• Participar de actividades religiosas.
• Hacer actividades deportivas.
• Asistir a reuniones con familiares y afectivas.
• Concurrir a bares y restaurantes, cementerio, museos, bibliotecas y lugares recreativos de divulgación científica.
• Practicar pesca deportiva y recreativa.
• Concurrir a clases artísticas.
• Desarrollar actividad artística y artesanal a cielo abierto, en plazas, parques y paseos.
• Hacer salidas breves para caminatas de esparcimiento
• Concurrir a shoppings y demás establecimientos similares.
Estas restricciones tendrán vigencia durante 14 días corridos desde el regreso de la persona a su lugar de residencia.
Además, se establece que los desplazamientos tienen carácter:
• Frecuente cuando se realizan con una reiteración semanal o menor.
• Periódicos cuando se efectúan con una reiteración entre semanal y quincenal.
• Ocasionales cuando exceden este último lapso.
Siguen suspendidas las reuniones familiares y afectivas en el Departamento Rosario y continúan permitidas en el resto del territorio provincial y quienes participen de las mismas no podrán desplazarse a más de 30 kilómetros de distancia de su lugar de residencia.