03/01/19 – Informe de la Sección N° 25. de la Dirección General de Seguridad Rural de Rufino (Los Pumas).
Se informa que el Jefe de ese Destacamento, Crío. Martín Nigra, que en el día de la fecha, se iniciaron actuaciones sumarias prevencionales caratulada a prima facie TENENCIA ILEGAL DE ARMA DE FUEGO Y AVERIGUACIÓN DE PROCEDENCIA, a raíz de que el suscripto juntamente con el Oficial de Policía CISNEROS, SERGIO, Suboficial de Policía CARDOZO, ESTEBAN y Suboficial de Policía FERNANDEZ FABIAN en circunstancias que se encontraban de recorrida en el móvil 5716 con balizas encendidas en prevención de delitos y/o contravenciones por zona rural de localidad de Amenábar, por el camino donde se encuentra la escuela rural conocida como la Escuelita de Fadini y que se dirige al denominado boliche Cuyak, que a unos 700 metros aproximadamente se observa que venía circulando un rodado al cual se lo hace detener la marcha y al entrevistarnos con el chofer, éste se identifica como PEREZ ARIEL ALBERTO, argentino de 39 años de edad, soltero, instruido, empleado de UATRE, s/c Colón s/n de esa localidad, identidad personal que justifica en el acto con DNI. Nro 27.531.909, quien conducia una Pick Up marca Ford, de color Gris, dominio UJU-381, indicando que venia del campo denominado «El Juancito», que era acompañado por BORBALAN CARLOS DANIEL, argentino de 39 años de edad, soltero, instruido, empleado de UATRE ,s/c Rivadavia 570 de esa localidad, en la cual transportaba en la caja trasera 13 bolsas de cereal cerrada semilla de soja y aproximadamente 200 kg a granel de lo cual no justificaba la propiedad, como así también del interior de la Pick sobre el asiento se encontraba una toalla de color celeste o similar la cual envolvía un arma larga rifle calibre 22 marca MACTECH, con un cargador con siete municiones punta hueca cobreada sin percutar, en la parte del culote de la vaina tiene las letras 0A, requerida su documentación al llamado Perez manifestó?o que carecía de la misma, motivos por el cual se procedió a la aprehensión de éste, esposándolo por razones de seguridad y no poniendo éste reparo alguno se lo trasladó junto al acompañante a la Subcría 14° de Amenábar a los fines legales correspondiente.
Realizada la consulta con el Fiscal en turno DR. PUYRREDON, enterado de los pormenores dispuso que al llamado PEREZ se le forme causa por TENENCIA ILEGAL DE ARMA DE FUEGO Y AVERIGUACIÓN DE PROCEDENCIA y en cuanto a Borbalan se lo identifique conforme a lo connotado en el art.10 bis de la Ley Orgánica Policial.- El cereal quedó en calidad de Secuestro en dicha Subcomisaría .- Cabe mencionar que no se logra la identificación de testigo civil ocasional en el lugar debido que la zona constituye un lugar sin residentes en la zona ni inmediaciones, presentando tránsito nulo en estos momentos.»