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Comunicado municipal: Operadores de equipos pesados

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La Municipalidad de Rufino, para llevar claridad a los vecinos de la ciudad, brinda información sobre los operadores de equipos pesados.

Esta categoría se encuentra regulada dentro de la Ley Provincial Nº 9286, anexo 2, artículo 64 donde se especifican quienes se consideran dentro de esa categoría y como se liquida la misma.

Es importante aclarar que se establece un suplemento por cada día de servicio EFECTIVAMENTE PRESTADO.

TRABAJADORES COMPRENDIDOS

Operadores de máquinas viales, topadoras, grúas, excavadoras, motopalas, motoniveladoras, cargadores frontales, palas de arrastre, conductores y operadores de camiones de asfalto, de plantas asfálticas, distribuidores de piedras, aplanadoras autopropulsadas, equipos de compactación, tractoristas viales y agrícolas y choferes de movilidades pesadas, mecánicos de equipos pesados, mecánicos de equipos livianos de maquinarias viales o agrícolas, bombas inyectoras, inyectores, tornerías, herreros especialistas del Agrupamiento Mantenimiento y Producción.

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