El Tribunal Superior de Justicia cordobés el protocolo para la interrupción legal del embarazo en los tres casos de excepción que prevé el Código Penal. Desde 2012 no se aplicaba por un recurso de amparo de una asociación civil católica
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Córdoba habilitó el protocolo de procedimientos para la práctica del aborto no punible en los tres casos de excepción que prevé el Código Penal. El fallo quedó definido al rechazar este martes, luego de seis años, un recurso de amparo que impidió su aplicación en la provincia desde 2012, cuando había sido presentado por la asociación católica Portal de Belén, que preside el legislador cordobés Aurelio García Elorrio.
Según publicó el diario cordobés La Voz, la mayoría integrada por los vocales del TSJ Alicia Tarditti, Domingo Sesín, Mercedes Blanc de Arabel y Silvina Chiapero (subrogante) revocó completamente sentencias anteriores que habían frenado la aplicación de la guía para el aborto no punible en hospitales públicos de Córdoba, y rechazó la acción de amparo presentada por la asociación civil Portal de Belén que desde el 13 de abril del 2012 impedía a las mujeres cordobesas que hubiesen sufrido una violación, acceder a la interrupción del embarazo de manera legal.
Con todo, y aunque todavía no se sabe cuándo comenzará a aplicarse el protocolo, desde la organización Portal de Belén aseguraron que acudirán a la Corte Suprema de Justicia.