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Restricciones por coronavirus: con foco en la nocturnidad, ultiman detalles del decreto

El Gobierno nacional trabaja desde esta mañana en los detalles del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que establecerá las normas y protocolos a seguir ante la declarada segunda ola de coronavirus, que ayer relevó 20.870 casos positivos en una sola jornada.

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Ante especulaciones sobre nuevas restricciones para frenar el avance de la Covid-19, fuentes gubernamentales afirmaron que se establecerán horarios de cierre y de reinicio de actividades, pero que «no será un toque de queda».

Algunas versiones indican que el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) establecerá la restricción nocturna entre las 23:00 y las 5:00 por tres semanas.

Además está previsto que el transporte público sea solo para traslado de trabajadores esenciales y aquellos que estén relacionados con el dictado de clases en escuelas.

Los voceros señalaron que la discusión en torno a cuál será el horario de finalización de actividades comerciales tiene un límite práctico.

«No cambia mucho por una hora, pero hay que establecer cuándo comienza la restricción. Pero el problema es el descontrol. Si vos cerras los bares a las 11 y la gente se mete en una fiesta clandestina y vos no haces nada, eso es un problema», explicaron fuentes oficiales.

Por ello, es esperable que se incremente la presencia policial y el personal de control en distintos ámbitos y actividades.

Mientras tanto, se prevé que el DNU sea firmado esta tarde, publicado en el Boletín Oficial y se evalúa la posibilidad de que entre en vigencia desde las 0 horas de mañana.

De esa manera, la nueva norma derogaría el anterior Decreto que tenía fecha de finalización el próximo viernes, 9 de abril.

El trabajo ahora está centrado en la Secretaría Legal y Técnica a cargo de Vilma Ibarra y aún resta definir de qué manera serán comunicadas a la población las distintas medidas que se adoptarán para mitigar la propagación de la Covid-19.

Ayer, la ministra de Salud, Carla Vizzotti, dijo a la prensa que se podían esperar medidas «tempranas, transitorias y localizadas» para desacelerar la ascendente curva de contagios.

En las oficinas de Casa Rosada explicaron que el decreto incluirá medidas focalizadas para responder a la situación epidemiológica de cada área geográfica.

Actualmente, la evolución de los casos de Covid-19 detectados es definida como de un «aumento sostenido y caracterizado».

En ese sentido, la cartera sanitaria informó que en el transcurso de la última semana casi se duplicaron los departamentos que se encuentran en situación de riesgo.

Las áreas con situación comprometida son el hogar de casi 25 millones de argentinos, ya que abarcan con especial preponderancia los principales conglomerados urbanos del país.

Así, las medidas que se aplicarán en el Área Metropolitana de Buenos Aires fueron motivo de intercambios y reuniones entre los representantes gubernamentales de la Nación, la Ciudad y la Provincia de Buenos Aires.

Esta mañana, el ministro de Salud de Salud de la Ciudad, Fernán Quirós, afirmó que existe «una mirada común» entre las jurisdicciones sobre la necesidad de «disminuir los encuentros sociales, reducir la nocturnidad y cuidar el transporte público», aunque no especificó cuáles serían los detalles.

Mientras tanto, ayer por la noche, el gobernador Axel Kicillof dijo que, «ante el crecimiento de los casos, las segundas olas y las nuevas cepas, en todos los países se han tomado medidas de este tipo, y aun más estrictas».

El mandatario bonaerense y sus ministros vienen, desde hace más de una semana, alertando sobre el crecimiento de casos y subrayando la necesidad de medidas que restrinjan la circulación del virus.

Fue en ese sentido que criticó a los integrantes de Juntos por el Cambio, la coalición opositora que se manifestó en contra de posibles restricciones: «No sé si existe otro caso de tanta irresponsabilidad y oportunismo. Además, cuánta hipocresía. Intendentes y gobernadores de JxC tomaron ya medidas restrictivas: Mendoza, Olavarría, La Plata y otros. En particular, (Alfredo) Cornejo, mendocino firma el vergonzoso comunicado», apuntó.

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Pago de ANSES

El organismo dependiente del Ministerio de Capital Humano, informa que mañana continúan los pagos de las Pensiones No Contributivas, jubilaciones y pensiones mínimas, Asignación Universal por Hijo y Asignación Familiar por Hijo; en tanto, inician los de las Asignaciones de Pago Único y Asignación por Embarazo. Todas las prestaciones tendrán el aumento por movilidad del 2,88 por ciento.

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Pensiones No Contributivas

Titulares con documentos terminados en y 3 cobran su haber y el bono de 70 mil pesos.

Jubilaciones y pensiones que no superen un haber mínimo

Titulares con documentos finalizados en 1 cobran su haber y el bono de 70 mil pesos.

Asignación Universal por Hijo y Asignación Familiar por Hijo

Titulares con documentos concluidos en 1.

Asignación por Embarazo

Titulares con documentos terminados en 0.

Asignaciones de Pago Único (Matrimonio, Nacimiento, Adopción)

Todas las finalizaciones de documento hasta el 10 de abril.

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Nacionales

ANSES nunca solicita datos personales, claves o información bancaria

El organismo dependiente del Ministerio de Capital Humano, recuerda que no se comunica para solicitar datos personales, claves o información bancaria de manera telefónica, por correo electrónico, redes sociales ni mensajes de texto. En el mismo sentido, vale destacar que todas las consultas y los trámites de ANSES son gratuitos y no requieren de gestores ni intermediarios.

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oda publicación que circule por fuera del sitio oficial, anses.gob.arque remita a formularios, correos electrónicos o mensajes de texto debe desestimarse inmediatamente. Asimismo, se recomienda denunciar estos casos ante la Dirección de Asuntos Penales, Integridad y Sumarios de ANSES, desde donde se llevarán a cabo las acciones necesarias.

Esta advertencia surge tras recientes intentos de estafa en los que personas inescrupulosas se hacen pasar por personal del organismo, quienes les solicitan a los ciudadanos que registren sus datos con el argumento de obtener beneficios económicos.

Canales oficiales habilitados para efectuar denuncias

·         A través de la web en mi ANSES > Denuncias y Reclamos > Hacer una denuncia.

·         Personalmente en Av. Paseo Colón 329, 5° piso, CABA, o en la oficina de ANSES más cercana.

·         Por escrito, mediante envío de correo postal a Av. Paseo Colón 329, 5° piso, frente, C.P. 1063, CABA.

·         Telefónicamente, a través de la línea 130.

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El Gobierno promulgó la Ley de Modernización Laboral: los puntos más relevantes de la norma

La norma introduce modificaciones profundas al régimen laboral argentino, con cambios que abarcan desde la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744.

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El presidente Javier Milei promulgó este viernes la Ley de Modernización Laboral N° 27.802, sancionada por el Congreso de la Nación el 27 de febrero pasado, mediante el Decreto 137/2026. La norma introduce modificaciones profundas al régimen laboral argentino, con cambios que abarcan desde la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 hasta el sistema de convenios colectivos, servicios mínimos en conflictos y la creación de nuevos fondos de contingencia.

La promulgación fue firmada también por el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello.

Cambios en el contrato de trabajo

La ley modifica el ámbito de aplicación de la Ley de Contrato de Trabajo, excluyendo expresamente a los trabajadores independientes, a los prestadores de plataformas tecnológicas y a las personas privadas de libertad.

También redefine el concepto de trabajo como «toda actividad lícita que se preste en favor de quien tiene la facultad de dirigirla, mediante una remuneración», y limita la presunción de relación de dependencia cuando se emitan facturas o se acrediten pagos bancarios.

Indemnizaciones y despido

El nuevo artículo 245 establece que la indemnización por despido sin causa equivale a un mes de sueldo por año de antigüedad, calculada sobre la mejor remuneración mensual, normal y habitual del último año. Define como «habitual» a los conceptos devengados al menos seis meses en el último año calendario.

La norma incorpora además que la indemnización por despido «constituye la única reparación procedente frente a la extinción sin justa causa», impidiendo acciones civiles o extracontractuales paralelas, salvo en casos de ilícitos penales.

Fondo de Asistencia Laboral

Uno de los ejes centrales de la reforma es la creación de los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), patrimonios separados que los empleadores deberán constituir para hacer frente a obligaciones indemnizatorias. Las contribuciones mensuales obligatorias serán del 1% para grandes empresas y del 2,5% para micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs), calculadas sobre las remuneraciones base del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).

Los fondos serán administrados por entidades habilitadas por la Comisión Nacional de Valores (CNV), y entrarán en vigencia el 1° de junio de 2026, con posibilidad de prórroga de seis meses por parte del Poder Ejecutivo Nacional.

Los empleadores que integren el FAL tendrán una reducción equivalente en sus contribuciones patronales a la seguridad social, según confirmó la Agencia Noticias Argentinas.

Plataformas tecnológicas

La Ley 27.802 incorpora un régimen específico para prestadores de servicios de movilidad de personas y reparto a través de plataformas digitales, estableciendo que son trabajadores independientes y no en relación de dependencia.

Las plataformas deberán proveerles un seguro de accidentes personales, acceso a capacitaciones y mecanismos digitales de atención a reclamos. Los prestadores tendrán libertad de horario, de conexión y de rechazo de pedidos.

Servicios mínimos en conflictos colectivos

La norma eleva el piso de servicios mínimos obligatorios en huelgas que afecten servicios esenciales al 75% de la prestación normal, y al 50% en actividades de importancia trascendental.

Se amplía la lista de servicios esenciales para incluir telecomunicaciones, recolección de residuos, aeronáutica comercial y seguridad privada. En las actividades trascendentales se incorporan el transporte terrestre, la industria alimenticia en toda su cadena de valor, los servicios bancarios y financieros, y las actividades comprometidas con exportaciones.

Convenios colectivos y sindicatos

En materia de negociación colectiva, la ley modifica la Ley N° 14.250 para establecer que los convenios vencidos solo mantienen vigentes sus cláusulas normativas hasta que se suscriba uno nuevo. Las cláusulas obligacionales solo se prorrogan por acuerdo de partes.

Se limitan también los aportes a organizaciones sindicales y patronales establecidos en convenios: los destinados a cámaras empresariales no podrán superar el 0,5% de las remuneraciones, mientras que los dirigidos a asociaciones de trabajadores tendrán un tope del 2%, sin contar las cuotas de afiliación.

Formalización laboral y beneficios fiscales

La ley crea el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), con vigencia de un año desde el segundo mes posterior a la promulgación. Los empleadores que incorporen trabajadores no registrados o desempleados pagarán una alícuota reducida del 2% en contribuciones patronales para los primeros cuatro años de la nueva relación laboral.

Se establece también el Programa de Promoción del Empleo Registrado (PER), que permite regularizar relaciones laborales existentes con condonación de deudas de hasta el 70% del total adeudado a la seguridad social.

En materia impositiva, la norma crea el Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI), que habilita amortización acelerada en el impuesto a las ganancias y devolución anticipada de créditos fiscales en el IVA para inversiones productivas de micro, pequeñas y medianas empresas.

Derogaciones y transferencia judicial

A partir del 1° de enero de 2027 quedarán derogados los estatutos especiales de viajantes de comercio (Ley 14.546), periodistas (Ley 12.908) y trabajadores del vidrio, entre otros, que pasarán a regirse por el régimen general.

Asimismo, la norma aprueba el acuerdo de transferencia de la Justicia Nacional del Trabajo al fuero laboral de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, suscripto entre el Estado Nacional y el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires el 9 de febrero de 2026. Las causas en trámite continuarán bajo la normativa vigente hasta que concluya el proceso de transferencia.

Fuente: NA / telefenoticias.com.ar

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