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Nacionales

La Justicia condenó al Banco de Santa Fe a pagar más de 10 millones de pesos a una clienta estafada virtualmente y citó una recomendación de la Defensoría del Pueblo

El juez consideró que la entidad no cumplió con su obligación de prestar los servicios conforme las condiciones legales y contractuales pactadas ni con su obligación de custodia sobre el dinero depositado.

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La Justicia provincial condenó al Nuevo Banco de Santa Fe a abonar una suma de más de 10 millones de pesos a una clienta que lo denunció luego de que alguien solicitara un préstamo en su nombre, a través de un mecanismo de estafa. En su fallo, el juez Marcelo Quaglia citó, entre otros elementos, una recomendación de la Defensoría del Pueblo a esa entidad para que mejorara los niveles de seguridad, con el objetivo de evitar este tipo de fraudes a través de canales electrónicos.

“Hacer lugar a la demanda y en consecuencia condenar a pagar a la actora (la clienta) la suma de $2.305 en concepto de gastos, $200.000 en concepto de daño moral y $10.000.000 en concepto de daño punitivo, todo con más los intereses establecidos en los fundamentos”, señala la parte resolutiva del fallo. Que añade en su punto 2: “Declarar la nulidad del acto jurídico préstamo de referencia y aquellos que sean su consecuencia, cesando los efectos generados en función de esos negocios, ordenando reintegrar a la cuenta del actor cualquier suma que haya sido debitada en razón de ellos, con más los correspondientes intereses desde la fecha de su débito”.

En junio de 2021, una clienta del Banco ingresó a su cuenta de homebanking y se encontró con que tenía un descuento de una suma significativa (la mitad de su sueldo) en concepto de cuota de un supuesto préstamo. En ese momento, denunció su tarjeta de débito y se comunicó con el número telefónico de la entidad bancaria, desde donde le comunicaron que efectivamente a su nombre había tomado un préstamo a pagar en 48 cuotas. En esa primera instancia le dijeron que el crédito había sido tomado a través del homebanking pero, posteriormente, y ante un correo electrónico de reclamo, se le dijo que había sido a través de un cajero automático.

El dinero acreditado producto de ese préstamo fue inmediatamente transferido a otra cuenta bancaria, cuyos datos la usuaria presentó ante la Justicia al realizar la denuncia. Esta modalidad se repite en la gran mayoría de los casos.

Si bien la mujer aseguró desde el primer momento que no había sido ella quien tomó el préstamo, el Banco de Santa Fe, de acuerdo con lo expresado en el fallo, consideró que “si no fue la actora quien realizó las operaciones y fuera cierto lo que expone en su demanda, quiere decir que la actora le brindó los datos esenciales (tarjeta de débito y contraseña) para operar por vía de online banking a un tercero por el cual su mandante no debe responder”. La entidad financiera opinó entonces que “la actora “incumplió” todas las recomendaciones brindadas por su mandante en los contratos” y que “incumplió sus obligaciones contractuales”. Por lo que desestimó dar de baja el préstamo y cualquier tipo de resarcimiento.

No obstante, en un extenso fallo el juez Marcelo Quaglia rechazó estos argumentos, y consideró que fue el Banco el que incumplió “con su obligación de prestar los servicios conforme las condiciones legales y contractuales pactadas (artículo 19 Ley de Defensa del Consumidor), no ha cumplimentado con su obligación de custodia sobre el dinero depositado incumpliendo con el deber de confianza que pesa sobre sus hombros (artículo 1067 Código Civil y Comercial), se ha violado la obligación de seguridad y la tutela de los intereses económicos del consumidor (artículos 5 y 40 LDC y 42 Constitución Nacional), se ha incumplido con la obligación de informar y advertir (artículos 42 CN, 4 y 6 LDC, 1100 y 1107 CCyC) y se ha incumplido el deber de prevención del daño que se impone a toda persona (artículos 1710 y ss. CCyC)”.

Además, el magistrado evaluó que “a todo ello debe adicionarse la ausencia de un trato equitativo y digno para con el actor, previo al planteo del proceso, así como durante su desarrollo”.

En contraposición de lo planteado por el banco, que ponía la responsabilidad en la clienta, el juez Quaglia recordó que el artículo 5 de la Ley de Defensa al Consumidor “establece, luego de definir la firma electrónica, que ‘en caso de ser desconocida la firma electrónica corresponde a quien la invoca acreditar su validez»‘. “Considero que tal es la situación que se ha planteado en esta causa, donde la actora expresamente (y en más de una ocasión) ha desconocido ser la autora de las operaciones electrónicas (imputadas a su parte debido a la supuesta firma electrónica que se le atribuye en el sistema creado por el demandado) que se le pretenden endilgar. En dicho contexto, y conforme lo dispone la normativa vigente, pesa sobre los hombros de la demandada (en el caso el NBSF SA) acreditar que la operación realizada ha sido efectuada por la actora, resultando insuficiente a tal fin la referencia a sistemas internos de validación de la entidad”, sentenció.

En su fundamentación, el magistrado, al dar cuenta que es una situación recurrente que escapa a la responsabilidad de un solo usuario bancario, Quaglia citó la recomendación 219 del 2022 de la Defensoría del Pueblo, en la que el organismo protector de derechos instaba a la entidad financiera a adoptar una serie de acciones para evitar las estafas virtuales, ante el incremento de estas prácticas delictivas. Los defensores Gabriel Savino y Jorge Henn habían solicitado entonces, entre otros puntos, que se aumenten las acciones preventivas, los registros que permitan la trazabilidad de los fondos y establezcan mecanismos de identificación positiva para casos de transacciones que no coinciden con el perfil de los usuarios financieros.

Entre otros aspectos, y basando su requerimiento en la normativa nacional vigente, los defensores habían pedido que, “en el marco de las regulaciones existentes incrementen las acciones preventivas para aquellas operaciones mediante canales electrónicos que no cumplen con los patrones de comportamiento establecidos por la entidad conforme con registros que deben contar y que permitan determinar la trazabilidad de las actividades efectuadas por el cliente posibilitando advertir situaciones sospechosas basados en características del perfil y patrón transaccional del cliente bancario”.

También solicitaron a la entidad financiera que, “además de requerir la confirmación o revalidar la instrucción del cliente mediante un segundo factor, por ejemplo un token dinámico, secretos compartidos, tarjeta de coordenadas, PIN, PIL, entre otras, en los casos en que no se cumple con los patrones de comportamiento establecidos por la entidad, verifique la identidad del cliente mediante técnicas de identificación positiva”. Y que a esto se le sume la validación a través de datos biométricos.

Nacionales

Comunicado de prensa de la agrupación Labor Peronista de Capital

Se suma otro rechazo al decreto de Milei que le da poder de detención a los servicios de inteligencia

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Desde la Agrupación Labor Peronista de la Capital emitieron un comunicado rechazando el decreto firmado por Milei en 30 de diciembre pasado, dando poder de policía a los agentes del servicio de inteligencia.

Milei amplió el presupuesto para inteligencia enormemente. Pero lo más peligroso es que el 30 de diciembre firmó un Decreto de Necesidad y Urgencia 941/2025 en el que autoriza a los servicios de inteligencia a hacer detenciones de ciudadanos argentinos, como si fueran agentes de una  fuerza de seguridad, reza el comunicado.

«Cualquier persona vestida de civil se puede acercar en la calle y puede detener a ciudadanos, con solo mencionar que pertenecen a la SIDE y cuando se hallare en supuesta flagrancia de un delito, sólo a criterio del agente. Este decreto debe ser rechazado en el Congreso», dijo Ariel Valloud, integrante del espacio.

Remarcó que «rechazamos rotundamente esta normativa del ejecutivo por inconstitucional, avasallando todas las normas de seguridad y legalidad y cruzando gravemente una línea roja que no debe cruzarse en democracia». 

«Este decreto además crea las agencias de contrainteligencia y ciberinteligencia, entre otras áreas, lo cual hace suponer que toda la ciudadanía será monitoreada en internet, especialmente su opinión política en las redes sociales», agregó Valloud

«Lo que acá está haciendo Milei, es una imitación de lo que sucede en los EEUU. Allí se está deteniendo gente en la calle, violentamente, sólo por su opinión política. Ello está a cargo de una especie de policía stalinista llamada ICE, donde días atrás asesinaron a sangre fría a una ciudadana estadounidense en plena calle», puntualizó

El referente del espacio finalizó diciendo que «el actual servicio de inteligencia de la Argentina es una cloaca politizada, con tribus en su organización que están enfrentadas entre ellas incluso. Darles más poder, significa poner en peligro nuestra democracia y lo rechazamos en forma total».

«Este decreto además es inconstitucional, pues el presidente no puede legislar en materia penal, tributaria o electoral, y no existe situación grave actual que lo fundamente».

«Con este decreto el gobierno podrá hacer inteligencia en ‘las amenazas a la seguridad estratégica nacional, incluyendo acciones de espionaje, sabotaje, injerencia, interferencia e influencia‘. Demás está decir que las redes sociales serán blanco del «monitoreo» por parte del gobierno,  que también busca criminalizar las protestas, pero por sobre todo también el periodismo al que tanto detestan los adalides de la libertad, será un objetivo de este decreto».

Fuente: Agrupación Labor Peronista de la Capital

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Nacionales

La gripe A H3N2 ya fue detectada en ocho provincias de Argentina

Desde el Instituto Malbrán confirmaron nuevos contagios en Córdoba y Corrientes las cuales se suman a los casas de otras provincias. El 30% necesitó internación.

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El Instituto Malbrán confirmó nuevos casos del subclado K de la gripe A (H3N2) en Córdoba y Corrientes y de esta manera ya son ocho las provincias que cuentan con registros de la nueva “supergripe”.

Los casos confirmados son dos en cada distrito, que se suman a los 11 reportados el último lunes por el Boletín Epidemiológico Nacional (BEN), con lo que en total ahora suman 15. De esa cantidad, la tercera parte se detectó cuando los pacientes ya estaban internados.

Otro dato aportado por el BEN es que sobre los 11 casos que se contabilizaba a comienzos de esta semana, 9 no registraban antecedente de vacunación. La vacuna contra la influenza, pese a que todavía no está adaptada al subclado K, mitiga de todos modos los casos graves.

Hasta el momento, en Argentina se registran 3 casos en la provincia de Buenos Aires; 2 en la Ciudad de Buenos Aires; 2 en Neuquén; 2 en Santa Cruz; 2 en Córdoba; 2 en Corrientes; 1 en Mendoza; y 1 en Tierra del Fuego.

En el caso de los contagios recientemente confirmados en Corrientes, se trata de dos mujeres adultas mayores que cursaron la enfermedad con evolución favorable y fueron dadas de alta. Se confirmó que el nexo epidemiológico fue un familiar que había viajado al exterior, pero no se aclaró si ese “vector” está incluido en la lista de infectados.

En cuanto a los casos de Córdoba, uno es un hombre de 27 años, oriundo de Freyre y con antecedente de viaje a México. El otro es una mujer de 38 años, con residencia en La Calera y antecedente de viaje a España. Ambos recibieron atención ambulatoria, sin necesidad de internación. Además, se informó que se aguarda el resultado de la secuenciación de otros cuatro casos sospechosos en esa provincia.

De los 11 casos anteriores, sólo dos consignaron antecedente de viaje al exterior, específicamente a Europa. Mientras que el resto no consignó ese desplazamiento, por lo que existe la presunción de que podrían haberse contagiado dentro del país. De todas maneras, para las autoridades argentinas todavía los casos son pocos para poder declarar la existencia de una circulación comunitaria del virus.

Recomendaciones

El Ministerio de Salud de la Nación reiteró las recomendaciones generales para la prevención y control de la transmisión: mantener completos los esquemas de vacunación; realizar lavado frecuente de manos con agua y jabón; cubrirse la boca y la nariz con el pliegue del codo al toser o estornudar; y evitar compartir objetos personales, como vasos, cubiertos u otros utensilios.

También, limpiar y desinfectar regularmente las superficies en contacto con personas enfermas, utilizando agua y detergente, jabón o soluciones con alcohol al 70 por ciento; ventilar adecuadamente los ambientes, especialmente en espacios cerrados; las personas con síntomas respiratorios deben evitar el contacto con otras personas y restringir las interacciones lo más posible hasta presentar mejoría clínica y haber transcurrido al menos 24 horas sin fiebre (sin uso de antitérmicos).

Luego recomiendan que las personas que viajen o regresen de países con circulación de influenza mantengan las medidas generales de prevención de infecciones respiratorias durante el viaje y al regreso. Y en caso de presentar síntomas respiratorios, evitar el contacto con otras personas y restringir las interacciones lo más posible hasta presentar mejoría clínica.

Fuente: telefenoticias.com.ar

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Nacionales

Verano 2026: El 46% de los argentinos no se tomó vacaciones por falta de plata

Un informe revela que los sueldos no alcanzan para el descanso. El dato sorpresivo: entre los que viajan, Brasil ya supera a la Costa Atlántica.

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El 46% de los trabajadores en Argentina no se tomó vacaciones en el último año y la razón principal de ello fue por falta de poder adquisitivo, pero 6 de cada 10 de los que podrán hacerlo, ya planea viajar entre diciembre y marzo, sea dentro del país o al exterior. 

La primera conclusión surge de un estudio de la plataforma y consultora de empleo internacional Bumeran, mientras la segunda, se desprende de una compulsa realizada por la billetera virtual Belo entre más de 1000 argentinos, ambas cotejadas por la agencia Noticias Argentinas.

El relevamiento, que pone de manifiesto el elevado porcentaje de la población que no disfrutará de las vacaciones, expone una tendencia que se acentúa en un escenario en el que persisten una relativamente alta inflación, con ingresos que no terminan de recomponerse y recortes forzados en los presupuestos familiares que obligan a postergar el descanso.

Los datos evidencian que el descanso anual dejó de ser un derecho accesible para transformarse en una elección atravesada por las restricciones económicas.

“Así, mientras una parte de la población resigna completamente el descanso, otra logra viajar, incluso fuera del país, profundizando las desigualdades en el acceso a las vacaciones”, señalaron desde la consultora privada.

En ese sentido, el sondeo advirtió que, a pesar de que la inflación es baja, la caída de los salarios reales en comparación con el acumulado del Índice de Precios al Consumidor (IPC) condicionaron la posibilidad de que las familias argentinas puedan salir a veranear.

Las causas de la abstinencia

Entre los trabajadores que no lograron tomarse días de descanso, el 56% señaló la falta de recursos económicos como el motivo principal. 

Otro 21% atribuyó la imposibilidad de vacacionar a un cambio laboral, una categoría amplia que incluye nuevas condiciones de empleo y esquemas con menos derechos adquiridos. 

El 12% dijo que priorizó objetivos personales o profesionales. Otras causas, sumaron el 11% de los motivos.

A tener en cuenta, asimismo, es el dato de que un 29% preferiría reducir su jornada laboral antes que tomarse vacaciones, lo que refleja el deterioro del poder adquisitivo y la búsqueda de mejores condiciones de trabajo.

Destinos en el exterior

Entre quienes sí viajarán, el informe marca una presencia significativa de destinos del exterior.

La costa atlántica fue elegida por solo el 24% contra 27,8 de Brasil. Luego están Europa (6,5%) y el Caribe o Estados Unidos (por debajo del 10%).

La encuesta confirma que el tipo de cambio y los impuestos son las mayores preocupaciones de los argentinos cuando pagan en otros países. 

Por eso, aunque el mundo empuja a los pagos digitales, todavía el efectivo es el método más elegido; el 43,6% lo usa para evitar recargos y sorpresas en el resumen. Y un 14,2% recurre cada vez más a billeteras digitales.

La encuesta “Hábitos de viaje y ahorro”, que sumó 1009 respuestas de usuarios en Argentina entre octubre y noviembre de 2025, “ayuda a reconfirmar que a los argentinos nos encanta viajar, sólo que ahora se hace con una lógica más racional: compara, planifica y busca sacar el máximo valor de su dinero”, explicó Manuel Beaudroit, CEO de Belo. 

“El acceso a herramientas digitales está cambiando la forma de pensar las vacaciones porque hoy el usuario evalúa tanto la experiencia como la forma de pago. La gente usa billeteras porque confía y es práctico. Por eso crecieron las opciones que permiten pagar directo en moneda local sin impuestos extras”, destaca.

Fuente: NA / telefenoticias.com.ar

 

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