desarrollo de la principal vacuna de ese país, no descartó hoy que pueda haber retrasos en la producción de la Sputnik V por el importante aumento de la capacidad de sus plantas que están realizando para garantizar, no solo la inmunización de la población local, sino también los envíos a terceros países como Argentina y México.

En una entrevista con la cadena de noticias estadounidense CNBC, Dmitriev explicó que dado el crecimiento exponencial de la producción para responder a la creciente demanda mundial, los fabricantes de las pocas vacunas que ya han sido o están siendo aprobadas por los países enfrentan grandes desafíos, que en los últimos días se convirtieron en retrasos, en algunos casos.

«Básicamente, se necesitan muchos componentes. Si hay un problema con un componente, se produce un retraso. Hemos visto esto con Pfizer, AstraZeneca y otros. Puede haber algunos retrasos en la producción de nuestra vacuna porque estamos aumentando la capacidad de las plantas. Ojalá no surjan», explicó, según reprodujo la agencia de noticias rusa Tass.

«Este es un proceso que nunca se ha registrado en el mundo. Las expectativas deben ser realistas. En realidad entendemos los problemas de otros fabricantes de vacunas. Confiamos en que esto se resolverá. El mundo debe comprender que lo que está sucediendo ahora nunca ha sucedido. Los fabricantes están haciendo todo lo posible para brindarles a todos la vacuna de manera oportuna», agregó.

Rusia fue el primer país en el mundo en registrar una vacuna contra el coronavirus el 11 de agosto de 2020. La Sputnik V fue desarrollada por el Centro Nacional de Investigación de Epidemiología y Microbiología, más conocido como Gamaleya, y financiado y distribuido por el fondo estatal que dirige Dmitriev.

Actualmente, Argentina espera el tercer envío de dosis desde Moscú; mientras que el presidente ruso Vladimir Putin y su par mexicano, Andrés Manuel López Obrador, acordaron esta semana la entrega de 24 millones de dosis, pero sin fecha clara aún.

“Trece países han registrado ya la vacuna, entre ellos Hungría y Emiratos Árabes Unidos, referentes en Europa y Medio Oriente”, precisó Dmitriev, quien señaló que su autorización en México es «inminente».

De momento, la Sputnik V fue aprobada para su uso de emergencia en Argentina, Argelia, Brasil, Bielorrusia, Emiratos Árabes Unidos, Hungría, Serbia, Paraguay, Palestina, Pakistán, Rusia, Turkmenistán y Venezuela.

Su producción actual asciende a 3,5 millones de dosis por mes, según anunció a mediados de enero el director del Instituto Gamaleya, Alexandr Guintsburg.

Mientras que las vacunas fabricadas en Rusia están destinadas únicamente para el mercado interior -con algunas excepciones como Argentina-, el RDIF acordó fabricar más de 150 millones de dosis por año en Corea del Sur y otras 300 millones por año en India para proveer al resto de países en el mundo.

Recientemente se anunciaron también acuerdos para producir la Sputnik V en Kazajistán y Brasil, donde ya empezó a fabricarse en dos plantas de Brasilia y Guarulhos, San Pablo, del laboratorio privado União Química.

Ante la desigualdad en el acceso a las vacunas en el mundo, el responsable del RDIF consideró importante encontrar un equilibrio para todos los países y señaló que Rusia trabaja para restaurarlo, aunque admitió que no puede sola y necesita socios.

«Vimos que muchas partes del mundo han sido desatendidas con el acceso a las vacunas, por eso trabajamos mucho con América Latina, Medio Oriente, Asia y África», explicó.

En América Latina, además de las 20 millones de dosis de Sputnik V compradas por Argentina directamente a Rusia, 50 millones fueron adquiridas por el estado brasileño de Bahía a India, 24 millones por México, 10 millones por Venezuela y 5,2 millones por Bolivia.

Fuente: telefenoticias.com.ar

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Pago de ANSES

El organismo dependiente del Ministerio de Capital Humano, informa que mañana continúan los pagos de las Pensiones No Contributivas, jubilaciones y pensiones mínimas, Asignación Universal por Hijo y Asignación Familiar por Hijo; en tanto, inician los de las Asignaciones de Pago Único y Asignación por Embarazo. Todas las prestaciones tendrán el aumento por movilidad del 2,88 por ciento.

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Pensiones No Contributivas

Titulares con documentos terminados en y 3 cobran su haber y el bono de 70 mil pesos.

Jubilaciones y pensiones que no superen un haber mínimo

Titulares con documentos finalizados en 1 cobran su haber y el bono de 70 mil pesos.

Asignación Universal por Hijo y Asignación Familiar por Hijo

Titulares con documentos concluidos en 1.

Asignación por Embarazo

Titulares con documentos terminados en 0.

Asignaciones de Pago Único (Matrimonio, Nacimiento, Adopción)

Todas las finalizaciones de documento hasta el 10 de abril.

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ANSES nunca solicita datos personales, claves o información bancaria

El organismo dependiente del Ministerio de Capital Humano, recuerda que no se comunica para solicitar datos personales, claves o información bancaria de manera telefónica, por correo electrónico, redes sociales ni mensajes de texto. En el mismo sentido, vale destacar que todas las consultas y los trámites de ANSES son gratuitos y no requieren de gestores ni intermediarios.

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oda publicación que circule por fuera del sitio oficial, anses.gob.arque remita a formularios, correos electrónicos o mensajes de texto debe desestimarse inmediatamente. Asimismo, se recomienda denunciar estos casos ante la Dirección de Asuntos Penales, Integridad y Sumarios de ANSES, desde donde se llevarán a cabo las acciones necesarias.

Esta advertencia surge tras recientes intentos de estafa en los que personas inescrupulosas se hacen pasar por personal del organismo, quienes les solicitan a los ciudadanos que registren sus datos con el argumento de obtener beneficios económicos.

Canales oficiales habilitados para efectuar denuncias

·         A través de la web en mi ANSES > Denuncias y Reclamos > Hacer una denuncia.

·         Personalmente en Av. Paseo Colón 329, 5° piso, CABA, o en la oficina de ANSES más cercana.

·         Por escrito, mediante envío de correo postal a Av. Paseo Colón 329, 5° piso, frente, C.P. 1063, CABA.

·         Telefónicamente, a través de la línea 130.

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El Gobierno promulgó la Ley de Modernización Laboral: los puntos más relevantes de la norma

La norma introduce modificaciones profundas al régimen laboral argentino, con cambios que abarcan desde la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744.

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El presidente Javier Milei promulgó este viernes la Ley de Modernización Laboral N° 27.802, sancionada por el Congreso de la Nación el 27 de febrero pasado, mediante el Decreto 137/2026. La norma introduce modificaciones profundas al régimen laboral argentino, con cambios que abarcan desde la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 hasta el sistema de convenios colectivos, servicios mínimos en conflictos y la creación de nuevos fondos de contingencia.

La promulgación fue firmada también por el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello.

Cambios en el contrato de trabajo

La ley modifica el ámbito de aplicación de la Ley de Contrato de Trabajo, excluyendo expresamente a los trabajadores independientes, a los prestadores de plataformas tecnológicas y a las personas privadas de libertad.

También redefine el concepto de trabajo como «toda actividad lícita que se preste en favor de quien tiene la facultad de dirigirla, mediante una remuneración», y limita la presunción de relación de dependencia cuando se emitan facturas o se acrediten pagos bancarios.

Indemnizaciones y despido

El nuevo artículo 245 establece que la indemnización por despido sin causa equivale a un mes de sueldo por año de antigüedad, calculada sobre la mejor remuneración mensual, normal y habitual del último año. Define como «habitual» a los conceptos devengados al menos seis meses en el último año calendario.

La norma incorpora además que la indemnización por despido «constituye la única reparación procedente frente a la extinción sin justa causa», impidiendo acciones civiles o extracontractuales paralelas, salvo en casos de ilícitos penales.

Fondo de Asistencia Laboral

Uno de los ejes centrales de la reforma es la creación de los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), patrimonios separados que los empleadores deberán constituir para hacer frente a obligaciones indemnizatorias. Las contribuciones mensuales obligatorias serán del 1% para grandes empresas y del 2,5% para micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs), calculadas sobre las remuneraciones base del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).

Los fondos serán administrados por entidades habilitadas por la Comisión Nacional de Valores (CNV), y entrarán en vigencia el 1° de junio de 2026, con posibilidad de prórroga de seis meses por parte del Poder Ejecutivo Nacional.

Los empleadores que integren el FAL tendrán una reducción equivalente en sus contribuciones patronales a la seguridad social, según confirmó la Agencia Noticias Argentinas.

Plataformas tecnológicas

La Ley 27.802 incorpora un régimen específico para prestadores de servicios de movilidad de personas y reparto a través de plataformas digitales, estableciendo que son trabajadores independientes y no en relación de dependencia.

Las plataformas deberán proveerles un seguro de accidentes personales, acceso a capacitaciones y mecanismos digitales de atención a reclamos. Los prestadores tendrán libertad de horario, de conexión y de rechazo de pedidos.

Servicios mínimos en conflictos colectivos

La norma eleva el piso de servicios mínimos obligatorios en huelgas que afecten servicios esenciales al 75% de la prestación normal, y al 50% en actividades de importancia trascendental.

Se amplía la lista de servicios esenciales para incluir telecomunicaciones, recolección de residuos, aeronáutica comercial y seguridad privada. En las actividades trascendentales se incorporan el transporte terrestre, la industria alimenticia en toda su cadena de valor, los servicios bancarios y financieros, y las actividades comprometidas con exportaciones.

Convenios colectivos y sindicatos

En materia de negociación colectiva, la ley modifica la Ley N° 14.250 para establecer que los convenios vencidos solo mantienen vigentes sus cláusulas normativas hasta que se suscriba uno nuevo. Las cláusulas obligacionales solo se prorrogan por acuerdo de partes.

Se limitan también los aportes a organizaciones sindicales y patronales establecidos en convenios: los destinados a cámaras empresariales no podrán superar el 0,5% de las remuneraciones, mientras que los dirigidos a asociaciones de trabajadores tendrán un tope del 2%, sin contar las cuotas de afiliación.

Formalización laboral y beneficios fiscales

La ley crea el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), con vigencia de un año desde el segundo mes posterior a la promulgación. Los empleadores que incorporen trabajadores no registrados o desempleados pagarán una alícuota reducida del 2% en contribuciones patronales para los primeros cuatro años de la nueva relación laboral.

Se establece también el Programa de Promoción del Empleo Registrado (PER), que permite regularizar relaciones laborales existentes con condonación de deudas de hasta el 70% del total adeudado a la seguridad social.

En materia impositiva, la norma crea el Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI), que habilita amortización acelerada en el impuesto a las ganancias y devolución anticipada de créditos fiscales en el IVA para inversiones productivas de micro, pequeñas y medianas empresas.

Derogaciones y transferencia judicial

A partir del 1° de enero de 2027 quedarán derogados los estatutos especiales de viajantes de comercio (Ley 14.546), periodistas (Ley 12.908) y trabajadores del vidrio, entre otros, que pasarán a regirse por el régimen general.

Asimismo, la norma aprueba el acuerdo de transferencia de la Justicia Nacional del Trabajo al fuero laboral de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, suscripto entre el Estado Nacional y el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires el 9 de febrero de 2026. Las causas en trámite continuarán bajo la normativa vigente hasta que concluya el proceso de transferencia.

Fuente: NA / telefenoticias.com.ar

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