Provinciales

La Legislatura autorizaría la emisión de deuda pública “por hasta US$ 1.000 M”

Publicado

el

Se financiarán obras y proyectos de inversión pública en el territorio provincial.

El gobernador de la Provincia de Santa Fe, Roberto Miguel Lifschitz, acompañado del ministro de Economía, Gonzalo Miguel Saglione, el día 5 de mayo de 2016, remitió a la Legislatura de la Provincia de Santa Fe el Proyecto de Ley (Expediente 31108 PE) (Mensaje 4470) del Poder Ejecutivo, suscripto por ambos, y, una vez ingresado sobre tablas en la sesión ordinaria de ese mismo jueves 5 de mayo de la Cámara de Diputados, en sumarísimo trámite y a pedido del Bloque del Frente Progresista Cívico y Social, se acordó una preferencia de tratamiento para la próxima sesión, es decir para la del jueves 12 de mayo, en tanto y en cuanto obtenga los despachos respectivos de las comisiones de Presupuesto y Hacienda y de Asuntos Constitucionales y Legislación General a las que fue girado, y luego el consenso en Labor Parlamentaria, por el cual se autoriza al Poder Ejecutivo a contraer deuda pública por hasta la suma de US$ 1.000.000.000 (Dólares Estadounidenses Un Mil Millones) (US$ 1.000 M) y/o su equivalente en otras monedas, con el objeto de “financiar parcial o totalmente la ejecución de más de 130 proyectos de inversión pública en el territorio provincial”.

Si la Legislatura de la Provincia de Santa Fe; primero la Cámara de Diputados en la sesión ordinaria del próximo jueves 12 de mayo o en la subsiguiente, y posteriormente la Cámara de Senadores en un lapso no mayor como muchos presumen, admitiendo prueba parlamentaria en contrario; sanciona con fuerza de Ley la autorización para “que el Poder Ejecutivo contraiga este endeudamiento por mil millones de dólares (US$ 1.000 M)”; con un plazo mínimo de amortización de 5 años y un plazo máximo de 12 años y con una tasa de interés fija, variable o mixta que deberá estar dentro del rango de las tasas promedio del mercado financiero para títulos comparables; se necesitará luego la autorización correspondiente del Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Hacienda y Finanzas de la Nación, en el marco de la Ley de Responsabilidad Fiscal Nº 25.917 (Ley del Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal) y/u otras autorizaciones que deban gestionarse ante organismos aplicables de otras jurisdicciones en las que se coloquen, listen (escuchen literalmente), ubiquen y/o negocien los títulos públicos a ser emitidos.

Corresponde, además, destacar que la Provincia de Santa Fe tiene un bajo stock de deuda pública consolidada y los flujos anuales de los servicios de la deuda representan un porcentaje muy reducido en relación a los recursos presupuestarios provinciales. Así, por ejemplo, en tanto el artículo 55º inciso 12 de la Constitución Provincial establece que “el servicio de la totalidad de la deuda no puede comprometer más de la cuarta parte de la renta provincial”, dicha relación es de sólo 1.29% en el Presupuesto correspondiente al año 2016 (aprobado mediante Ley Nº 13.525).

De igual modo, el artículo 21º de la Ley Nacional Nº 25.917 del Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal, a la cual adhiriera la Provincia de Santa Fe a través de la Ley Nº 12.402, establece que en cada ejercicio fiscal “el servicio de la deuda no debe superar el 15% de los recursos corrientes netos” de transferencias por coparticipación a municipios, siendo que en el Presupuesto del año 2016 dicha relación es de sólo el 1.36%.

Dicho endeudamiento podrá ser contraído mediante los mecanismos y/o instrumentos financieros que el Poder Ejecutivo juzgue más apropiados oportunamente, incluyendo sin carácter limitativo, emisiones de títulos de deuda pública en los mercados nacionales e internacionales, debiendo en todos los casos asegurar que el producido del financiamiento sea afectado a la ejecución de proyectos de la Red Vial: pavimentaciones, repavimentaciones y estabilizados en 33 rutas provinciales, en diferentes tramos; mejoramiento de seguridad en intersecciones; mejoramientos de 22 accesos a localidades sin transitabilidad permanente; mejoramientos de transitabilidad en 16 localidades; y el reemplazo de 4 puentes sobre las Rutas Provinciales Nº 10, Nº 26, Nº 63 y Nº 55.

En cuanto a los proyectos de Hidráulica y Saneamiento: obras de defensa en Cañada de Gómez, Santa Rosa de Calchines, Bustinza y Rufino; y obras de desagüe en Santa Fe y Rosario; ampliación de canales en cuencas; equipamiento de los comités de cuenca; ampliación de la red cloacal en 13 ciudades; y provisión de agua potable en San Lorenzo. En materia de Seguridad: Alcaidía de Melincué, Unidad Penitenciaria Santa Felicia y Unidad Penitenciaria de Mujeres Rosario. En lo relacionado a Educación: 9 establecimientos educativos; en Salud: Hospitales de Reconquista e Iturraspe; además de la infraestructura para Hábitat y, con referencia a la Justicia: Centro de Justicia Penal Santa Fe y Refuncionalización del IRAR Rosario; y, finalmente: 9 Gasoductos Regionales; detallados en el Anexo que, además, incluye los montos parciales en dólares hasta el monto total de 1.000 millones de dólares (US$ 1.000 M).

Se prorroga la jurisdicción en favor de tribunales extranjeros y se renuncia a oponer la defensa de inmunidad soberana, exclusivamente, respecto a reclamos en la jurisdicción que se prorrogue y en relación con los acuerdos que se suscriban y con la emisión de los títulos de deuda que se realice, de conformidad con lo previsto en la presente Ley y sujeto, en el caso de los títulos de deuda y el contrato de fideicomiso (indenture), a que se incluyan las denominadas “cláusulas de acción colectiva” y cláusula de “pari passu”, en un todo de acuerdo con las prácticas y estándares habituales y actuales de los mercados internacionales de capitales.

Se crea en el ámbito de la Honorable Legislatura Provincial, la Comisión Bicameral Permanente de Seguimiento y Control de la Gestión, la cual estará compuesta por cinco (5) Senadores y cinco (5) Diputados) designados por sus respectivas Cámaras, respetando la proporción de las representaciones políticas; y podrá solicitar información, documentación o datos a organismos nacionales, provinciales o municipales como así también a entidades financieras nacionales e internacionales, privadas o públicas; y a cualquier otro organismo que fuere necesario para el cumplimiento de sus fines; fundamentó el gobernador de la Provincia de Santa Fe, Roberto Miguel Lifschitz, acompañado del ministro de Economía, Gonzalo Miguel Saglione, el Proyecto de Ley (Expediente 31108 PE) (Mensaje 4470) ingresado el 5 de mayo de 2016 por la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe que, en la sesión ordinaria de esa misma fecha, acordó una preferencia de tratamiento para la próxima sesión, es decir para la del jueves 12 de mayo del corriente año.

No se descarta un tratamiento sumarísimo en la Cámara de Diputados y, otro tanto, en la Cámara de Senadores, razón por la cual en el transcurso de este mes de mayo, se presume el día jueves 26 de mayo ó, en su defecto, en la sesión ordinaria del día jueves 2 de junio del Senado, admitiendo prueba parlamentaria en contrario, la Legislatura de la Provincia de Santa Fe sancione con fuerza de Ley la autorización de la emisión de deuda pública al Poder Ejecutivo con el objeto de financiar la ejecución de más de 130 proyectos de inversión pública en el territorio provincial, por hasta la suma de US$ 1.000.000.000 (Dólares Estadounidenses Un Mil Millones), para mejorar la calidad de vida de los habitantes santafesinos, en lo macroeconómico porque la inversión posee “intensos efectos multiplicadores en la actividad económica y en el nivel de empleo”, y en lo social porque una mayor y mejor infraestructura potenciará los niveles de los servicios disponibles para los ciudadanos, promoviendo “una reducción de los desequilibrios territoriales y de las brechas sociales, y una disminución de los índices de Necesidades Básicas Insatisfechas”.

Publicado: 07/Mayo/2016
Fuente: Fernando Brosutti

Destacadas

Salir de la versión móvil