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Nacionales

El Gobierno oficializó la prohibición de despidos hasta fin de año

A través de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) el Gobierno oficializó hoy la prohibición de efectuar despidos sin justa causa o falta o disminución de trabajo y fuerza mayor, hasta el 31 de diciembre próximo.

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Hasta esa fecha, además, quedan prohibidas las suspensiones por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo, según el Decreto 413/2021 publicado este lunes en el Boletín Oficial.

El Poder Ejecutivo aclaró que la medida se dictó en el marco de la emergencia pública en materia sanitaria declarada por la Ley N° 27.541, ampliada por el Decreto N° 260/20 y su prórroga establecida por el Decreto N° 167/21, y la emergencia pública en materia ocupacional declarada por el Decreto Nº 34/19 y ampliada por sus similares Nros. 528/20, 961/20 y 39/21.

Quedan exceptuadas de esta prohibición y de los límites temporales previstos por los artículos 220, 221 y 222 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744, las suspensiones efectuadas en los términos del artículo 223 bis de esa norma, como consecuencia de la emergencia sanitaria.

Los despidos y las suspensiones que se dispongan en violación de lo dispuesto, «no producirán efecto alguno y se mantendrán vigentes las relaciones laborales existentes y sus condiciones actuales», según el texto oficial.

Asimismo, las prohibiciones previstas en el DNU no serán aplicables a las contrataciones celebradas con posterioridad a la entrada en vigencia del Decreto N° 34/19, ni respecto del personal que preste servicios en el ámbito del Sector Público Nacional, con independencia del régimen jurídico al que se encuentre sujeto y de la naturaleza jurídica de la entidad empleadora.

Quedan también exceptuados de tales prohibiciones, quienes se encuentren comprendidos en el régimen legal de trabajo para el personal de la industria de la construcción regulado por la Ley Nº 22.250.

El Gobierno estableció además que hasta el 31 de diciembre se prorroga también lo dispuesto por el artículo 7° del Decreto Nº 39/21, respecto de la totalidad de los trabajadores dependientes incluidos en el ámbito de aplicación personal de la Ley N° 24.557 sobre Riesgos del Trabajo y que hayan prestado efectivamente tareas en sus lugares habituales, fuera de su domicilio particular.

El financiamiento de estas prestaciones será imputado al Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales, y deberá garantizarse el mantenimiento de una reserva mínima equivalente al 10% de los recursos, con el objeto de asistir el costo de cobertura prestacional de otras posibles enfermedades profesionales, según se determine en el futuro, puntualizó el DNU.

La Casa Rosada justificó la prohibición de despidos y suspensiones hasta fin de año al señalar que «la segunda ola de COVID-19 que azota al país debe ser acompañada por medidas acordes que contemplen la protección de la salud de la población y coadyuven a morigerar el impacto de las medidas sanitarias sobre el empleo». (Télam)

«En función de ello, es necesario acompañar las medidas de emergencia prorrogando la adopción de aquellas que resguardan los puestos de trabajo, como herramientas de política laboral necesarias para la protección de las trabajadoras y los trabajadores, asegurándoles que esta crisis excepcional no les hará perder sus puestos de trabajo», añadió.

Fuente: telefenoticias.com.ar

Nacionales

En febrero las jubilaciones, pensiones y asignaciones aumentarán 2,7 por ciento

ANSES, organismo dependiente del Ministerio de Capital Humano, informa que las jubilaciones, pensiones y asignaciones tendrán un incremento en febrero del 2,7 por ciento, por la fórmula de movilidad que toma como referencia el Índice de Precios al Consumidor (IPC) de diciembre publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).

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Además, los titulares de jubilaciones y pensiones con haberes mínimos cobrarán, con el calendario de pagos habitual, un bono de 70 mil pesos, por lo que ningún jubilado o pensionado recibirá menos de 343.086,50 pesos (273.086,50 pesos de haber mínimo con aumento + 70 mil pesos de bono)En tanto, quienes tengan haberes inferiores a esa cifra tendrán un bono proporcional hasta alcanzar dicho haber mínimo.

La Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) será de 288.469,20 (218.469,20 pesos de haber con aumento + 70 mil pesos de bono) y las Pensiones No Contributivas (PNC) por Invalidez y Vejez, de 261.160,55 pesos (191.160,55 pesos de haber con aumento + 70 mil pesos de bono).

En tanto, la Asignación Universal por Hijo (AUH) ascenderá a 98.128 pesos; la AUH por Hijo con Discapacidad, a 319.525 pesos, y la Asignación Familiar por Hijo, a 49.066 pesos para el primer rango de ingresos.

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Nacionales

El Gobierno oficializó la medida que permite el autoservicio de combustibles

El Gobierno nacional publicó hoy en el Boletín Oficial la disposición que permite el autoservicio de combustibles en las estaciones de servicio.

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El decreto 46/2025 firmado por la Secretaría de Energía reglamenta la posibilidad de que un usuario pueda despacharse nafta y gasoil por sí mismo.

Para el Gobierno, la medida impactará en «un precio diferenciado más bajo, con claro beneficio para el consumidor», ya que las estaciones de servicio tendrán menos gastos.

Se trata de una actividad que está permitida en países como Estados Unidos, Uruguay y Paraguay, además de estados integrantes de la Unión Europea.

El anuncio lo había efectuado el año pasado el ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, pero recién se oficializó este miércoles con su entrada en vigencia en el Boletín Oficial.

En la Ciudad de Buenos Aires y Mendoza se dieron pruebas piloto de este nuevo sistema en estaciones de servicio de YPF y Shell, luego de que se expidieran permisos especiales, ya que comenzaron antes de que la norma estuviera reglamentada.

El autoservicio de combustibles no se aplicará, en principio, en provincias como Buenos Aires, La Pampa y Jujuy, donde está prohibido implementar este tipo de servicios, de acuerdo a lo que establecen leyes locales, que restringen la operación de surtidores a personas ajenas al personal de las estaciones de expendio.

La idea de los estacioneros es comenzar a brindar un servicio mixto, en el que se incorporará el autodespacho, pero se mantendrá a los playeros para cargar el combustible de la manera habitual.

El autoservicio puede ser útil para los horarios nocturnos y las pocas fechas en el año en que las estaciones de servicio no funcionan, como Navidad y Año nuevo en ciertos horarios.

Fuente: NA – telefenoticias.com.ar

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ANSES realiza operativos de atención en todo el país

El organismo dependiente del Ministerio de Capital Humano, informa que recibe consultas y realiza trámites de la Seguridad Social en distintos puntos del país.

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Los interesados pueden acercarse con DNI y la documentación requerida para realizar gestiones sobre la Asignación Universal por Hijo y por Embarazo, asignaciones familiares y de pago único (Asignación por Nacimiento, Matrimonio y Adopción), presentación del certificado escolar, Prestación por Desempleo, Tarifa Social, cambio de lugar de cobro, designación de apoderados, generación de Clave de la Seguridad Social, constancia de empadronamiento a una Obra Social, actualización de datos personales, entre otras.

Las ubicaciones, los días y horarios pueden consultarse aquí

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