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Comunicado sobre la liquidación de la Segunda Cuota del Sueldo Anual Complementario a los trabajadores del Estado Provincial

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La provincia decidió abonar el aguinaldo en tiempo y forma, por cuanto la liquidación del impuesto a las ganancias se realizó bajo la normativa vigente. Una vez que el Estado nacional reglamente el decreto 1253, que prevé la devolución en función de los montos, la provincia realizará los cálculos y las devoluciones en los casos que correspondan.

En vistas de lo dispuesto por el Decreto Nacional 1253/16 sobre la excepción de pago del impuesto a las ganancias de la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario, el Gobierno Provincial informa que por no haberse dictado la reglamentación correspondiente de dicho decreto por Resolución de la AFIP, se decidió abonar en tiempo y forma el aguinaldo con el fin de no perjudicar a ningún trabajor ni a ningún pasivo, cumpliendo con las normativas vigentes.

En el momento que el Gobierno Nacional emita la normativa necesaria para hacer operativa la excepción mencionada, se procederá a calcular la misma y reintegrar los fondos a los agentes activos y a los pasivos alcanzados por la excepción.

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