El gobernador de la provincia, Omar Perotti, firmó el Decreto Nº 636/20 que declara, “a partir de las cero horas del día 18 de julio, y por el término de 14 días, en cuarentena sanitaria a la localidad de Santa Isabel, departamento General López”.
Esto se debe a la situación frente a la confirmación de casos positivos de coronavirus (COVID-19) en la localidad. Cabe recordar que, a partir del caso índice informado el 10 de julio y sin nexo epidemiológico conocido, se detectaron otros 22 casos positivos y se encuentran en aislamiento más de 100 personas que son contactos estrechos de los casos confirmados.
La medida dispuesta por el decreto “implica el cierre del ingreso y salida de personas de la localidad, pudiendo los medios de transporte público de pasajeros, transporte de carga y vehículos particulares transitar por las rutas aledañas sin ingresar a ella, ni descender pasajeros”.
Durante la vigencia de la medida, quedarán suspendidas dentro del ámbito de la localidad:
a) Las excepciones al «aislamiento social, preventivo y obligatorio» y la prohibición de circular que se habilitaran, durante su vigencia, por los Decretos Nros. 0367/20, 0382/20, 0393/20, 0414/20, 0436/20, 0446/20, 0449/20, 0455/20, 0456/20 artículo 2°, 0474/20 y sus modificatorios Nros. 0534/20 y 0596/20 de éste Poder Ejecutivo y demás legislación dictada en idéntico sentido.
b) Las habilitaciones de actividades dispuestas en el marco del «distanciamiento social, preventivo y obligatorio» por los Decretos Nros. 0487/20, 0489/20, 0495/20, 0496/20, 0497/20, 0595/20 y 0627/20.
Asimismo, el decreto insta a la población de Santa Isabel, “a permanecer en sus domicilios observando ‘aislamiento social, preventivo y obligatorio’ y la prohibición de circular mientras dure la medida, limitando sus desplazamientos a los estrictamente necesarios por razones alimentarias, de salud o de fuerza mayor; siendo obligatorio en tales casos el uso de elementos de protección de nariz, boca y mentón correctamente colocados”,
Finalmente, la norma determina que serán “las autoridades comunales en concurrencia con la Policía de la Provincia y las demás autoridades provinciales correspondientes” quienes “coordinarán los procedimientos de fiscalización necesarios para garantizar el cumplimiento de los protocolos vigentes y de las normas dispuestas en virtud de la emergencia sanitaria, y asegurar que la circulación de personas y vehículos corresponda estrictamente a las actividades habilitadas”.
Decreto Nº 636/20