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El Gobierno extenderá el DISPO y recomendará priorizar las clases presenciales

El DNU será publicado durante el fin de semana en el Boletín Oficial. El DISPO será prorrogado hasta el 28 de febrero.

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El Gobierno oficializará este fin de semana la extensión del Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio (DISPO) por el coronavirus hasta el 28 de febrero, y recomendará que se debe «priorizar» la reanudación de las clases presenciales.

En el decreto se indica que «continúan vigentes los dos parámetros de riesgo sanitario (razón e incidencia) que deberán seguir teniendo en cuenta las provincias para la restricción de circulación nocturna».

Por otro lado se establece que se mantiene la libre circulación por todo el territorio del país, mientras que gobernadores y el jefe de gobierno porteño «podrán reglamentarla estableciendo días, horas y zonas por razones epidemiológicas».

El reinicio de las clases presenciales se realizará de acuerdo con parámetros definidos por el Consejo Federal de Educación.

Si bien cada jurisdicción puede suspender la medida por la situación epidemiológica, se señala que en aquellos casos en que resulte necesario disminuir la circulación de personas a fin de mitigar la propagación del COVID-19, se deberán implementar políticas sanitarias que prioricen el funcionamiento de los establecimientos educativos con modalidades presenciales«.

Para facilitar las clases presenciales, se deja establecido que «docentes y personal no docente, alumnos y sus acompañantes quedan exceptuados de la prohibición del uso del servicio público de pasajeros», para lo que «deberán tramitar el Certificado Único Habilitante de Circulación«.

Se mantienen las medidas de Distanciamiento Social de dos metros, el uso de tapabocas y la higiene, mientras que se debe seguir con los protocolos aprobados para cada actividad.

Para los espacios cerrados se permite hasta un 50% de su capacidad. En cuanto a los establecimientos gastronómicos del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), la ocupación será de hasta un 30%.

Eventos deportivos y artísticos en espacios cerrados sólo podrán tener una asistencia de diez personas.

En tanto, continúan prohibidas y deben ser expresamente autorizadas, los eventos culturales, sociales, recreativos, religiosos o familiares y actividades en general de más de 20 personas en espacios cerrados y en espacios privados al aire libre, y los eventos culturales, sociales, recreativos o religiosos en espacios públicos al aire libre con concurrencia mayor a 100 personas.

Además, no se permite la práctica de deportes en lugares cerrados donde participen más de 10 personas o que no permita mantener el distanciamiento mínimo de 2 metros.

También continuarán cerrados los cines, teatros, clubes y centros culturales.

El Servicio público de transporte urbano de pasajeros en AMBA sigue solo habilitado para las personas afectadas a los servicios públicos esenciales y para quienes se encuentren expresamente habilitados para su uso, debiendo tramitarse el «Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19» cuando corresponda.

Fuente: NA. – telefenoticias.com.ar

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