Al respecto, el Senador explicó: “En los SAMCo de primer nivel quien resulta elegido para estas tareas no accede a un cargo de Director, como sí sucede en los de segundo y tercer nivel, sino que sólo se le asignan las funciones, lo que implica que esta persona va a tener más responsabilidades y horas de trabajo sin percibir ninguna retribución adicional ni mejora en su situación laboral pese a las enormes responsabilidades que tiene”.
Por esta razón resulta necesario el otorgamiento de un suplemento funcional que mejore la situación económica de quien ejerza las funciones de dirección, en reconocimiento de su trabajo y de su mayor jerarquía. Dicho proyecto de ley establece que, si la persona designada a estas funciones percibe una remuneración por 36 horas de trabajo semanales, este suplemento será la diferencia que falta para alcanzar el equivalente a 44 horas.
“De esta manera pretendemos brindar un reconocimiento justo y necesario a las personas que llevan adelante la conducción técnica de estas instituciones y que no perciben ninguna diferencia económica por las mismas. Con esta ley queremos jerarquizar sus funciones y que se vea traducido en su salario la importancia de las tareas que realizan diariamente”, finalizó Enrico.