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Rige desde hoy el Certificado Único para Circulación

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Los afectados a algunas de las actividades declaradas esenciales durante el aislamiento deberán tramitarlo para validar su situación. En la nota, el detalle de quiénes tienen que hacerlo.

A partir de este lunes, los afectados a algunas de las actividades declaradas esenciales durante el aislamiento social preventivo y obligatorio -como el personal funerario, de la obra pública, transporte; lavandería; vigilancia; producción, venta y reparto domiciliario de alimentos o productos de higiene, entre otros- sólo podrán «validar esta situación» tramitando el Certificado Único Habilitante para Circulación-Emergencia Covid-19.

«Establécese que, a partir del 6 de abril de 2020 el instrumento para validar la situación de quienes se encuentren comprendidos dentro de alguna de las excepciones previstas en el artículo 6° del Decreto Nº 297/20, sus normas modificatorias y complementarias (…) será el »Certificado Único Habilitante para Circulación-Emergencia COVID 19″, dice en su artículo primero la Resolución Administrativa 446/2020 de la Jefatura de Gabinete de Ministros.

No obstante, en su artículo 2, «exceptúa de la obligación de tramitar y portar» este documento a quienes desarrollan 15 de las 24 actividades y servicios esenciales estipulados por la misma norma, «quienes deberán acreditar su condición a través de las formalidades y procedimientos que las autoridades competentes establezcan a tal fin».

También quedan eximidas las personas «que deban desplazarse por supuestos de fuerza mayor», dentro de las cuales se encuentra la búsqueda de protección ante casos de violencia por motivos de género al interior de los domicilios donde se cumple la cuarentena.

También están exceptuados aquellos trabajadores del Sector Público Nacional que integren la «nómina de agentes que prestan servicios críticos» elaborada por «los titulares de cada jurisdicción, entidad u organismo descentralizado del Sector Público Nacional, o la autoridad delegada por estos», según lo estableció la Decisión Administrativa N° 427/20.

Quedan fuera también «los agentes públicos que presten servicios críticos» en el marco de «los poderes legislativo y judicial y las autoridades provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y municipales».

En virtud de esto, los únicos obligados a tramitar el Certificado Único Habilitante son:

-Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones.

-Personal afectado a obra pública.

-Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.

-Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.

-Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.

-Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.

-Servicios de lavandería.

-Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.

– Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de Petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.

También deberán tramitarlo las actividades y servicios incorporadas al listado de esenciales –y por lo tanto exceptuadas de la prohibición de circular- en virtud de la Resolución Administrativa 429/2020; es decir:

-Industrias que realicen procesos continuos cuya interrupción implique daños estructurales en las líneas de producción y/o maquinarias.

-Producción y distribución de biocombustibles.

-Operación de centrales nucleares.

-Hoteles afectados al servicio de emergencia sanitaria.

-Dotación de personal mínima necesaria para la operación de la Fábrica Argentina de Aviones Brig. San Martín S.A.

-Comisión Nacional de Valores, en caso de resultar necesario.

-Operación de aeropuertos. Operaciones de garajes y estacionamientos, con dotaciones mínimas.

-Sostenimiento de actividades vinculadas a la protección ambiental minera.

-Curtiembres, con dotación mínima, para la recepción de cuero proveniente de la actividad frigorífica.

-Restaurantes, locales de comidas preparadas y locales de comidas rápidas sólo para repartos domiciliarios.

El Certificado Único Habilitante para Circulación-Emergencia COVID 19, que se tramita online «tendrá vigencia por el plazo que dure el aislamiento social, preventivo y obligatorio», establece la Resolución 446/2020.

A partir de este lunes, además, «perderán vigencia» cualquier otro permiso para circular diferente al Certificado Único Habilitante, en cuya tramitación todo «falseamiento de datos» será motivo de «la aplicación de las sanciones que correspondieren según la normativa vigente».

Personal e intransferible, el «Certificado Único Habilitante para Circulación- Emergencia COVID19» se tramita ingresando a https://tramitesadistancia.gob.ar/, y debe presentarse junto al DNI a «requerimiento de la autoridad competente al momento de circular por la vía pública», según estableció la resolución 48/2020 del Ministerio del Interior.

Qué sucede en Córdoba

Alfonso Mosquera, ministro de Seguridad de la provincia de Córdoba, dialogó con Cadena 3 y explicó que en Córdoba «van a coexistir» el nuevo certificado con el que lanzó los primeros días de la cuarentena por el Gobierno provincial.

«Hemos coincidido con la ministra de Seguridad de la Nación que la entrada en vigencia de ese certificado no deroga los que están actualmente en la provincia de Córdoba. Ambos certificados van a coexistir sin ningún inconveniente«, dijo.

Y agregó: «Esas documentaciones rigen hasta la finalización de la cuarentena y son válidas todas las certificaciones anteriormente hechas».

Finalmente, explicó que si una persona es controlada por la PSA o por Gendarmería (fuerzas federales), también podrá mostrarles la certificación emitida con anterioridad.

«Esas fuerzas comparten el mismo criterio en la provincia de Córdoba. En la provincia, permanecen vigentes todas las certificaciones expedidas antes de hoy, lunes 6 de abril».

Fuente: Miguel Clariá – cadena3.com

Nacionales

Libreta AUH 2025

Hasta el 31 de marzo continúa vigente el plazo de presentación.

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ANSES, organismo perteneciente al Ministerio de Capital Humano, recuerda que permanece vigente la prórroga para presentar la Libreta de la Asignación Universal por Hijo (AUH) 2025 hasta el próximo 31 de marzo y, así, acceder al 20 por ciento correspondiente al complemento acumulado durante 2024.

La Libreta, que acredita el cumplimiento de los controles de salud, el esquema de vacunación y educación de los niños y adolescentes, se puede presentar a través de mi ANSES, ya sea desde su sitio oficial o la appEl formulario generado desde la web es el único válido para realizar el trámite y debe presentarse una vez que esté completo por las autoridades escolares y sanitarias.

Paso a paso

1.       Ingresar a mi ANSES con CUIL y Clave de la Seguridad Social.

2.      En la sección Hijos Libreta AUH consultar la información sobre los hijos o personas a cargo por la que se recibe la asignación y corroborar que esté correcta.

3.     Si falta completar alguna sección (educación, salud o vacunación), seleccionar la opción Generar Libreta para descargarla o enviarla por correo electrónico.

4.      Imprimir el formulario (en una sola hoja y con buena calidad) y llevarlo al centro de salud o a la escuela (si corresponde) para que sea completado y firmado.

5.      Sacar una foto al formulario completo (tomarla sobre una superficie plana y bien iluminada, con las cuatro esquinas marcadas en negro). La imagen debe tener un peso menor a 3 megabytes (MB) y estar en formato JPG. Luego, reingresar a mi ANSES, seleccionar la opción Hijos Libreta AUH Subir Libreta AUH, y seguir las instrucciones para completar el trámite.

6.     El proceso de carga finaliza cuando el titular recibe un correo electrónico que confirma que la presentación se efectuó correctamente.

En el caso de no poder presentar la Libreta en forma digital, es posible realizar el trámite, sin turno, en una oficina de ANSES o en un operativo de atención del organismo.

Para más información, ingresar aquí.

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Nacionales

Pago de ANSES para hoy jueves

El organismo dependiente del Ministerio de Capital Humano, informa que mañana continúan los pagos de jubilaciones y pensiones mínimas, Asignación Universal por Hijo, Asignación Familiar por Hijo y Asignación por Embarazo; en tanto, finalizan los de la Asignación por Prenatal. Todas las prestaciones poseen el aumento por movilidad del 2,85 por ciento.

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Jubilaciones y pensiones que no superen un haber mínimo

Titulares con documentos finalizados en y 7 cobran su haber y el bono de 70 mil pesos.

Asignación Universal por Hijo y Asignación Familiar por Hijo

Titulares con documentos terminados en 6.

Asignación por Embarazo

Titulares con documentos concluidos en 5.

Asignación por Prenatal

Titulares con documentos finalizados en y 9.

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Se confirmó la sesión especial en Diputados para este jueves para discutir la reforma laboral

Así lo definió La Libertad Avanza (LLA) en el plenario de comisiones de Legislación del Trabajo y Presupuesto.

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a Libertad Avanza solicitó este miércoles junto a sus aliados una sesión especial para este jueves a las 14 en la Cámara de Diputados para sancionar el proyecto de reforma laboral.

La sesión fue solicitada por la Libertad Avanza, el PRO, la UCR, el MID, Independencia, Producción y Trabajo, La Neuquinidad e Innovación Federal, con lo cual el oficialismo tiene asegurado el quórum para abrir la deliberación.

Si asisten todos los diputados, la sesión especial deberá comenzar con la presencia de 132 legisladores, ya que tanto Provincias Unidas como Unión por la Patria y la izquierda no darán quórum.

El pedido fue presentado luego de que hubiera empezado a firmarse el dictamen de comisión, que ya no tendrá el artículo 44 sobre cambios en el pago de las licencias por enfermedad o accidente de trabajo.

El presidente del bloque de la Libertad Avanza, Gabriel Bornoroni, había comunicado al inicio de la reunión que se eliminará el artículo 44 que establecía que en el caso de accidentes o enfermedades ajenas al ámbito laboral solo iba a pagarse el 50% y el 75% en caso de que los trabajadores tuvieran familia.

Bornoroni dijo que se pasaría a la firma el dictamen donde se mantiene el texto votado por el Senado en la madrugada del jueves 12 con excepción de los cambios en el pago de licencias en caso de enfermedad o accidente.

Al abrir la reunión, el presidente de la comisión de Legislación del Trabajo, Lisandro Almirón, había señalado que en el primer tramo y hasta las 17 expondrán sindicalistas, abogados y empresarios, y luego harán lo propio los bloques, que anunciarán si presentarán su propio despacho o acompañarán el texto del oficialismo.

El plenario de las comisiones de Legislación del Trabajo y Presupuesto se realizaba desde las 14.10 para debatir el proyecto de modernización laboral que tiene cambios sustanciales de las leyes del trabajo, asociaciones sindicales, rebaja de aportes patronales para la contratación de nuevos empleos y cambios en el sistema de indemnizaciones.

Fuente: telefenoticias.com.ar

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Situiación al Jueves 19 de febrero de 2026.

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