El pasado 08 de Noviembre el ENACOM publico la resolución 3667-E/2017, otorgando a la Cooperativa Eléctrica Ltda. de Rufino la licencia para prestar el servicio de Telefonía local, larga distancia e internacional.
ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Resolución Sintetizada 3667-E/2017
RESOL-2017-3667-APN-ENACOM#MM – Fecha: 31/10/2017 – ACTA 25
EXPENACOM 4333/2005
El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Registrar a la COOPERATIVA ELECTRICA LIMITADA DE RUFINO (C.U.I.T. 30-54568921-5) en el Registro de Servicios previsto en el apartado 5.4. del Artículo 5º, del Anexo I del Decreto Nº 764, de fecha 3 de septiembre de 2000, los Servicios de Telefonía Local (TL), Telefonía de Larga Distancia Nacional (TLDN) y Telefonía de Larga Distancia Internacional (TLDI). 2.- El presente registro no presupone la obligación del ESTADO NACIONAL, de garantizarla disponibilidad de frecuencias del espectro radioeléctrico, para la prestación del servicio registrado, debiendo la autorización, y/o el permiso de uso de frecuencias del espectro radioeléctrico, tramitarse ante este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES (ENACOM), de conformidad con los términos y condiciones, estipulados en el Reglamento sobre Administración, Gestión y Control del Espectro Radioeléctrico vigente, y en la demás normativa aplicable. 3.- Notifíquese al interesado 4.- Comuníquese, publíquese. Firmado: Miguel Ángel De Godoy, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página web de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas.
Juan Martin De Goñi, Subdirector, Subdirección Despacho y Mesa de Entradas, Ente Nacional de Comunicaciones.
e. 08/11/2017 N° 85408/17 v. 08/11/2017