La norma faculta al PEN para extender la emergencia a otras zonas afectadas y establece que constituirá, en un plazo de treinta días, un fondo especial con aportes del Tesoro para hacer frente a las acciones de asistencia. Ahora buscan ampliarla a otros partidos afectados por las inundaciones.
La Ley 27.355, que declara zonas de desastre y emergencia hídrica, económica, productiva y social por el término de 180 días en distintas regiones del país y autoriza al Poder Ejecutivo Nacional (PEN) a extenderla a otras áreas afectadas, entró en vigencia tras ser publicada hoy en el Boletín Oficial.
En la provincia de Buenos Aires, incluye a los partidos de Arrecifes, General Pueyrredón, General Villegas, Junín, Pergamino, Salliqueló y Salto. El proyecto fue sancionado semanas atrás por el Congreso y ahora se busca ampliar el beneficio a otros partidos castigados por las inundaciones, entre ellos varios del noroeste.
La norma faculta al PEN para extender la emergencia a otras zonas afectadas y establece que constituirá, en un plazo de treinta días, un fondo especial con aportes del Tesoro para hacer frente a las acciones de asistencia a los damnificados y reconstrucción de las economías afectadas, que serán distribuidos en coordinación con las provincias y los municipios afectados.
La nueva ley dispone también que el PEN destinará fondos adicionales a la cobertura de planes sociales, en las zonas afectadas y mientras dure la emergencia, como también adoptará las medidas necesarias para preservar y restablecer las relaciones de trabajo y empleo.
A través de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), se instrumentarán regímenes especiales de pago que abarquen a los contribuyentes afectados y alcanzados por la presente ley, pudiendo contemplar a tal fin prórrogas de vencimientos, suspensión de juicios de ejecución fiscal y exención de los impuestos sobre los bienes personales y ganancia mínima presunta.