También se redujo de 365 a 60 días el plazo para acceder al mercado de cambios para abonar insumos que serán utilizados para la producción local de bienes a exportar, cuando simultáneamente se liquidan anticipos o prefinanciaciones de exportaciones. En el caso de estos productos, se considerará siempre que se trata de insumos para la producción local de bienes para exportar.
El Directorio también simplificó el acceso al mercado a las terminales automotrices para la producción de unidades destinadas a la exportación. Esta medida permitirá a las terminales acceder al mercado para el pago de importaciones de las autopartes que se utilicen en la elaboración de unidades que se exportarán.
En otra decisión que mejora las condiciones de acceso, se podrán cursar los pagos que realizan las empresas que recaudan en el país los fondos pagados por residentes a prestadores no residentes de servicios digitales.
Por otro lado, el Directorio del BCRA restringió la posibilidad de pagar en cuotas con tarjetas los consumos en las tiendas libres de impuestos, extendiendo la prohibición que rige para pasajes y servicios turísticos en el exterior y productos del exterior que se reciben por el sistema puerta a puerta.
De esta manera, las entidades financieras y los proveedores no financieros de crédito no podrán financiar en cuotas las compras de sus clientes en:
· • Pasajes al exterior y servicios turísticos en el exterior (tales como alojamiento, alquiler de auto, etc.).
· • Productos en el exterior que se reciban por el sistema de envíos postales sin finalidad comercial.
· • Productos en tiendas libres de impuestos.
Fuente: Agrofy News