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El Campo

Productores en alerta por la pérdida del derecho de uso propio de semillas

Tres entidades de la Mesa de Enlace se manifestaron en contra de una reforma que plantea el proyecto enviado al Congreso.

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Desde CRA (Confederaciones Rurales Argentinas), FAA (Federación Agraria Argentina) y SRA (Sociedad Rural Argentina) consideran inoportuna la propuesta de adhesión a UPOV 91: «Abogamos por retirarla del proyecto de Ley de Bases, y proponemos abordar este tema en una actualización integral de la Ley de Semillas, escuchando y participando todos los sectores que nos vemos involucrados».

Según puntualizan, la adhesión a UPOV91 implica entre otras cosas la pérdida del derecho de uso propio por parte de los productores y la mayor extensión de los derechos de los obtentores. Un tema que «ha generado un debate centrado en los derechos de los agricultores yla promoción de la innovación».

El sector productivo reclama que la UPOV 91 beneficia principalmente a desarrolladores comerciales de variedades uniformes, limitando los derechos de los agricultores para guardar y utilizar semillas ymaterial de propagación.

«Sus características claves incluyen la necesidad de autorización del obtentor para el uso propio, la extensión de derechos hasta el producto de la cosecha (lo cosechado) y una ampliación en la duración del derecho de propiedad», advierten.

En América Latina, solo Costa Rica y Perú han adoptado UPOV91, mientras que ningún país de la región está adherido.

«Destacamos la importancia de equilibrar los derechos del obtentor con los derechos de los agricultores, señalando que la adhesión limitaría el derecho de uso propio del agricultor y extendería los derechos del obtentorhasta el producto final de la cosecha. Por estas razones, y porque, además, hoy están resguardados los derechos de propiedad intelectual de los obtentores en convivencia con el derecho de uso propio del agricultor, es que solicitamos retirar del proyecto de Ley la adhesión a UPOV 91, asegurando una legislación equitativa que contemple y refleje los derechos de todos los actores en el sector agrícola», concluyen.

Qué es la UPOV 91

Pablo Palazzi, Octavio Mitelman y Loida G. da Cruz, del estudio Allende & Brea, analizaron recientemente el proyecto de ley ómnibus propone la adhesión a la Convención Internacional sobre la Protección de Nuevas Variedades Vegetales (UPOV 91).

En primer lugar, puntualizaron que, con esta adhesión, se pretende aumentar la protección contra el uso desautorizado de variedades protegidas como, asimismo, incorporar mejores prácticas internacionales que estimulen la productividad, el comercio internacional y las grandes inversiones para la modernización del sector agrícola, tal como ha quedado plasmado en los considerandos del Proyecto.

En este sentido, Argentina, quien ya había adherido a la revisión de 1978 de dicho Convenio por medio de la ley 24.736, procura adherir al Convenio UPOV de 1991 que introduce sustanciales cambios respecto de su versión anterior, para poder establecer límites más rigurosos en relación con el derecho al “uso propio”, que consiste en el privilegio de los agricultores de reservar parte de las semillas adquiridas de su cosecha de un año para utilizarlas posteriormente en su propia explotación, y restringir la circulación ilegal de semillas conocido como comercio de “bolsa blanca».

En síntesis, «el proyecto contribuiría a que las empresas desarrolladoras de semillas puedan recuperar adecuadamente los costos de investigación y desarrollo en recompensa por sus innovaciones», destacan.

Se enumeran a continuación los cambios más significativos entre ambos cuerpos normativos que detalló Allende & Brea:

  • A diferencia del Convenio UPOV de 1978, la versión de 1991 incorpora una definición expresa de los conceptos “variedad vegetal” y “obtentor” (conf. artículos 1.iv y 1.vi).
  • En relación con las condiciones de protección, el Convenio UPOV 1991 convierte en un recaudo de carácter facultativo al requisito de la designación adecuada, estableciendo que se concederá el derecho de obtentor cuando la variedad vegetal sea nueva, distinta, homogénea y estable (conf. art. 5).
  • En cuanto a la vigencia del derecho, el Convenio de 1991 consagra un derecho de obtentor con un alcance obligatorio más amplio y extenso que su versión anterior, por cuanto establece que la duración de la protección no podrá ser menor a 20 años a partir de la fecha de concesión del título de propiedad y que, para el caso particular de árboles y vides, no podrá ser inferior a 25 años a partir de dicha fecha (conf. art. 19), a diferencia de la versión de 1978 que fija la protección en quince y dieciocho años, respectivamente.
  • Respecto al alcance de los derechos conferidos, se advierte que el Convenio UPOV 1991, establece un espectro mucho más amplio de actos que requieren la autorización del titular del derecho de obtentor, ya que se incorpora la producción para cualquier fin (y no únicamente con fines comerciales como se dispone en UPOV 1978), la reproducción, los actos preparatorios de producción o multiplicación, la oferta para la venta, la exportación, la importación y la posesión para cualquiera de los fines alcanzados  (conf. art. 14) incluyendo así, actos que no estaban contemplados en la versión de 1978, que solo requería autorización para los actos de: i) producción con fines comerciales, ii) puesta a la venta y iii) comercialización (conf. art. 5.1).
  • En cuanto a las excepciones al ejercicio de los derechos de obtentor, el Convenio UPOV 1991, en su artículo 15, reconoce tres excepciones obligatorias: para su uso en el ámbito privado con fines no comerciales, a título experimental, y para creación de nuevas variedades. Al respecto, el Convenio UPOV de 1978 contempla únicamente la excepción del fitomejorador (conf. art. 5.3) como así también incluye una disposición sobre limitación de los derechos protegidos por razones de interés público y para asegurar la difusión de una variedad (conf. art. 9).
  • El Convenio UPOV de 1991 consagra la excepción del agricultor con carácter facultativo para los Estados, por cuanto dispone en su artículo 15.2 que los Estados podrán restringir el derecho de obtentor respecto de toda variedad, con el fin de permitir a los agricultores utilizar a fines de reproducción o de multiplicación, en su propia explotación, el producto de la cosecha que hayan obtenido. Mientras que, por su parte, el Convenio UPOV 1978 estipula que el derecho de obtentor permite impedir la producción “con fines comerciales”. Surge implícitamente que, si un agricultor produce una semilla en su propio establecimiento a los fines de la resiembra y no se comercializa, dicha producción está fuera del ámbito de su derecho de exclusión.
  • En cuanto a la situación del fitomejorador, el Convenio UPOV de 1991 amplía las excepciones al disponer con carácter obligatorio que las variedades vegetales están libremente disponibles para ser utilizadas por cualquier fitomejorador, por cuanto expresa que el derecho de obtentor no se extenderá a los actos realizados a título experimental y a los actos realizados a los fines de la creación de nuevas variedades (conf. art. 15.1).
  • Finalmente en relación a la admisión de una doble protección (por derecho de patentes y por variedad vegetal) el Convenio UPOV 1991 se limita a establecer que cada Estado otorgará los derechos de obtentor y los protegerá (conf. art. 2) sin prohibir expresamente la doble protección, a diferencia de la versión de 1978 que dispone que cada Estado puede reconocer el derecho del obtentor previsto por el Convenio mediante la concesión de un título de protección particular o de una patente, pero no obstante, todo Estado cuya legislación nacional admita la protección en ambas formas, deberá aplicar solamente una de ellas a un mismo género o una misma especie botánica (conf. art. 2).

FUENTE: news.agrofy.com.ar

El Campo

Fuerte documento de productores por la situación del campo

La Sociedad Rural de Rosario alertó sobre una caída de la rentabilidad y señaló que el ajuste fiscal recae casi exclusivamente sobre el sector.

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Mientras la Mesa de Enlace se prepara para su reunión de hoy con el presidente Javier Milei, productores agropecuarios de Santa Fe manifestaron su preocupación ante el agravamiento de las condiciones económicas que impactan directamente en la actividad. A través de un duro comunicado titulado “Alarma en el agro”, la Sociedad Rural de Rosario advirtió que, pese a un comienzo de campaña con buenas perspectivas climáticas, la producción se encuentra bajo fuerte presión por el encarecimiento de los costos y el peso creciente de los impuestos. Dijeron que “el superávit fiscal no es legítimo si es soportado por una asfixiante presión impositiva sobre la producción”.

“A pesar de un inicio productivo alentador —con siembras de trigo, avena, cebada, lenteja y arveja en buenas condiciones gracias al clima y al estado de humedad de los suelos—, enfrentamos un contexto de costos crecientes que pone en riesgo la sustentabilidad de nuestras explotaciones”, señalaron en la entidad.

Uno de los principales reclamos se centra en la carga impositiva provincial, en particular por la suba del Impuesto Inmobiliario Rural, que aumentará un 13,51% en las cuotas 4, 5 y 6, según el decreto provincial 1434/25. Además, la figura del “Gran Propietario Rural” dentro del tributo es considerada injusta y debe ser eliminada, remarcaron.

A esto se suma el incremento de Ingresos Brutos (IIBB) a diversos servicios vinculados al agro, que agravan aún más la estructura de costos. “Estas medidas llegan en un momento de caída de la rentabilidad, generando un impacto negativo en los costos de producción”, indicaron.

El precio del gasoil, clave para la operación de maquinaria y la logística de cosecha, también es motivo de alarma. Según detallaron, entre enero y julio el gasoil aumentó entre un 10% y un 12%, dependiendo de la jurisdicción. Este encarecimiento, además, impacta en las tasas comunales, que en muchos casos se calculan en litros de gasoil por hectárea, dijeron.

Otro punto sensible es el saldo técnico de IVA, una distorsión que genera pérdidas de capital de trabajo. “Urgimos eliminar la distorsión por la cual compramos insumos con IVA al 21% y vendemos productos con IVA al 10,5%. Es capital inmovilizado que financia a tasa 0% al Gobierno”, denunciaron.

En la entidad también reclamaron la eliminación de los anticipos de Ganancias, una carga que califican como un “obstáculo más ante la delicada situación del sector productivo argentino”, ya que quita liquidez y capacidad de reinversión.

Retenciones

Uno de los puntos más críticos señalados en el documento es la reimplantación de los Derechos de Exportación (DEX) sobre soja y maíz, que volvieron a los niveles de 33% y 12%, respectivamente. “Con los precios actuales y los costos, esta medida deja en márgenes negativos al 80% de la superficie productiva”, alertaron. Y agregaron: “El superávit fiscal no es legítimo si es soportado por una asfixiante presión impositiva sobre la producción”.

En un tono muy crítico, la Sociedad Rural de Rosario cuestionó que “la producción exige una explicación clara sobre esto”, y remarcó que el campo es la herramienta para reactivar la microeconomía, mantener el equilibrio de la macroeconomía y garantizar el crecimiento del país en el largo plazo.

Entre otros reclamos exigieron eliminar el cobro de patente a la maquinaria agrícola, ya que se trata de un bien de trabajo y no de transporte. También señalaron con preocupación la situación de inseguridad rural y afirmaron: “Vivimos y trabajamos en territorio liberado”. En este sentido, reclamaron “acciones de la Justicia y el Gobierno, donde el que lo hace lo paga, sino somos cómplices”.

En relación a la infraestructura pidieron no detener los avances logrados y reclamaron mayor inversión en caminos y obras. “Acompañemos el avance con la construcción, no perdamos vidas”, expresaron.

Advirtieron: “Vivimos en un país y en una provincia postergados, donde el agro sufre la caída de la rentabilidad producto de los bajos precios internacionales y, sobre todo, de la confiscatoria carga impositiva nacional, provincial y comunal”.

Y cerraron: “Bregamos por una inminente reforma tributaria integral, donde los recursos queden en la ciudadanía para reactivar el país de una vez por todas. Nuestro compromiso es claro: servimos a la patria produciendo alimentos, generando empleo y divisas. Exigimos que el esfuerzo sea compartido y que el Estado reduzca su presión sobre quienes sostenemos la economía real”.

Fuente: Diario La Nación

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El Campo

Argentina cumplió con el total de la Cuota Hilton para el ciclo 2024/25

Las exportaciones totales representaron unos 350 millones de dólares a valor FOB, con precios promedio que desde abril de este año alcanzaron los 18.000 USD/tonelada para los cortes del rump & loin (lomo, bife angosto, cuadril y sus derivados).

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La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía de la Nación informa que Argentina ejecutó el total de la cuota Hilton a la Unión Europea con 29.350,4 toneladas exportadas para el ciclo 2024/2025, que finalizó el 30 de junio pasado. Cabe recordar que el monto total habilitado para la UE es de 29.389 toneladas.


En esa línea, si sumamos las toneladas exportadas al Reino Unido el total asciende a 29.461,4 de una cuota original de 29.500 toneladas, dividida tras el proceso del Brexit.

Los principales destinos de la carne argentina continúan siendo Alemania y Países Bajos, seguidos por Italia, España, Grecia y Portugal. Dicha información ya se encuentra disponible, con actualización mensual, en la plataforma de la Ventanilla Única de Comercio Exterior de Argentina (www.vuce.gob.ar), donde además se pueden consultar por posición arancelaria todos los productos sujetos a cuotas con preferencia de ingreso a determinados mercados externos.

Por otro lado, ya se distribuyó también el cupo arancelario para el ciclo comercial 2025/2026, que comenzó a operar a partir del 1 de julio. En total 69 empresas resultaron beneficiarias, entre establecimientos frigoríficos y grupos de productores exportadores, sumando a 7 nuevos participantes para este período.

A la fecha, Argentina ya ejecutó un 8,5% del total de dicha cuota, con precios promedios que continúan en torno a los 18.000 USD/t.

La Cuota Hilton es un contingente arancelario de exportación de carne vacuna sin hueso de alta calidad y valor que la Unión Europea otorga a países productores y exportadores de carnes, con una preferencia arancelaria del 20%. Argentina es beneficiaria del 44% de la cuota global concedida por la Unión Europa; los demás países beneficiarios de la cuota son Estados Unidos y Canadá (17%), Brasil (15%), Australia (11%), Uruguay (10%), Nueva Zelanda (2%) y Paraguay (1%).

Fuente: Prensa Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca 

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El Campo

Brasil va camino a romper nuevos récords en soja en el ciclo 2025/26 a pesar de que el negocio agrícola está complicado

La oficina del USDA en Brasilia proyecta que el cultivo de soja en Brasil seguirá creciendo en 2025/26 de la mano de una expansión del área, que sería de 49,1 millones de hectáreas versus 57,6 millones en 2024/25.

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Con una hipótesis de clima favorable e inversiones tecnológicas adecuadas, los técnicos del USDA estiman de manera preliminar que Brasil podría lograr una cosecha de soja de 176 millones de toneladas en la próxima campaña contra 169,5 millones en el ciclo 2024/25.

“A pesar de los rendimientos récord, persisten los desafíos financieros en 2025 debido a los altos costos de los insumos y al aumento de las tasas de interés”, advierte el informe.

El fuerte aumento de las tasas de interés internas –del 10,5% al 15% anual durante el último año–incrementó significativamente los costos de financiamiento, lo que se agravó luego de que el gobierno decidiera recortar los subsidios destinados al sector.

“Las presiones financieras, combinadas con el estancamiento de los precios de las materias primas, el aumento de los costos de producción y la sobreinversión anterior durante los picos de precios, llevaron a un aumento de los incumplimientos de préstamos y de las solicitudes de recuperación judicial entre los productores agrícolas brasileños a pesar de los sólidos pronósticos de producción”, indica el USDA.

En el frente externo la demanda está más que asegurada. Las exportaciones de poroto de soja de Brasil a China siguen creciendo en desmedro de la participación de EE.UU.

El USDA estima que en 2025/26 la oferta exportable de soja brasileña sería de 114,0 millones de toneladas, un nuevo récord histórico, frente a los 108,3 millones de ciclo anterior.

En 2022 la compañía china Cofco obtuvo la concesión a 25 años de la terminal de graneles sólidos agrícolas STS11 en Santos, donde la empresa está realizando una ampliación que llevará la capacidad inicial de 3,0 a 14,3 millones de toneladas anuales.

“Se prevé que las operaciones de STS11 comiencen en 2026. La estación se convertirá en una de las más grandes del Puerto de Santos, que actualmente representa casi el 30 % de las exportaciones totales de soja, lo que indica que esta inversión en la ampliación de la capacidad portuaria podría ser un factor decisivo en el mercado de exportación de soja”, remarca el documento.

La oficina del USDA en Brasilia aumentó además su proyección original para la molienda de soja en Brasil a 57 millones de toneladas, un aumento del 2,1% con respecto al año anterior, lo que permitirá abastecer la creciente demanda del sector de proteínas animales como el nuevo corte de biodiésel del 15% (B15).

“El complejo de la soja (granos, harina y aceite) desempeña un papel cada vez más crucial en la actividad económica interna de Brasil, conectando la agricultura con las cadenas de producción de energía (biodiésel) y alimentos”, destaca.

El consumo interno de harina de soja para 2025/26 sería de 21,8 millones de toneladas contra 21,5 millones en el ciclo anterior, mientras que el de aceite de soja sería de 10,1 millones de toneladas contra 10,0 millones.

Fuente: Bichos de Campo

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