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Condenan por femicidio al novio de Chiara Páez, asesinada en Rufino

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El fiscal apelará el fallo porque considera que la condena tiene que agravarse por el vínculo entre el victimario y la víctima.

El juez penal Adrián Godoy resolvió la situación procesal del novio de Chiara Páez, la menor asesinada el 10 de mayo del año pasado, declarándolo responsable como autor penalmente responsable del delito de homicidio calificado por femicidio y no por el vínculo. La resolución fue apelada por el fiscal de la causa, Eduardo Lago, que pretende que el joven sea responsabilizado por el agravante del vínculo.

La causa será elevada a la Cámara Penal. Resta esperar que el juez de Menores, Javier Prado, fije la pena. Al respecto, cabe recordar que el fiscal de Rufino, Mauricio Clavero, investiga a la familia del joven por su posible participación en el hecho.

Como se recordará, Chiara Albertina Páez, de 14 años de edad y embarazada de dos meses, sostenía una relación de pareja al momento del hecho con Manuel M. G., y fue asesinada el 10 de mayo de 2015 en la ciudad de Rufino tras mantener relaciones sexuales con el menor hallado responsable.

La chica había recibido un corte en el cuello producido con un cuchillo y varios golpes en la cabeza. Su cadáver fue enterrado en el patio trasero de la vivienda del domicilio del chico, que compartía con sus abuelos, su madre y la pareja de ésta, en bulevar San Martín 818 de la ciudad de Rufino.

En la investigación actuaron en forma paralela los fiscales y jueces de mayores y de menores.

Por el hecho se detuvo también a la madre y al padrastro del muchacho, quienes fueron dejados en libertad por falta de pruebas, si bien la investigación paralela de la Justicia de mayores continúa.

Apelación. Si bien el fiscal de la causa, Eduardo Lago, se mostró satisfecho con el fallo en cuanto a la declaración de autoría material y responsabilidad penal de Manuel M. G., ya que la misma se funda en su propia investigación ante el Juzgado de Menores de Javier Prado, no coincide con la calificación de los hechos ya que tras finalizar su investigación acusó al joven como autor de homicidio doblemente calificado por el vínculo y el género (femicidio).

Para Lago, «el juez Godoy redujo esta calificación solamente al delito de femicidio, dejando de lado el agravante basado en la relación existente entre ambos jóvenes. El fiscal, al acusar, además del femicidio probó que existía una relación de noviazgo, admitida por el propio Manuel M. G., que además era públicamente conocida por familiares, amigos y en general por la comunidad de Rufino».

Con la sentencia actual, el joven se enfrenta a la posibilidad de ser condenado a prisión perpetua, pena máxima del Código Penal, que en este caso, por ser menor el autor, se limitaría legalmente a quince años de prisión.

En caso de hacer lugar a la apelación la Cámara Penal que intervenga, la situación material del menor se agravaría sensiblemente, si bien el límite de la pena sería el mismo.

El caso. Chiara Páez estaba de novia desde hacía unos ocho meses y embarazada de ocho semanas. Fue vista por última vez la medianoche del sábado 9 de mayo de 2015, cuando se despidió de un encuentro con amigas y prometió volver, algo que no sucedió nunca. Después de una intensa búsqueda, su cuerpo fue hallado sin vida el lunes 11, enterrado en el patio de la casa de su novio.

El caso fue tan conmocionante que desató todo un movimiento —»Ni una menos»—, y que generó marchas en todo el país. Entre ellas, las que tuvieron lugar en la misma Rufino, donde los familiares de la joven se pusieron al frente. La causa fue una de las primeras investigaciones sobre femicidio en Santa Fe tras la reforma al Código Penal que introdujo esa figura.

Fuente: Carlos Walter Barbarich – lacapital.com.ar

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Alerta alimentaria

Desde Cabina Sanitaria de la Municipalidad de Rufino se informa que se tomó muestra en la ciudad del producto ACEITE DE OLIVA «TIERRA DE OLIVA» y el resultado fue con «no conformidades», por lo que se debe retirar de comercialización.

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CONCLUSIÓN DEL ANÁLISIS DEL LABORATORIO:

REGISTROS INEXISTENTES SEGÚN CONSULTA DE SIFEGA N° 12203 y 12204. INFRACCIÓN LEY N° 18284 – ART 3° Y DECRETO N° 2126/71 ANEXO II ART 3° (DEC 2092-10.10.9) Y AL CAA, CAPÍTULO V NORMAS PARA LA ROTULACIÓN Y LA PUBLICIDAD DE LOS ALIMENTOS (RESOLUCIÓN CONJUNTA SPRYRS 149/2005 y SAGPYA 683/2005) – ANEXO 1 RESOLUCIÓN GMC N° 26/03 REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR PARA ROTULACIÓN DE ALIMENTOS ENVASADOS (DEROGA LA RES. GMC N° 21/02) – 3 – PRINCIPIOS GENERALES -3.1.a) Y LOS ARTÍCULOS 6 BIS -(RES 49, 27.1.86), 13 (RESOLUCIÓN CONJUNTA RESFC-2019-19-APN-SRYGS=MSYDS N° 19/2019) Y ARTÍCULO 155.

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Dos mujeres detenidas por robo y agresión

Personal de la Comisaría Tercera de Rufino iniciaron actuaciones que culminaron con la detención de dos mujeres, tras un hecho ocurrido en una vivienda de calle Azcuénaga al 300.

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Según se estableció, dos femeninas ingresaron al domicilio de otras mujeres, a quienes agredieron físicamente y les sustrajeron una valijita rosa de juguete que contenía dinero en efectivo.

Con intervención de la Fiscalía en turno, y mediante un operativo conjunto entre Comando Radioeléctrico, Comisaría Tercera y PDI de Rufino, se llevaron a cabo requisas en los domicilios de las sospechosas, logrando resultados positivos, con el secuestro de prendas de vestir, teléfonos celulares y un palo de escoba.

Ambas fueron aprehendidas y quedaron alojadas en sede policial. La valijita rosa de juguete fue recuperada sin el dinero.

Por disposición de la Fiscalía interviniente, se notificó a las dos femeninas de la causa por el delito de Robo calificado, lesiones leves dolosas calificadas, amenazas calificadas y violación de domicilio y que además permanezcan detenidas hasta la audiencia imperativa.

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Comunicado de Christian San Martin

Después de once años de trabajo en Aguas Santafesinas, ayer me avisaron que estaba despedido.

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Sin causa, sin explicación, sin respeto.

Así de simple.

Así de brutal.

Pero todos sabemos que esto no es casualidad.

Es una decisión política del Gobierno Provincial, que busca disciplinar, callar y marcarle la cancha a quienes nos animamos a pensar distinto, a comprometernos con la realidad de nuestra ciudad.

El Sindicato del Personal de Obras Sanitarias (SPOS) ya presentó la denuncia ante el Ministerio de Trabajo por el carácter arbitrario y persecutorio de este despido.

Y no están solos: todos los trabajadores que saben que cuando tocan a uno, nos tocan a todos.

Me echan por hablar, por militar, por no agachar la cabeza.

Pero no me van a doblar.

Porque el trabajo no es un privilegio, es un derecho.

Y cuando un gobierno usa el poder para castigar a un laburante, deja de representar al pueblo.

Lo más triste no es solo el despido.

Lo más triste es el silencio cómplice de funcionarios locales del Gobierno de Santa Fe, a esos que se esconden tras el silencio institucional, les digo: el miedo es de ustedes, no mío.

Yo voy a seguir de pie, con la frente en alto, defendiendo lo que soy:

un laburante, un militante, un vecino que ama su ciudad y no se vende.

No me van a callar.

No me van a borrar.

Porque cuando el silencio es ley, decir la verdad es un acto de rebeldía.

Christian San Martin

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