Restricción a la Circulación vehicular
En todo el territorio provincial desde las 00.00hs del 20 hasta el 30 de mayo inclusive, queda restringida la circulación vehicular en la vía pública, a toda persona que no realice actividades autorizadas.
Quedan exceptuadas de la restricción:
Quienes cumplan con su actividad laboral
Quienes estén debidamente justificadas por una situación de fuerza mayor (incluyendo asistencia médica, farmacéutica y cuidado de personas)
Para circular deberán llevar la documentación respaldatoria y la app provincial COVID19 o app CUIDAR.
Actividades comerciales
Suspensión de la actividad comercial en centros comerciales, paseos, shoppings y establecimientos afines.
Actividades gastronómicas
Los locales gastronómicos sólo podrán funcionar entre las 06hs y las 19 hs.
Actividades recreativas
Se suspende la práctica de deportes grupales de contacto (al aire libre y en espacios cerrados), y las competencias deportivas provinciales, zonales o locales de carácter profesional o amateur, no habilitadas expresamente por las autoridades nacionales.
El funcionamiento de clubes, gimnasios y otros establecimientos afines, incluidas las actividades al aire libre.
Actividades náuticas, pesca deportiva y recreativa en modalidad costa y embarcados, actividades de los clubes deportivos vinculados a las mismas y de guarderías náuticas.
Actividades sociales y familiares
Se prohíben los encuentros sociales y familiares en lugares cerrados o al aire libre.
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