Entre las medidas anunciadas por el ministro de Economía, Sergio Massa, se encuentra un beneficio para los monotributistas, que consiste en no ingresar el componente impositivo del importe mensual a pagar por el término de seis meses. Siempre es un alivio, pero varía en función de la condición del monotributista.
La “cuota” que mes a mes paga el monotributista se conforma con un componente impositivo (que sustituye a Ganancias e IVA por la actividad adherida al régimen simplificado) y otro con destino a la jubilación y al pago de obra social que puede incluir familiares adherentes. A estos últimos pagos también se los denomina componente previsional o de la Seguridad Social.
En consecuencia al eximirse del pago al componente impositivo, el pequeño contribuyente deberá ingresar el componente de Seguridad Social. En estos casos el monotributista verá atenuada su “cuota” respecto del total que venía pagando.
Situaciones especiales
No obstante, pueden presentarse otras situaciones.
Los monotributistas jubilados con ley anterior al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (SIJP) – actualmente Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) – no tienen obligación de ingresar el componente de la seguridad social. Tampoco deben ingresar dicho componente aquellos que además de la actividad de monotributistas trabajan en relación de dependencia o hacen sus aportes a otra caja previsional, por ejemplo como profesional independiente.
En estos casos al no ingresarse el componente de la seguridad social ni aportes a obra social, como el componente impositivo queda liberado, la obligación será cero.
En este contexto, además de la reglamentación, le cabe a la AFIP una instrumentación importante. En gran medida los monotributistas se encuentran adheridos al débito automático en cuentas bancarias y en tarjetas de créditos, etc. Esta situación lleva a un ajuste en la información que se deberá mandar a las entidades bancarias o administradoras para que se les debite el importe correcto, en particular haciendo notar que quien no tiene importe alguno a ingresar debe dárselo por cumplido.
Monotributo: categorías comprendidas y montos liberados
La medida anunciada contemple a las categorías A, B, C y D del Régimen Simplificado (Monotributo), lo que involucra ingresos anuales:
$1.414.762,58 (A)
$2.103.025,45 (B)
$2.944.235,60 (C)
$3.656.604,33 (D)
El monto mensual liberado del pago para cada una de estas categoría es
$496,85 (A)
$957,27(B)
$1.636,83 si prestan servicios y $1.512, 56 si venden cosas muebles en el caso de la categoría C
Para la categoría D $2.689,05 para servicios y $2.484,46 si venden cosas muebles.