En primer término se realizó audiencia cautelar a solicitud del MPA de Rufino para JUAN MARCELO R. por el delito de lesiones leves dolosas agravadas por el vínculo.
En la misma el fiscal adjunto solicitó la prisión preventiva del imputado argumentando el peligro y riesgo de vida de la víctima.
Ante el pedido la defensa del imputado argumento que la víctima fue quien increpó al imputado y que la lesión presentada por la víctima no se puede demostrar con la escasez de testimonios que fuera el imputado quien ocasionará la misma solicitando se le otorgue la libertad de inmediato.
La magistrada frente al extenso debate entre Fiscalía y defensa resolvió dictar la libertad del imputado con medidas de restricción a la víctima debiendo el imputado comparecer todos los al MPA con la finalidad de dar cuenta de su situación laboral y procesal. La víctima al ser escuchada previamente solicitó que a su ex pareja se lo encarcelara de noche y de día se le permitirá salir a trabajar y para que los hijos en común tuvieran contacto con su padre.
En cuanto a las audiencias cautelares previstas para SANTIAGO y LUIS R. (Hermanos) no se realizaron debido a que se celebró en su lugar un juicio abreviado en el que fueran condenados ambos a la pena de prisión de 2 años de ejecución condicional con más medidas de conducta como restricción a los denunciantes y su familia.
Recordamos que los hechos delictivos imputados se debe a un conflicto familiar del cual en el pasado ya fuera condenado otra persona. Los delitos por los que fueron condenados los hermanos Santiago y Luis son lesiones leves dolosas y abuso sexual simple dado que fueron denunciados haber tocado en medio de una de las disputas familiares o intravecinal, a una mujer integrante de la familia rival.