Desde el Centro Comercial e Industrial de Venado Tuerto informan que el Poder Ejecutivo, mediante el Decreto 665/2019, detalló las características de la recomposición salarial de $5.000 que deberán afrontar los sectores privados para con sus trabajadores.
Cabe destacar que dicha asignación no tendrá carácter remunerativo y se establece que su pago podrá realizarse en cuotas y en las condiciones que establezcan las partes signatarias de los Convenios Colectivos de Trabajo en ejercicio de su autonomía colectiva, es decir, la parte empresaria podrá negociar con sus respectivos sindicatos la forma de pago.
En cuanto al sector de comercio específicamente se acordó que el pago podrá realizarse hasta un máximo en 5 cuotas iguales y consecutivas de $1.000 cada una por todo concepto. Es importante aclarar que en caso de que el empleador decida realizar el pago en cuotas deberá ser junto al salario, debiéndose abonar la primera cuota en el mes de octubre junto con el salario correspondiente al mes de septiembre; en cambio, si el empleador optare por abonar la suma no remunerativa en un solo pago, el mismo deberá realizarse durante el mes de octubre.
Además, el decreto establece que, si la jornada laboral es reducida, la compensación salarial deberá ser proporcional a la cantidad de horas trabajadas y que los empleadores que hubiesen otorgado, unilateralmente o por acuerdo de manera extraordinaria, otros incrementos sobre los ingresos de los trabajadores a partir del 12 de agosto de 2019, podrán compensarlos hasta su concurrencia. Asimismo, establece que la suma otorgada se compensará en las próximas revisiones salariales.
Finalmente, los trabajadores del sector público nacional, provincial, municipal, del sector agrario y trabajadores domésticos de casas particulares se encuentran excluidos de dicha compensación.