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La Justicia condenó al Banco de Santa Fe a pagar más de 10 millones de pesos a una clienta estafada virtualmente y citó una recomendación de la Defensoría del Pueblo

El juez consideró que la entidad no cumplió con su obligación de prestar los servicios conforme las condiciones legales y contractuales pactadas ni con su obligación de custodia sobre el dinero depositado.

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La Justicia provincial condenó al Nuevo Banco de Santa Fe a abonar una suma de más de 10 millones de pesos a una clienta que lo denunció luego de que alguien solicitara un préstamo en su nombre, a través de un mecanismo de estafa. En su fallo, el juez Marcelo Quaglia citó, entre otros elementos, una recomendación de la Defensoría del Pueblo a esa entidad para que mejorara los niveles de seguridad, con el objetivo de evitar este tipo de fraudes a través de canales electrónicos.

“Hacer lugar a la demanda y en consecuencia condenar a pagar a la actora (la clienta) la suma de $2.305 en concepto de gastos, $200.000 en concepto de daño moral y $10.000.000 en concepto de daño punitivo, todo con más los intereses establecidos en los fundamentos”, señala la parte resolutiva del fallo. Que añade en su punto 2: “Declarar la nulidad del acto jurídico préstamo de referencia y aquellos que sean su consecuencia, cesando los efectos generados en función de esos negocios, ordenando reintegrar a la cuenta del actor cualquier suma que haya sido debitada en razón de ellos, con más los correspondientes intereses desde la fecha de su débito”.

En junio de 2021, una clienta del Banco ingresó a su cuenta de homebanking y se encontró con que tenía un descuento de una suma significativa (la mitad de su sueldo) en concepto de cuota de un supuesto préstamo. En ese momento, denunció su tarjeta de débito y se comunicó con el número telefónico de la entidad bancaria, desde donde le comunicaron que efectivamente a su nombre había tomado un préstamo a pagar en 48 cuotas. En esa primera instancia le dijeron que el crédito había sido tomado a través del homebanking pero, posteriormente, y ante un correo electrónico de reclamo, se le dijo que había sido a través de un cajero automático.

El dinero acreditado producto de ese préstamo fue inmediatamente transferido a otra cuenta bancaria, cuyos datos la usuaria presentó ante la Justicia al realizar la denuncia. Esta modalidad se repite en la gran mayoría de los casos.

Si bien la mujer aseguró desde el primer momento que no había sido ella quien tomó el préstamo, el Banco de Santa Fe, de acuerdo con lo expresado en el fallo, consideró que “si no fue la actora quien realizó las operaciones y fuera cierto lo que expone en su demanda, quiere decir que la actora le brindó los datos esenciales (tarjeta de débito y contraseña) para operar por vía de online banking a un tercero por el cual su mandante no debe responder”. La entidad financiera opinó entonces que “la actora “incumplió” todas las recomendaciones brindadas por su mandante en los contratos” y que “incumplió sus obligaciones contractuales”. Por lo que desestimó dar de baja el préstamo y cualquier tipo de resarcimiento.

No obstante, en un extenso fallo el juez Marcelo Quaglia rechazó estos argumentos, y consideró que fue el Banco el que incumplió “con su obligación de prestar los servicios conforme las condiciones legales y contractuales pactadas (artículo 19 Ley de Defensa del Consumidor), no ha cumplimentado con su obligación de custodia sobre el dinero depositado incumpliendo con el deber de confianza que pesa sobre sus hombros (artículo 1067 Código Civil y Comercial), se ha violado la obligación de seguridad y la tutela de los intereses económicos del consumidor (artículos 5 y 40 LDC y 42 Constitución Nacional), se ha incumplido con la obligación de informar y advertir (artículos 42 CN, 4 y 6 LDC, 1100 y 1107 CCyC) y se ha incumplido el deber de prevención del daño que se impone a toda persona (artículos 1710 y ss. CCyC)”.

Además, el magistrado evaluó que “a todo ello debe adicionarse la ausencia de un trato equitativo y digno para con el actor, previo al planteo del proceso, así como durante su desarrollo”.

En contraposición de lo planteado por el banco, que ponía la responsabilidad en la clienta, el juez Quaglia recordó que el artículo 5 de la Ley de Defensa al Consumidor “establece, luego de definir la firma electrónica, que ‘en caso de ser desconocida la firma electrónica corresponde a quien la invoca acreditar su validez»‘. “Considero que tal es la situación que se ha planteado en esta causa, donde la actora expresamente (y en más de una ocasión) ha desconocido ser la autora de las operaciones electrónicas (imputadas a su parte debido a la supuesta firma electrónica que se le atribuye en el sistema creado por el demandado) que se le pretenden endilgar. En dicho contexto, y conforme lo dispone la normativa vigente, pesa sobre los hombros de la demandada (en el caso el NBSF SA) acreditar que la operación realizada ha sido efectuada por la actora, resultando insuficiente a tal fin la referencia a sistemas internos de validación de la entidad”, sentenció.

En su fundamentación, el magistrado, al dar cuenta que es una situación recurrente que escapa a la responsabilidad de un solo usuario bancario, Quaglia citó la recomendación 219 del 2022 de la Defensoría del Pueblo, en la que el organismo protector de derechos instaba a la entidad financiera a adoptar una serie de acciones para evitar las estafas virtuales, ante el incremento de estas prácticas delictivas. Los defensores Gabriel Savino y Jorge Henn habían solicitado entonces, entre otros puntos, que se aumenten las acciones preventivas, los registros que permitan la trazabilidad de los fondos y establezcan mecanismos de identificación positiva para casos de transacciones que no coinciden con el perfil de los usuarios financieros.

Entre otros aspectos, y basando su requerimiento en la normativa nacional vigente, los defensores habían pedido que, “en el marco de las regulaciones existentes incrementen las acciones preventivas para aquellas operaciones mediante canales electrónicos que no cumplen con los patrones de comportamiento establecidos por la entidad conforme con registros que deben contar y que permitan determinar la trazabilidad de las actividades efectuadas por el cliente posibilitando advertir situaciones sospechosas basados en características del perfil y patrón transaccional del cliente bancario”.

También solicitaron a la entidad financiera que, “además de requerir la confirmación o revalidar la instrucción del cliente mediante un segundo factor, por ejemplo un token dinámico, secretos compartidos, tarjeta de coordenadas, PIN, PIL, entre otras, en los casos en que no se cumple con los patrones de comportamiento establecidos por la entidad, verifique la identidad del cliente mediante técnicas de identificación positiva”. Y que a esto se le sume la validación a través de datos biométricos.

Nacionales

Milei criticó a la oposición y anunció medidas para defender el equilibrio fiscal

En su mensaje el Presidente criticó a la oposición, tras las derrotas oficialistas en el Congreso, advirtió sobre los «riesgos de volver al pasado».

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Luego de las derrotas del Gobierno en el Congreso y en el inicio de la campaña para las elecciones legislativas, el Presidente Javier Milei habló en cadena nacional este viernes por la noche. Analizó la situación económica actual, destacó los principales puntos de la gestión y anunció dos medidas destinadas a proteger el equilibrio fiscal. 

El mandatario comenzó agradeciendo el apoyo de la sociedad y remarcó que, tras un año y medio de gestión, los primeros resultados empiezan a verse: “La inflación se ha desplomado, pasando de una tasa interanual del 300% cuando asumimos, a una del 25%, y va camino a desaparecer para mitad del año que viene”. Además, destacó que “más de 12 millones de personas salieron de la pobreza, de los cuales 2,5 millones son jóvenes, y la indigencia bajó del 20,2% al 7,3%”.

Luego comenzó sus cuestionamientos a la oposición al afirmar que “no se puede arreglar en dos años lo que se destruyó en casi un siglo”. Sostuvo que el camino elegido es el del orden fiscal, monetario y cambiario, sin atajos ni gradualismos. “Nada valioso en la vida ocurre de la noche a la mañana”, expresó.

El mensaje también incluyó una fuerte advertencia sobre los proyectos de ley impulsados por el Congreso de la Nación, que, según el mandatario, “ponen en riesgo el superávit fiscal” al aumentar el gasto público sin financiamiento claro. Entre las iniciativas mencionadas se encuentran la reinstalación de la moratoria previsional, el aumento del salario docente y las prestaciones por discapacidad. “Estos proyectos representan un gasto anualizado de prácticamente 2,5% del PBI, lo que sería como sumar una YPF por año al presupuesto”, explicó el Presidente.

Respecto a eso el Gobierno anunció dos medidas concretas: la firma de una instrucción al Ministerio de Economía para prohibir que el Tesoro financie el gasto primario con emisión monetaria, y el envío de un proyecto de ley al Congreso para penalizar la aprobación de presupuestos nacionales con déficit. “Cada peso nuevo que quieran gastar tiene que tener un nombre y un apellido, tiene que decir de dónde sale y a quién se lo sacan”, enfatizó.

El Presidente también hizo un repaso histórico de las consecuencias de financiar el gasto público con emisión monetaria o suba de impuestos, recordando las crisis, hiperinflaciones y cambios de moneda que marcaron la vida de los argentinos. “Si aumentar el gasto público fuera la solución, seríamos el país más próspero del mundo”, ironizó.

En un tono cercano, el mandatario reconoció el sacrificio de la gente y pidió confianza en el rumbo elegido: “No vamos a volver atrás, no vamos a volver al pasado, no vamos a volver al sendero de la decadencia”. Y concluyó con un mensaje a la sociedad y al Congreso Nacional: “Les aseguro que este gobierno no va a claudicar en su lucha para eliminar la inflación, mantener el superávit fiscal y terminar con los privilegios de la política, con el objetivo de reencaminar el país en la senda del progreso y la prosperidad”.

Fuente: telefenoticas.com.ar

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Por la suba del dólar, empresas remarcan precios con subas de entre 3% y 9%

Los aumentos se aplicarán a partir de mañana para alimentos, bebidas y artículos de limpieza, entre otros.

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Debido a la escalada alcista del dólar durante esta semana, las compañías de alimentosbebidasartículos de limpiezahigiene y tocador enviaron las listas con remarcaciones y aumentos de entre 3% y 9% en sus precios.

Durante esta semana, el dólar registró una suba de 6% y un incremento de más de 13% en el mes de julio, que lo llevó a marcar niveles récord.

Esto hizo que el Banco Central (BCRA) saliera a secar la plaza de pesos mediante una suba de los encajes que las entidades deben tener.

Desde mañana, las empresas alimenticias aplicarán aumentos que se ubicarán entre 3% y 9% para alimentos, bebidas, artículos de limpieza entre otros productos.

La Coordinadora de Productores de Alimentos (COPAL), que representa a la mayoría de los sectores de la industria de alimentos y bebidas del país, envió la lista de precios a los supermercados y comercios, en donde los aumentos están plasmados en todos los rubros.

Arcor incrementará entre 3% y 5%, mientras que Mondelez subirá sus precios en toda su gama entre 7% y 9%. Por su parte, la multinacional Unilever aumentará 8%.

Softys, la empresa que fabrica papeles Élite, pañales Babysec y protectores diarios Ladysoft, indicó un aumento en su lista de precios del 7%Mastellone, de la marca La Serenísima, fue una de las que aplicó menor aumento (4%) al igual que Danone (3,5%), otra empresa de alimentos, lácteos y bebidas.

En el caso de las aceiteras, entre las que aumentarán 5% se encuentra Aceitera General Deheza y CañuelasSC Johnson, por su parte, modificará sus valores y los subirá un 7%.

Además, en los comercios barriales habrá subas de hasta 8% en cigarrillos, y también se esperan aumentos en harinas, galletitas y panificados.

Frente a esta situación, se espera que se inicie una negociación para tratar de que los ajustes “estén más cerca del 5% que del 10%”, dijo una fuente del sector supermercadista a NA.

NA pudo confirmar, además, que una compañía alimenticia de primera línea acercó a los supermercados una lista de precios con subas que van del 4% al 8%.

Fuente NA / telefenoticias.com.ar

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Vetos: Milei superó el promedio anual de Macri y se acerca al de Alberto Fernández

A poco más de un año y medio de gestión, el presidente Javier Milei ya rechazó cinco leyes del Congreso, y su promedio anual es más alto que el de su antecesor.

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El veto presidencial, una de las herramientas más poderosas del Poder Ejecutivo, funciona como un termómetro de la relación entre la Casa Rosada y el Congreso. Un análisis histórico revela que, si bien Carlos Menem lidera cómodamente en la cantidad total de vetos, son los períodos de mayor crisis institucional los que registran un uso más intenso de esta facultad.

El presidente Javier Milei, con los dos vetos firmados este sábado a las leyes previsionales, ya acumula cinco rechazos a leyes del Congreso en poco más de un año y medio de gestión. Su promedio anual de 3,0 vetos ya supera al de su antecesor, Mauricio Macri, y se acerca al de Alberto Fernández.

El ranking de vetos por promedio anual (1983-2025):

Para medir la intensidad del conflicto entre poderes, el indicador más preciso es el promedio de vetos por año de mandato. Bajo esta métrica, el ranking muestra que los períodos de mayor crisis son los que registran un uso más frenético de esta herramienta:

Eduardo Duhalde: 26,4

Fernando de la Rúa: 23,0

Carlos Menem: 18,5

Raúl Alfonsín: 8,9

Néstor Kirchner: 8,7

Alberto Fernández: 3,3

Javier Milei: 3,0

Cristina Kirchner: 2,6

Mauricio Macri: 2,0

El ranking por números absolutos:

Si se considera la cantidad total de vetos, el ranking es liderado de manera indiscutida por Carlos Menem, con 195 vetos en sus diez años de gobierno. Le siguen Raúl Alfonsín (49) y Fernando de la Rúa (46).

Fuente: Compilación basada en datos de la Dirección de Información Parlamentaria y Chequeado. Telefe Noticias

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