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Nacionales

Del campo a la mesa: El precio del trigo aumenta 8 veces en la cadena productiva

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Se trata de un informe de Fundación FADA en el que lanzó su característico “indicador del precio” en esta oportunidad del pan. “Desde que el trigo sale del campo hasta el pan que compra el consumidor, el precio se multiplicó 8 veces”, detalla.

Un informe de la Fundación Agropecuaria para el Desarrollo de Argentina (FADA) reflejó que el precio del trigo se multiplica por 8 desde que sale del campo hasta que llega como pan hasta la mesa del consumidor.

Según detalla el documento, de ese precio, el 10,6% corresponde a los costos de producción más el resultado económico del cultivo de trigo, el 2% son impuestos sobre la producción y el 87,4% restante está compuesto por la etapa del molino, la panadería y los impuestos de dichas actividades, incluido el IVA.

El estudio de FADA realizó un recorrido sobre cómo se conforma el precio del pan a medida que pasa por los distintos eslabones, desde el campo hasta llegar al consumidor, y tiene por objetivo contribuir a la transparencia y a reducir la desinformación, para obtener la mejor foto posible de por qué este alimento vale lo que vale, y así poder identificar dónde pueden estar los principales problemas de la cadena.

Según esta última medición, “desde que el trigo sale del campo hasta el pan que compra el consumidor, el precio se multiplicó 8 veces”, explicó Natalia Ariño, economista de FADA.

En ese camino productivo, el precio se va componiendo por los costos (59%), impuestos (25%) y el resultado (16%). “Esto quiere decir que, de 1 kg de pan, 590 grs. representan los costos de producirlo y 250 grs. son impuestos y 160 grs. el resultado”, se explayó Ariño.

El informe sostiene que el productor comercializa el kilo de trigo a $12,44, que expresado en términos de kilo de pan con la aplicación del rendimiento correspondiente, representa $12,91. En lo que respecta a los costos, el transporte significa el 0,9% del precio del pan, y los costos de labores el 2,5%.

Por otro lado, el molino harinero compra el trigo a $12,91, e incurre en costos, que expresados en kilos de pan representan $4,60, y también tiene impuestos por $1,17, para obtener un resultado neto de $0,82 y obtiene por la harina $19,50.

Y finalmente, según FADA, en la panadería se produce el mayor salto del precio en la cadena, donde el comercio compra la harina al precio que sale de la industria ($19,50) e incurre en costos que se llevan casi la mitad del precio del pan, equivalente a $46,57, en promedio, tiene impuestos por $12,84 y un resultado aproximado de $14,24 por kilo de pan vendido.

Fuente: infocielo.com

Nacionales

Calendarios de pagos de febrero

ANSES, organismo dependiente del Ministerio de Capital Humano, comunica los calendarios de pagos de febrero para jubilados, pensionados y titulares de Pensiones No Contributivas, Asignación Universal por Hijo, Asignación por Embarazo, por Prenatal, por Maternidad, Asignaciones Familiares, de Pago Único y Prestación por Desempleo.

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Jubilaciones y pensiones que no superen un haber mínimo

• DNI terminados en 0: 9 de febrero

• DNI terminados en 1: 10 de febrero

• DNI terminados en 2: 11 de febrero

• DNI terminados en 3: 12 de febrero

• DNI terminados en 4: 13 de febrero   

• DNI terminados en 5: 18 de febrero

• DNI terminados en 6 y 7: 19 de febrero

• DNI terminados en 8 y 9: 20 de febrero

Jubilaciones y pensiones que superen un haber mínimo

• DNI terminados en 0 y 1: 23 de febrero

• DNI terminados en 2 y 3: 24 de febrero

• DNI terminados en 4 y 5: 25 de febrero

• DNI terminados en 6 y 7: 26 de febrero

• DNI terminados en 8 y 9: 27 de febrero

Asignación Universal por Hijo y Asignación Familiar por Hijo

• DNI terminados en 0: 9 de febrero

• DNI terminados en 1: 10 de febrero

• DNI terminados en 2: 11 de febrero

• DNI terminados en 3: 12 de febrero

• DNI terminados en 4: 13 de febrero

• DNI terminados en 5: 18 de febrero

• DNI terminados en 6: 19 de febrero

• DNI terminados en 7: 20 de febrero

• DNI terminados en 8: 23 de febrero

• DNI terminados en 9: 24 de febrero

Asignación por Embarazo

• DNI terminados en 0: 10 de febrero

• DNI terminados en 1: 11 de febrero

• DNI terminados en 2: 12 de febrero

• DNI terminados en 3: 13 de febrero

• DNI terminados en 4: 18 de febrero

• DNI terminados en 5: 19 de febrero

• DNI terminados en 6: 20 de febrero

• DNI terminados en 7: 23 de febrero

• DNI terminados en 8: 24 de febrero

• DNI terminados en 9: 25 de febrero

Asignación por Prenatal

• DNI terminados en 0 y 1: 11 de febrero

• DNI terminados en 2 y 3: 12 de febrero

• DNI terminados en 4 y 5: 13 de febrero

• DNI terminados en 6 y 7: 18 de febrero

• DNI terminados en 8 y 9: 19 de febrero

Asignación por Maternidad

• Todas las terminaciones de documento: 11 de febrero al 12 de marzo

Asignaciones Pago Único (Matrimonio, Nacimiento, Adopción)

• Todas las terminaciones de documento: 10 de febrero al 12 de marzo

Pensiones No Contributivas

• DNI terminados en 0 y 1: 9 de febrero

• DNI terminados en 2 y 3: 10 de febrero

• DNI terminados en 4 y 5: 11 de febrero

• DNI terminados en 6 y 7: 12 de febrero

• DNI terminados en 8 y 9: 13 de febrero

Asignaciones Familiares de Pensiones No Contributivas

• Todas las terminaciones de documento: 9 de febrero al 12 de marzo

Prestación por Desempleo

• DNI terminados en 0 y 1: 24 de febrero

• DNI terminados en 2 y 3: 25 de febrero

• DNI terminados en 4 y 5: 26 de febrero

• DNI terminados en 6 y 7: 27 de febrero

• DNI terminados en 8 y 9: 2 de marzo

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Nacionales

El Gobierno volvió a postergar parte del aumento a los combustibles

Se trata de una medida que busca mitigar el impacto de las actualizaciones mensuales en el bolsillo de los usuarios.

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El Gobierno volvió a postergar una parte de los aumentos en los impuestos a los combustibles líquidos y al dióxido de carbono previstos en la Ley 23.966, según indica el Decreto 74/2026 publicado este viernes en el Boletín Oficial.

La norma modifica el Decreto 617/2025 y sus cambios posteriores, que habían fijado para el 1° de febrero de 2026 la entrada en vigencia de los incrementos remanentes de esos tributos derivados de las actualizaciones de 2024 y de los tres primeros trimestres de 2025 para naftas y gasoil.

Con el nuevo decreto, el Poder Ejecutivo dispone que esos aumentos se apliquen de manera parcial y escalonada, con el objetivo de «continuar estimulando el crecimiento de la economía a través de un sendero fiscal sostenible» en lo referido a nafta sin plomo, nafta virgen y gasoil.

Para los hechos imponibles que se perfeccionen entre el 1° y el 28 de febrero de 2026, la norma fija un incremento del monto fijo actualizado del impuesto a los combustibles líquidos de $16,773 por litro para las distintas naftas y de $14,372 para el gasoil, al tiempo que eleva el tributo al dióxido de carbono en $1,027 para las naftas y $1,638 para el gasoil.

En el caso del tratamiento diferencial para el gasoil destinado al consumo en la Patagonia, Malargüe y Patagones, se determina además un aumento específico de $7,782 en el monto fijo actualizado del gravamen contemplado en el artículo 7 inciso d) de la Ley 23.966.

El decreto también reemplaza en el artículo 1 del Decreto 617/2025 la fecha de entrada en vigencia plena de los incrementos, que pasa del 1° de febrero al 1° de marzo de 2026, extendiendo así un mes más el cronograma de aplicación de los aumentos pendientes.

La medida, firmada por el presidente Javier Milei; el Jefe de Gabinete, Manuel Adorni y el ministro de Economía, Luis Caputo, regirá desde el 1° de febrero de 2026 inclusive.

Fuente: NA – telefenoticias.com.ar

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Nacionales

Declaran la emergencia ígnea en cuatro provincias por incendios en la Patagonia

La medida abarca tanto la presupresión y combate del fuego como la restauración de las zonas afectadas y la prevención de nuevos focos.

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El Gobierno nacional declaró por decreto la Emergencia Ígnea por un año en las provincias de Chubut, Río Negro, Neuquén y La Pampa, a raíz de los incendios que afectan la región patagónica.

La medida se dispuso mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia 73/2026, firmado en acuerdo general de ministros, y abarca tanto la presupresión y combate del fuego como la restauración de las zonas afectadas y la prevención de nuevos focos.

Según pudo saber la Agencia Noticias Argentinas, el decreto también declara zona de desastre a los territorios comprometidos en esas provincias, en el marco de la Ley 27.287 de Gestión Integral del Riesgo y Protección Civil.

La norma encomienda a la Agencia Federal de Emergencias, dependiente del Ministerio de Seguridad Nacional, la coordinación de acciones de prevención, combate de los incendios, asistencia a la población y apoyo a provincias y municipios para la recomposición social y productiva.

El texto fundamenta que la sequía, los vientos intensos y la magnitud de los incendios en el Parque Nacional Los Alerces y áreas cercanas superaron la capacidad de respuesta local y ponen en riesgo bienes, el ambiente y la vida de las personas.

El Poder Ejecutivo justificó el uso del DNU al considerar que el trámite legislativo ordinario demoraría la adopción de medidas urgentes, y dispuso dar cuenta de la decisión a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso.

Fuente: NA – telefenoticias.com.ar

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