En la tarde de ayer, la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe aprobó un proyecto de ley, de autoría del senador Lisandro Enrico, que está vinculado a la seguridad y tranquilidad urbana, y hace tiempo venía impulsando el legislador radical.
Se trata del Código de Convivencia Urbana, más conocido como Código de Faltas, el cual no se venía aplicando en la provincia en los últimos tiempos por haber recibido planteos sobre su inconstitucionalidad.
En este sentido, Lisandro Enrico sostuvo: “Es un avance importante para mantener la paz social en nuestros pueblos y ciudades. Esta ley que propuse es lo que cientos de vecinos nos venían reclamando; apunta a mayor protección ante el desorden urbano y las conductas que perturban la paz social, como así también el respeto mutuo en la sociedad”.
El Código de convivencia ciudadana comenzará a regir una vez que el gobierno provincial determine que están dadas las condiciones funcionales para el mismo, previo a ello, se debe aprobar las reformas que los diputados le establecieron al proyecto de Enrico.
Al respecto, el senador sostuvo que “el estado debe velar por la paz en la comunidad y crear los mecanismos de acción para proteger a los vecinos de las molestias y agresiones que perturben la buena convivencia. Últimamente vemos cómo ciertas ciudades, por ejemplo Venado Tuerto, se convierten en lugares donde los ruidos molestos, el tirar basura en cantidades, los disturbios, la conducción peligrosa, la venta de alcohol a menores, etc; se vuelven conductas normales. Esta serie de comportamientos hacen de nuestros barrios lugares en donde disminuye la calidad de vida.”
Los menores de edad también serán responsables
A partir de la propuesta de Lisandro Enrico se modifica la edad de los 18 años a los 16 años: “No vemos por qué un joven de 16 o 17 años que comete una falta o contravención no se haga responsable de sus hechos. En la ley propuse la baja de la edad de imputabilidad, porque si a los 16 años podés votar un presidente y tenés otros derechos, también tiene que haber deberes y responsabilidad por los actos cometidos”, expresó el legislador.
En este sentido, el proyecto que viene avanzando establece que los menores de edad serán punibles por las faltas a partir de los 16 años, tal cual lo venía planteando el senador Enrico, aunque con un procedimiento diferente y penas de carácter formativo-educativo, como lo planearon los diputados.
Según la nueva ley, serán los fiscales los que deban llevar adelante las investigaciones, pero se incorporan a las municipalidades y a las comunas como entes que puedan llevar adelante los juicios de faltas si las mismas afectan la paz en los pueblos y ciudades. Asimismo, también el gobierno provincial a través de sus reparticiones puede iniciar y llevar adelante una acción contravencional.
La ley elimina la figura del viejo juez de faltas o correccional y las conductas serán juzgadas por todos los jueces penales. Una modificación importante es que se le da intervención a los jueces comunitarios de los pueblos (antiguos jueces de paz), para que juzguen las faltas cometidas en sus localidades.
“Creemos que mantener la paz social en los pequeños pueblos no puede depender de las estructuras judiciales que están en las ciudades, deben actuar comunas, jueces de paz y la policía en conjunto; por ello propuse y se aprobó que en las comunas donde haya jueces de pequeñas causas actúen estos y que los secretarios letrados puedan ser colaboradores de las tareas de los fiscales”, explicó el senador Enrico.
LAS PRINCIPALES FALTAS Y CONTRAVENCIONES INCORPORADAS AL NUEVO CÓDIGO SERÍAN:
Agresiones y molestias que no configuren lesiones
Ruidos molestos
Fiestas clandestinas
Venta de alcohol a menores
Perturbación en lugares públicos
Agresión en las canchas de fútbol o de otros deportes