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EL CASO DE JUAN CRUZ, UNA LUCHA QUE HAY QUE DAR

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El asesinato de Juan Cruz, consumado para poder robarle, no puede quedar solo en un caso más de un delito cometido por un menor de edad, que por ser tal pueda recuperar su libertad en poco tiempo.

El daño ha sido aberrante, la pérdida es irreparable. Hay una familia devastada, aturdida. La sociedad reclama un acto de justicia por parte de los órganos del estado en un país donde se perdió otro joven ejemplar.

Sin embargo, la justicia no va a llegar si quienes la deben aplicar no lo hacen con la verdadera justicia. Lamentablemente, ahora empezará una lucha de todos para lograr que el homicida reciba una pena de acuerdo a la magnitud del daño causado.

Digo que va a ser una lucha, porque lejos de lo que esperamos todos los que queremos justicia, aún hay que derribar barreras de la propia legislación y del Poder Judicial argentino.

El delito que hicieron con Juan Cruz tiene una pena en el Código Penal que debe ser de prisión perpetua, aunque esa perpetuidad no puede ir más allá de los 35 años. Sin embargo, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en un fallo del año 2005, orientado por su Juez Eugenio Zaffaroni, establece que en materia de delitos de menores de edad debe aplicarse el criterio del “mínimo encierro y mínima penalización”. Por ende, las penas deben ser reducidas a los menores de edad. Esta resolución del tribunal superior se irradia hacia abajo, al resto de los Juzgados de menores, y termina siendo de aplicación por todos: tenemos que luchar para que ese fallo de la Corte no se aplique a este caso.

Pero no deja de ser un criterio de los jueces, un criterio que la sociedad en su lucha puede hacer cambiar y esa lucha hoy hay que darla por Juan Cruz Ibañez, por su familia y a su vez, para que no haya más otros Juan Cruz en la Argentina. Los jueces deben aplicar la ley, pero el margen de interpretación depende del pensamiento o de la ideología de ellos, y hasta ahora ese pensamiento partió en favor del delincuente menor de edad, nunca partió del dolor o de la pérdida de las víctimas.

La lucha que tenemos que dar es para que en la justicia se aborden los casos con otro pensamiento, para que se terminen los beneficios de cometer delitos siendo menores de edad. Luchas como éstas se han dado y se seguirán dando, como la de los padres de Justina que lucharon por un cambio en la ley de donación de órganos, y pudieron lograrlo la semana pasada.

Nosotros, la sociedad, mayoritariamente estamos cansados de la impunidad, y cuando un menor de edad (que sabe perfectamente qué es robar y qué es matar) decide lanzarse al delito como forma de vida, el estado debe aplicar la prisión como sanción, pero no una prisión transitoria para volver enseguida a la calle y que continúe dañando, sino una prisión como sanción al daño causado, donde deba trabajar y no estar sentado en una cárcel con un celular conectado a redes sociales.

La prisión y el trabajo obligatorio es la mínima medida de reparación que puede cumplir el delincuente (aunque tenga 17 años). Por su parte, el estado con las leyes y la justicia, debe garantizarle a la sociedad que esa reparación existe, que es posible y que puede aplicarse. Esa es la justicia que falta en nuestro país…la otra; la del mínimo encierro ha fracasado.

Como legislador tengo una postura asumida, pero tal vez, sea mi condición de padre la que me moviliza a pensar en los hijos de todos. Es el principio de humanidad el que debe imperar derribando cualquier ideología, el respeto a la vida que perdió Juan Cruz, sobre todo.

Lisandro Enrico, Senador

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Condenaron a 19 años de prisión a un hombre que abusó sexualmente de la hija de su pareja y de una amiga de su hija en el sur provincial

Tiene 49 años y cometió los ilícitos cuando las víctimas eran menores de edad. La sentencia fue ordenada en el marco de un juicio oral que finalizó ayer en los tribunales de Venado Tuerto.

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La fiscal que estuvo a cargo de la investigación y representó al MPA en el debate es María Florencia Schiappa Pietra. La identidad del condenado no se informa para evitar revictimizar a las víctimas, una de las cuales es de su entorno familiar.

                Un hombre de 49 años cuyas iniciales son RMD fue condenado a 19 años de prisión por haber abusado sexualmente de la hija de su pareja y de una amiga de su hija en el sur de la provincia. Los ilícitos fueron cometidos cuando las víctimas eran menores de edad.

                La sentencia fue ordenada por un tribunal integrado por los jueces Adrián Godoy (presidente), Lorena Garini y Aldo Baravalle, en el marco de un juicio oral que finalizó ayer en los tribunales de Venado Tuerto.

                La fiscal que representó al MPA en el debate es María Florencia Schiappa Pietra. Tras conocer el veredicto, la funcionaria valoró que «se impuso un monto de pena cercano al que solicitamos en la acusación» y recordó que «el agresor transitó el proceso judicial en prisión preventiva».

En cuanto a los hechos delictivos, Schiappa Pietra remarcó que «el hombre de 49 años llevó adelante sus conductas ilícitas en perjuicio de personas triplemente vulnerables, dado que por entonces eran niñas, mujeres y víctimas de abuso sexual infantil». Según mencionó, «además de atentar contra la integridad física de ambas, a una de ellas la hostigó mediante prácticas de grooming».

Los hechos

                «La hija de la pareja del condenado sufrió abusos por parte de él desde que iba al jardín de infantes hasta la época en la que transitaba la escuela secundaria», aseveró la fiscal. «Durante 11 años, la agredió sexualmente en momentos en los que se quedaron a solas en domicilios en los que convivieron con otros integrantes de su familia, en Murphy y Venado Tuerto (ambas localidades, del departamento General López)», precisó.

                Por otra parte, Schiappa Pietra refirió que «en el inmueble venadense, el condenado vulneró a la otra víctima en reiteradas oportunidades entre 2020 y 2021, cuando ella cursaba el último tramo de la primaria». Al respecto, puntualizó que «en varias ocasiones, los ilícitos cesaron gracias a que la hija del condenado –también menor de edad– intervino para defender a su amiga». Según señaló, «el hombre de 49 años también cometió estos abusos en dos supermercados».

                En cuanto al ciberacoso, la representante del MPA especificó que «a través de WhatsApp, el condenado le envió mensajes de texto de índole sexual a la hija de su amiga». Añadió que «en sus comunicaciones, insistió en su interés en mantener una relación de pareja ‘secreta’ con la pequeña».

Investigación

                La fiscal destacó que «la niña que fue víctima de los abusos y de grooming pudo contarle lo sucedido a sus familiares, quienes radicaron la denuncia que originó la investigación». En tal sentido, resaltó que «a raíz de amenazas telefónicas que empezó a sufrir, la hija de la pareja del hombre condenado también pudo relatar los abusos a los que fue sometida durante su infancia y parte de su adolescencia», y añadió que «no había dicho nada antes por temor a que su madre y sus hermanos sufrieran represalias».  

Calificación penal

                La condena fue impuesta por la autoría del delito de abuso sexual con acceso carnal calificado (por el aprovechamiento de la convivencia preexistente con una víctima menor de 18 años y por haber estado encargado de su guarda y educación); abuso sexual gravemente ultrajante y grooming.

                Por otro lado, fue absuelto por los delitos de amenazas coactivas, amenazas simples y corrupción de menores que le había atribuido la Fiscalía.

Identidad

                No se brinda el nombre y apellido del condenado para evitar la revictimización de las víctimas, una de las cuales es del entorno familiar del abusador.

Fuente: Oficina de Prensa y Difusión MPA

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Situación en Casilda

Ha tomado estado público la detención de un miembro del Sindicato de trabajadores municipales de Casilda, organización de 1° grado adherida a esta Federación.

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Imagen ilustrativa

Desde FESTRAM hemos puesto a disposición las áreas con incumbencia en la materia a los fines de atender y asistir las necesidades que pueda estar transitando la denunciante quien también resulta ser una compañera trabajadora municipal.

Entendemos que no debemos aventurar opiniones ni juicios, fundamentalmente porque existen derechos y garantías en juego. Será la Justicia la que deberá establecer certezas sobre la situación.

La Federación será respetuosa de las decisiones que el Sindicato de Casilda adopte en base a sus estatutos y conforme lo decidan sus órganos internos.

Prensa FESTRAM

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Salió de la comisaría y a las pocas horas volvió a ser detenido

Anoche personal de la comisaría 15° de la localidad de San Gregorio en conjunto con otras dependencias y por orden del fiscal llevaron a cabo un allanamiento donde se secuestraron varias municiones.

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Tras un incidente en la vía pública protagonizado por un hombre de 49 años y un inspector de tránsito, en el que el hombre terminó detenido por resistencia a la autoridad, esté momentos más tarde se presenta en la casa del inspector para amenazar y hace referencias de que en su camioneta posee armas de fuego.

Se libró orden judicial de allanamiento, resultando negativo en armas de fuego pero positivo en municiones, procediéndose al secuestro.

En cuanto al acusado fue detenido  e imputado por las causas de resistencia a la autoridad, amenazas calificadas y tenencia indebida de municiones.

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