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Confirmaron la condena a prisión perpetua

Fue impuesta al autor de un homicidio cometido con alevosía y ensañamiento en el marco de un rito pagano en Amenábar.

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Así fue dispuesto por unanimidad por un tribunal de segunda instancia que rechazó los agravios presentados por la Defensa. El condenado es Carlos Emanuel Lucero, de 38 años, quien en 2020 le quitó la vida a Juan Marcos Correa, decapitó el cadáver y enterró las partes cerca de un altar en homenaje al santo pagano San La Muerte. La fiscal que representó al MPA en la audiencia de apelación es Rafaela Florit.

Un tribunal de segunda instancia confirmó íntegramente la sentencia por la cual un hombre de 38 años identificado como Carlos Emanuel Lucero fue condenado a prisión perpetua. La pena se le impuso como autor del homicidio de Juan Marcos Correa, cometido con alevosía y ensañamiento en el marco de un rito pagano llevado a cabo en 2020 en la localidad de Amenábar (departamento General López).

El fallo de la Alzada fue dispuesto por los camaristas Daniel Curik (presidente), Juan Pablo Lavini Rosset y Bibiana Alonso, luego de una audiencia de apelación realizada de manera remota en los tribunales de Venado Tuerto. La fiscal que representó al MPA es Rafaela Florit, quien junto con el fiscal Mauro Menéndez había estado a cargo de la investigación. A su vez, una hermana de Correa fue escuchada por el tribunal en una audiencia de víctima.

Florit informó que “el abogado defensor de Lucero recurrió el fallo y, tal como pedimos desde el MPA, el tribunal rechazó todos los planteos en contra de lo ordenado en primera instancia”. Indicó que “la Defensa cuestionó las agravantes del ilícito y pretendió que la calificación penal cambiara a homicidio simple y disminuyera la pena, lo cual no correspondía”.

Ritual

La fiscal recordó que “entre el domingo 27 y el miércoles 30 de septiembre de 2020, el condenado le quitó la vida a Correa con el objetivo de hacer un sacrificio humano al santo pagano San La Muerte”.

La funcionaria del MPA mencionó que “el defensor sostuvo que al no haberse podido determinar con rigor científico cuál de diferentes lesiones que recibió la víctima es la que resultó letal, no era posible saber si atravesó un período de sufrimiento excesivo, cruel e innecesario, como exige el ensañamiento”. Sin embargo, Florit detalló que “la prolongación de la agonía tuvo que ver con el móvil del ilícito”, y puntualizó que, “como explicó un experto en teología dogmática que declaró en el juicio, el ritual no podía funcionarle a Lucero si no lo hacía de una manera concreta”.

Asimismo, en un voto al que adhirieron los otros dos integrantes del tribunal, el juez Curik coincidió con sus pares de primera instancia en que “las razones de la muerte estaban guiadas por el valor simbólico de una ofrenda trascendente a lo humano a través de una práctica que requeriría por sí misma un sufrimiento extraordinario a la víctima”, y apuntó que “el dolor extra es parte de la esencia del sacrificio”.

En cuanto a la alevosía, que la Defensa también cuestionó, la fiscal señaló que “el condenado cometió el ataque de manera sorpresiva, mientras la víctima estaba en una situación de indefensión física y psicológica en un lugar desolado”. En relación a ello, el presidente del tribunal de la Alzada destacó que “es dato sobresaliente que era necesario para Lucero obrar sobre seguro, para poder cumplir así con el rito de la ofrenda de sangre y vida”.

Por otro lado, Florit refirió que “el abogado defensor criticó el valor probatorio de los testimonios de dos hombres que estuvieron detenidos con Lucero en una comisaría”, y relató que “él les confesó que había matado a Correa, cómo y por qué lo había hecho y les dio datos que permitieron hallar el cadáver”. Resaltó que “lo que contaron no era conocido por terceros y nadie apareció luego desmintiéndolo”.

El presidente del tribunal de segunda instancia consideró que en el fallo recurrido hay una “adecuada inferencia formulada a partir del develamiento efectuado por Lucero a dos compañeros en el lugar de encierro y la compatibilidad de lo develado con los rastros objetivos levantados luego de la escena del crimen, en especial las secuelas dejadas en el cuerpo de la víctima”.

En tanto, el juez Curik afirmó que “los argumentos que sustentan la impugnación carecen de fuerza suficiente para revertir el pronunciamiento de condena puesto en crisis”, y subrayó que la sentencia del juicio oral “cuenta con un desarrollo argumental que da sobradamente sustento para disponer su ratificación”.

Plan previo

Florit expuso que “a sabiendas de que Correa era adicto a estupefacientes y vivía en condiciones de vulnerabilidad, Lucero lo condujo mediante engaños a un monte conocido como el ‘nuevo basural’, en la localidad de Amenábar”. Aseveró que “a partir de un plan previo, el condenado llevó cigarrillos de marihuana y un cuchillo”.

“Para concretar el homicidio, Lucero le dio un golpe de puño a Correa y luego utilizó el arma blanca para hacerle numerosos cortes y extraerle el corazón, lo que causó su fallecimiento”, especificó la representante del MPA. “Después decapitó el cadáver y enterró las partes cerca de un altar en homenaje al santo pagano San La Muerte”, manifestó.

Por último, la fiscal planteó que “además de contarles lo que había sucedido a sus dos compañeros de detención, el condenado le aseguró por teléfono a un amigo que había matado a un abusador, cuya alma había ofrendado para pagar una deuda en el marco de su culto”. Según explicitó, “años antes, Correa había sido investigado por un delito contra la integridad sexual, en el marco de un legajo que finalizó por la prescripción de la acción penal en 2017”.


Fuente: Oficina de Prensa y Difusión – Fiscalía General – Ministerio Público de la Acusación

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Paso clave de Galnares: la marcha san lorenzo a un paso de ser obligatoria en toda la provincia

La Cámara de Diputados de Santa Fe otorgó media sanción al proyecto impulsado por la diputada provincial Sofía Galnares y el intendente de Venado Tuerto Leonel Chiarella, que propone incorporar de manera obligatoria la entonación de la Marcha “San Lorenzo” en todos los actos oficiales celebrados en territorio santafesino. La iniciativa busca reconocer su profundo valor histórico, cultural y educativo, y destacar su origen provincial.

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“En Venado Tuerto estamos acostumbrados a escucharla en cada acto, pero en otras localidades de la provincia eso no sucede. Esta ley viene a saldar esa deuda simbólica, reafirmando el federalismo y poniendo en valor una obra nacida en suelo santafesino”, sostuvo la legisladora.

La iniciativa propone que, junto al Himno Nacional Argentino, se incorpore de manera institucional esta emblemática composición como parte del protocolo oficial en fechas patrias y ceremonias públicas.

La Marcha “San Lorenzo” fue compuesta en 1901 por Cayetano Alberto Silva en Venado Tuerto y oficializada por el Ejército Argentino en 1902. Años más tarde, Carlos Benielli incorporó su letra, consolidando una de las piezas más representativas del repertorio patriótico nacional.

“Hoy dimos un paso muy importante para que la Marcha ‘San Lorenzo’, que nació en nuestra provincia, ocupe el lugar que merece en todos los actos oficiales. Es un reconocimiento a nuestra historia y a nuestra identidad santafesina”, expresó Galnares tras la votación.

El proyecto contó con el respaldo del intendente Chiarella y con los aportes de especialistas en historia, música y cultura, quienes contribuyeron a fortalecer sus fundamentos desde una perspectiva académica y pedagógica. Entre ellos se destacan la profesora Alejandra García; el Dr. Roberto Landaburu; el director de la Banda Municipal, Ezequiel Fernández; Patricia Quiroga; y la secretaria de Territorialidad y Desarrollo Cultural, Miriam Carabajal.

“Queremos que esta ley no solo ordene un protocolo, sino que también funcione como herramienta educativa. La Marcha ‘San Lorenzo’ permite transmitir valores, fortalecer el patriotismo y enseñar nuestra historia a las nuevas generaciones”, agregó Galnares.

Tras la media sanción en Diputados, la iniciativa deberá ahora ser tratada en la Cámara de Senadores para su aprobación definitiva.

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Calaianov impulsa bajar costos laborales no salariales: “reglas claras que cuiden al trabajador sin frenar a quien produce”

El diputado provincial Leo Calaianov impulsa, desde la Comisión de Industria, Comercio y Turismo de la Cámara de Diputados, una agenda orientada a mejorar la competitividad de las empresas santafesinas y sostener el empleo, promoviendo consensos para avanzar en un proyecto de ley que ordene el sistema de ART en la provincia, reduzca la litigiosidad por accidentes laborales y baje los costos laborales no salariales que hoy afectan especialmente a pymes e industrias.

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En ese marco, Calaianov acompañó el trabajo conjunto de la comisión con entidades del sector productivo como FISFE, la Asociación de Abogadas y Abogados Laboralistas y el Colegio de Médicos Legistas, para proyectar una ley clave para la producción y el trabajo, construyendo reglas claras que cuiden al trabajador sin frenar a quienes producen.

“Un sistema laboral más ágil y ordenado es clave para que haya más inversión y más empleo en el sur santafesino”, señaló. Las propuestas buscan un impacto concreto en Venado Tuerto y la región, fortaleciendo el desarrollo productivo y la generación de empleo genuino.

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Operativo policial con resultados positivos

En la tarde de ayer, personal policial de la Comisaría 7ª de Teodelina secuestró elementos de interés para una causa y detuvo a un joven de 23 años.

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Teodelina. El procedimiento se realizó en el marco de una causa por robo ocurrido el 15 de febrero de 2026 en Teodelina, es por ello que la policía realizo un allanamiento en un domicilio de calle B. Martínez, entre Mitre y C. Gaggieri, donde se procedió al secuestro de un termo azul marca Stanley, un termo negro tipo botella, una remera, un parlante y equipos de telefonía celular.

Como resultado del operativo fue detenido un joven de 23 años, quien fue trasladado a sede policial.

La fiscalía dispuso que lo notifiquen de la causa por el delito de robo y permanezca detenido hasta la audiencia imputativa.

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